Hola a todos,a ver si alguien me puede aclarar lo siguiente:persona en regimen de alquiler en su comunidad se va a proceder al cambio del motor del ascensor por averia,la pregunta es ¿quien tiene que pagar la derrama correspondiente,el inquilino o el propietario?segun el Artic´:nº 9 a) de LPH entiendo que le corresponde al propietario.La duda la tengo por que se a estropeado por el tiempo del mismo y debido al uso del mismo.Muchas gracias de antemano.