Hola, trabajo desde el 01 de septiembre de 2009 con reduccion de jornada por cuidado de un menor en horario de 08:00 a 14:00. Pues bien ayer la empresa me da una carta donde se me informa que a partir del 16/01/2011 mi horario laboral sera de 10:00 a 13:00 y de 17:30 a 20:30 hrs.
Pueden modificar el horario que yo escogi y aceptaron en un principio??
Hola de nuevo, la jornada reducida es hasta que mi hijo cumpla los 8 años no? Mi hijo tiene 22 meses. En la carta me dicen que el trabajo que tengo es necesario realizarlo tambien por las tardes. Y yo me pregunto, por que no contratan a otra persona?
hola, es problema de la empresa, como dices, que contraten otra empleada, muéstrales el artículo que señala mlag0053, no tienen razón, y el despido improcedente es nulo.
Reducción de jornada por guarda legal (en este caso por menor de 8 años) Art.37.5 del ET. ----------------------------------------------------
La concrección horaria y la determinación de disfrute corresponderá al trabajador/a dentro de su jornada ordinaria. Las discrepancias surgidas entre las partes sobre la concrecíón horaria y la determinación de periodos de disfrutes serán resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el articulo 138 bis de la LPL. Es decir, que no pueden. (por la ley de igualdad que es del año 2007)
AMEN mariposa. Es lo que hay y no tienen mas tela que cortar...otra cosa es que esten intentando amedrentarte para que firmes una modificacion de horario de "motu propio",tu no firmes nada en este sentido y si siguen en sus trece obligandote a acudir por las tardes...amenazandote con sanciones o despido etc acude a un sindicato o a un abogado que ya se ecargara de llamarles por telefono y ponerles en su sitio...no va a ser necesario que hagan nada mas pues ellos saben de sobra que estan fuera de toda ley y razon.UN SALUDO