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cambio horarios

3 Comentarios
 
Cambio horarios
15/11/2010 17:14
Hola,trabajamos en una empresa a traves de una ett,llevamos doce años aqui tarbajando a turnos mañana-tarde noche despues de las semanas de mañana hemos tenido una semana libre y despues de la de noche tambien,esta empresa que es nueva,no les gusta que libremos una semana entera y es posible que nos lo cambien,podemos basarnos en que es una mejora adquirida????? o ellos podrian decir que por necesidades del servicio pueden cambiarlo????
Otra pregunta es,que nosotras siempre hemos tenido el calendario anual,ahora ponen excusas y solo nos lo quieren dar de 4 meses,podemos basarnos en lo mismo????gracias.
15/11/2010 20:37
¿es broma? no puedes llevar 12 años por ETT eso es un encadenamiento de contratos y además dices que la empresa en nueva ( 12 años?). sí lo que dices es cierto y es para la misma empresa eres indefinida, sí se trata de una sucesión de contratas con el mismo objeto entonces es lo mismo pero tienes mas a quien sacar dinero incluida la ett ( ¿que ett por curiosidad?) , sí por lo que dibujas no te pagan según convenio y por lo tanto tiens reducida tu cotización a la SSocial mira un posible delito contra los derechos de los trabajadores. con respecto a el cambio de condiciones sea individual o colectivo suspone una modificación sustancial de condiciones y por lo tanto debe seguir el procedimiento estatutario. De todas formas no me resulta coherente lo que explicas por lo tanto visita un abogado con los papeles de que dispongas.
17/11/2010 19:29
A ver me explique mal,llevamos 12 años aqui,hemos pasado por tres empresas en ese tiempo las dos primeras eran la misma solo que cambio de nombre y ahora llevamos un año con esta otra ,claro tienen que hacer calendarios nuevos y para ellas todo esto es nuevo por lo que no saben por donde les da el aire y al ver que librabamos una semana entera eso no lesg ustaba,no se hasta que punto eso lo pueden cambiar o no,pero supongo que nos podemos basar en que es unamejora adquirida de los años que llevamos ya aqui.
17/11/2010 21:10
Aclarado, En primer lugar y en base a los datos que ofreces podras en un futuro reclamar un arelacion indefinida y a las empresas anteriores les podras exigira la responsabilidad civil y penal por vulneracion de tuds derechos laborales, ten en cuenta que la accion en lo social puede decaer. en lo que respecta al cambio de horarios os sugiero que por medio de la representación sindical les hagais entender que el servico no se perjudica por que libreis como lo estasis haciendo, de hecho ha funcionado 12 años. Agotada esta via teneis accion judicial en defensa de vuestra jornada ya que la jornada en una condición sustancial de la relación laboral y suus modificaciones estan sujetas aunos requisitos de fondo y forma muy concretos, aun tras la reforma laboral de septiembre 2010. Por ello sí es colectiva deben communicarla previamente a los trabajadores y su representacion sindical y negociar un acuerdo, y en caso de desacuerdo pueden deccidir unilateralmente pero será ante el juexz sí demandais ante quien deba probar y justificar el cambio. En todo caso de los empleados tiene derecho a no aceptar la modificacion sustancial y recibir el finiquito con una indemnizacion de 20 dias por año, 240 dias por 12 años e irese al paro. Como supongo que estas en el sector servicios posiblemente publico esto es muy habitual. Pero teneis fuerza para defender vuestra postura y pretar simpre que tengais claro que los derechos hay que defenderlos para disfrutarlos, no son regalados. Permiteme un ultimo consejo, antes de mover algo consultar un abogado serio.
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Otra pregunta es,que nosotras siempre hemos tenido el calendario anual,ahora ponen excusas y solo nos lo quieren dar de 4 meses,podemos basarnos en lo mismo????gracias.
15/11/2010 20:37
¿es broma? no puedes llevar 12 años por ETT eso es un encadenamiento de contratos y además dices que la empresa en nueva ( 12 años?). sí lo que dices es cierto y es para la misma empresa eres indefinida, sí se trata de una sucesión de contratas con el mismo objeto entonces es lo mismo pero tienes mas a quien sacar dinero incluida la ett ( ¿que ett por curiosidad?) , sí por lo que dibujas no te pagan según convenio y por lo tanto tiens reducida tu cotización a la SSocial mira un posible delito contra los derechos de los trabajadores. con respecto a el cambio de condiciones sea individual o colectivo suspone una modificación sustancial de condiciones y por lo tanto debe seguir el procedimiento estatutario. De todas formas no me resulta coherente lo que explicas por lo tanto visita un abogado con los papeles de que dispongas.
17/11/2010 19:29
A ver me explique mal,llevamos 12 años aqui,hemos pasado por tres empresas en ese tiempo las dos primeras eran la misma solo que cambio de nombre y ahora llevamos un año con esta otra ,claro tienen que hacer calendarios nuevos y para ellas todo esto es nuevo por lo que no saben por donde les da el aire y al ver que librabamos una semana entera eso no lesg ustaba,no se hasta que punto eso lo pueden cambiar o no,pero supongo que nos podemos basar en que es unamejora adquirida de los años que llevamos ya aqui.
17/11/2010 21:10
Aclarado, En primer lugar y en base a los datos que ofreces podras en un futuro reclamar un arelacion indefinida y a las empresas anteriores les podras exigira la responsabilidad civil y penal por vulneracion de tuds derechos laborales, ten en cuenta que la accion en lo social puede decaer. en lo que respecta al cambio de horarios os sugiero que por medio de la representación sindical les hagais entender que el servico no se perjudica por que libreis como lo estasis haciendo, de hecho ha funcionado 12 años. Agotada esta via teneis accion judicial en defensa de vuestra jornada ya que la jornada en una condición sustancial de la relación laboral y suus modificaciones estan sujetas aunos requisitos de fondo y forma muy concretos, aun tras la reforma laboral de septiembre 2010. Por ello sí es colectiva deben communicarla previamente a los trabajadores y su representacion sindical y negociar un acuerdo, y en caso de desacuerdo pueden deccidir unilateralmente pero será ante el juexz sí demandais ante quien deba probar y justificar el cambio. En todo caso de los empleados tiene derecho a no aceptar la modificacion sustancial y recibir el finiquito con una indemnizacion de 20 dias por año, 240 dias por 12 años e irese al paro. Como supongo que estas en el sector servicios posiblemente publico esto es muy habitual. Pero teneis fuerza para defender vuestra postura y pretar simpre que tengais claro que los derechos hay que defenderlos para disfrutarlos, no son regalados. Permiteme un ultimo consejo, antes de mover algo consultar un abogado serio.