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cambio residencia por cambio de centro de trabajo

2 Comentarios
 
Cambio residencia por cambio de centro de trabajo
06/04/2014 21:03
Buenas, he estado informandome y por mas vueltas que le doy menos me aclaro, si te proponen un cambio de centro de trabajo (a unos 24 km) es obligatorio el cambio de residencia del trabajador para poder pedir la rescisión del contrato? (el cambio de centro de trabajo seria definitivo, no temporal) O estoy obligado a irme por fuerza?
06/04/2014 21:45
24 km de distancia no suponen un traslado por lo que a usted le están haciendo es un desplazamiento y no se considera traslado ahora bien según ell art 40 ET sobre movilidad geográfica en el punto 4 de este artículo dice lo ss (corto y pego):
4. Por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, o bien por contrataciones referidas a la actividad empresarial, la empresa podrá efectuar desplazamientos temporales de sus trabajadores que exijan que estos residan en población distinta de la de su domicilio habitual, abonando, además de los salarios, los gastos de viaje y las dietas.
El trabajador deberá ser informado del desplazamiento con una antelación suficiente a la fecha de su efectividad, que no podrá ser inferior a cinco días laborables en el caso de desplazamientos de duración superior a tres meses; en este último supuesto, el trabajador tendrá derecho a un permiso de cuatro días laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin computar como tales los de viaje, cuyos gastos correrán a cargo del empresario.
Contra la orden de desplazamiento, sin perjuicio de su ejecutividad, podrá recurrir el trabajador en los mismos términos previstos en el apartado 1 de este artículo para los traslados.
Los desplazamientos cuya duración en un período de tres años exceda de doce meses tendrán, a todos los efectos, el tratamiento previsto en esta Ley para los traslados.

Así que si su desplazamiento supera 12 meses en un periodo de 3 años sera considerado como un traslado y tendrá derecho a las mismas opciones que para el traslado
SMO.
06/04/2014 21:57
oks, entonces habria que esperar a superar los doce meses deplazandome para pedir la rescision de contrato?? Muchas gracias
cambio residencia por cambio de centro de trabajo | PorticoLegal
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Cambio residencia por cambio de centro de trabajo
06/04/2014 21:03
Buenas, he estado informandome y por mas vueltas que le doy menos me aclaro, si te proponen un cambio de centro de trabajo (a unos 24 km) es obligatorio el cambio de residencia del trabajador para poder pedir la rescisión del contrato? (el cambio de centro de trabajo seria definitivo, no temporal) O estoy obligado a irme por fuerza?
06/04/2014 21:45
24 km de distancia no suponen un traslado por lo que a usted le están haciendo es un desplazamiento y no se considera traslado ahora bien según ell art 40 ET sobre movilidad geográfica en el punto 4 de este artículo dice lo ss (corto y pego):
4. Por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, o bien por contrataciones referidas a la actividad empresarial, la empresa podrá efectuar desplazamientos temporales de sus trabajadores que exijan que estos residan en población distinta de la de su domicilio habitual, abonando, además de los salarios, los gastos de viaje y las dietas.
El trabajador deberá ser informado del desplazamiento con una antelación suficiente a la fecha de su efectividad, que no podrá ser inferior a cinco días laborables en el caso de desplazamientos de duración superior a tres meses; en este último supuesto, el trabajador tendrá derecho a un permiso de cuatro días laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin computar como tales los de viaje, cuyos gastos correrán a cargo del empresario.
Contra la orden de desplazamiento, sin perjuicio de su ejecutividad, podrá recurrir el trabajador en los mismos términos previstos en el apartado 1 de este artículo para los traslados.
Los desplazamientos cuya duración en un período de tres años exceda de doce meses tendrán, a todos los efectos, el tratamiento previsto en esta Ley para los traslados.

Así que si su desplazamiento supera 12 meses en un periodo de 3 años sera considerado como un traslado y tendrá derecho a las mismas opciones que para el traslado
SMO.
06/04/2014 21:57
oks, entonces habria que esperar a superar los doce meses deplazandome para pedir la rescision de contrato?? Muchas gracias