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cambio titular contrato a S.L.

2 Comentarios
 
Cambio titular contrato a s.l.
30/10/2006 16:08
¡Hola a todos!
Tengo un local arendado a una persona física por un periodo de 4 años. Han transcurrido dos y ahora el inquilino me propone cambiar la titularidad a una sociedad limitada que ha creado junto con su pareja. Yo en principio estoy abierta a todo lo que pueda beneficiarles, excepto a aquello que me perjudique a mí, y tengo entendido que en las S.L.los socios no responde de las deudas con sus bienes privativos.
La pregunta es: ¿Me perjudica este cambio? En caso de aceptar, ¿Cómo debo hacerlo para no perjudicarme? ¿Debo exigir algún tipo de aval? ¿De qué clase?
Os pido que me ayudeis, pues no querría cometer un error fatal del que tenga que arrepentirme si, una vez hecho el cambio, la S.L. dejara en algún momento de pagar la renta.
Gracias de antemano y un saludo para todos.
31/10/2006 07:36
La sitación es totalmente diferente y peligrosa.
Tener como arendatario una SL o SA significa perpetuar el alquiler con riesgo de impago. Nuca muere.
Siempre que he recibido esa propuesta la he rechazado. Mi consejo es que continúe con el contrato con persona física, y que se arreglen entre ellos para meter ese gasto en la SL.
Los avales son mala solución, pues en cualquier momento los puede revocar el banco.
22/11/2006 18:53
Tengo un local a mi nombre en alquiler, estaba pensando en montar una S.L. para el cobro de ese alquiler pero dejando el local a mi nombre (como persona física). Mi duda la tengo a la hora de cobrar a través de la sociedad es necesario que la sociedad me pague como propietario una cantidad?
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Cambio titular contrato a s.l.
30/10/2006 16:08
¡Hola a todos!
Tengo un local arendado a una persona física por un periodo de 4 años. Han transcurrido dos y ahora el inquilino me propone cambiar la titularidad a una sociedad limitada que ha creado junto con su pareja. Yo en principio estoy abierta a todo lo que pueda beneficiarles, excepto a aquello que me perjudique a mí, y tengo entendido que en las S.L.los socios no responde de las deudas con sus bienes privativos.
La pregunta es: ¿Me perjudica este cambio? En caso de aceptar, ¿Cómo debo hacerlo para no perjudicarme? ¿Debo exigir algún tipo de aval? ¿De qué clase?
Os pido que me ayudeis, pues no querría cometer un error fatal del que tenga que arrepentirme si, una vez hecho el cambio, la S.L. dejara en algún momento de pagar la renta.
Gracias de antemano y un saludo para todos.
31/10/2006 07:36
La sitación es totalmente diferente y peligrosa.
Tener como arendatario una SL o SA significa perpetuar el alquiler con riesgo de impago. Nuca muere.
Siempre que he recibido esa propuesta la he rechazado. Mi consejo es que continúe con el contrato con persona física, y que se arreglen entre ellos para meter ese gasto en la SL.
Los avales son mala solución, pues en cualquier momento los puede revocar el banco.
22/11/2006 18:53
Tengo un local a mi nombre en alquiler, estaba pensando en montar una S.L. para el cobro de ese alquiler pero dejando el local a mi nombre (como persona física). Mi duda la tengo a la hora de cobrar a través de la sociedad es necesario que la sociedad me pague como propietario una cantidad?