Debe ver en las Normas Urbanísticas del PGOU del municipio, si el campo de futbol, está construido en una parcela que esté calificada para esa actividad. Tambien si la parcela donde está ubicado su edificio, está calificada como residencial. A su vez comprobar si entre ambas parcelas está establecida una distancia de protección.
Pues sí, esta es la razón que argüie el Ayuntamiento para justificar que nos tenemos que aguantar, el campo ya estaba. És una compra vpo sobre plano. En todo momento la información sobre la situación del edificio fué confusa. Al principio tenia que ir a otro sitio, finalmente delante del campo de futbol pero segun decian el campo lo desplazarian o lo quitarian... al final tenemos campo de futbol pegado al edificio.
Muy cerca de el edificio donde vivo hay un campo de futbol. La distancia entre el edificio y el terreno de juego es de unos 3-4 metros. El horario de uso del mismo es de 17h hasta las 23:20h entre semana, y de 8h a 22h los fines de semana de forma continuada. De esta manera el derecho al descanso en mi vivienda queda bastante reducido. He hablado con el Ayuntamiento, pero parece que no tienen demasiado interés en el assunto. Que legislación se podria aplicar en este caso para reclamar un mayor respeto al descanso de los que vivimos en el piso?