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Cancelación cartilla banco tras fallecimiento

4 Comentarios
 
Cancelación cartilla banco tras fallecimiento
27/09/2020 12:13
Buenos dias, queremos cancelar la cartilla de mi madre que ha fallecido y el banco dice que tenemos que ir todos los titulares y llevar certiicado de defunción y certificado de ultimas voluntades. ¿Esto es legal? es documentación muy privada la que exigen para cancelar una simple cartilla.
Podeis decirme algo al respecto.
Espero vuestras respuestas. Gracias.
27/09/2020 15:13
Es perfectamente legal, de hecho es lo que están obligados a hacer. El banco debe asegurarse del fallecimiento del titular de la cuenta antes de realizar cualquier trámite. Es más, si hay dinero en la cuenta además de esos documentos también les exigirán una copia notarial del testamento, del acta de adjudicación de la herencia y la liquidación del impuesto de sucesiones.
27/09/2020 18:57
Johnwick
Es decir que el banco metes las narices en toda herencia. Donde esta la intimidad de la familia ?teniendo que presentarles hasta el testamento y el reparto. El banco tiene que saber cuál es nuestra herencia para cerrar una cartilla? Los impuestos se pagan sin necesidad de estar ellos por el medio. No se co o hay tanto fraude en este país con tanto control como tie es establecido.
28/09/2020 09:14
Ampudia10
Si en esa cartilla hay un saldo, el banco es responsable de su custodia como depositario.
Por tanto, para cancelar la cuenta, es necesario acreditar el fallecimiento (certificado de defunción) y acreditar quiénes son los legítimos herederos (certificado de últimas voluntades, testamento y firma de todos ellos). Una vez entregados los fondos a los herederos, podrá cancelarse la cuenta.
28/09/2020 13:01
Ampudia10
El banco no mete las narices, es a lo que le obliga la ley. Si hay un depósito bancario, están obligados, primero a comprobar que el fallecimiento es verídico y segundo, que el reparto de los bienes depositados se realiza conforme bien a la legislación vigente o bien a la última voluntad del fallecido.

Si no lo comprueba esto sería jauja, cualquiera podría llegar y decir que su padre/madre ha fallecido y vaciarle las cuentas o si hay varios hermanos, que uno se quede con todo sin dar explicaciones.
Cancelación cartilla banco tras fallecimiento | PorticoLegal
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Cancelación cartilla banco tras fallecimiento
27/09/2020 12:13
Buenos dias, queremos cancelar la cartilla de mi madre que ha fallecido y el banco dice que tenemos que ir todos los titulares y llevar certiicado de defunción y certificado de ultimas voluntades. ¿Esto es legal? es documentación muy privada la que exigen para cancelar una simple cartilla.
Podeis decirme algo al respecto.
Espero vuestras respuestas. Gracias.
27/09/2020 15:13
Es perfectamente legal, de hecho es lo que están obligados a hacer. El banco debe asegurarse del fallecimiento del titular de la cuenta antes de realizar cualquier trámite. Es más, si hay dinero en la cuenta además de esos documentos también les exigirán una copia notarial del testamento, del acta de adjudicación de la herencia y la liquidación del impuesto de sucesiones.
27/09/2020 18:57
Johnwick
Es decir que el banco metes las narices en toda herencia. Donde esta la intimidad de la familia ?teniendo que presentarles hasta el testamento y el reparto. El banco tiene que saber cuál es nuestra herencia para cerrar una cartilla? Los impuestos se pagan sin necesidad de estar ellos por el medio. No se co o hay tanto fraude en este país con tanto control como tie es establecido.
28/09/2020 09:14
Ampudia10
Si en esa cartilla hay un saldo, el banco es responsable de su custodia como depositario.
Por tanto, para cancelar la cuenta, es necesario acreditar el fallecimiento (certificado de defunción) y acreditar quiénes son los legítimos herederos (certificado de últimas voluntades, testamento y firma de todos ellos). Una vez entregados los fondos a los herederos, podrá cancelarse la cuenta.
28/09/2020 13:01
Ampudia10
El banco no mete las narices, es a lo que le obliga la ley. Si hay un depósito bancario, están obligados, primero a comprobar que el fallecimiento es verídico y segundo, que el reparto de los bienes depositados se realiza conforme bien a la legislación vigente o bien a la última voluntad del fallecido.

Si no lo comprueba esto sería jauja, cualquiera podría llegar y decir que su padre/madre ha fallecido y vaciarle las cuentas o si hay varios hermanos, que uno se quede con todo sin dar explicaciones.