Hola Infodret, creo que estás confundiendo la denuncia del contrato con la dimisión. Para conocer el preaviso de ésta última habrá que estar al convenio colectivo (art. 49.1 d ET). Saludos.
Efectivamente debe usted comunicar por escrito su baja voluntaria de la empresa. Al no llevar un año en ella no tiene porqué preavisar con 15 días de antelación.
No entiendo la pregunta sobre la cobertura que le quedaría al entregar la carta. Si se refiere al desempleo, al tratarse de baja voluntaria no tendría derecho. Si se refiere al cobro del finiquito, la carta no le supondría ningún problema.
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hola buenas tardes. mi duda se basa en los siguientes puntos el día 15 de mayo me incorporo a trabajar en un bar el contrato que me hacen es a fin de obra o servicio tras ciertas desavenencias el día 21 de junio les comunico a mis jefes que en quince días dejo el trabajo y hoy día 25 me llaman para decirme que tengo que ir a la gestoria donde le llevan la documentación. presentar una carta de renuncia al trabajo. mi duda es sí realmente he de presentar tal carta y que cobertura me quedaría como trabajador al hacerlo. espero haberme explicado bien gracias