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Caso real: comunitaria - larga duracion - nacionalidad española - antecedentes policiales

1 Comentarios
 
16/04/2012 15:38
Hola. Es grato saber que le haya salido favorable su procedimiento.

Con todo, tiene un fundamento jurídico:

A) Cuando la persona extranjera extracomunitaria se divorcia de la persona comunitaria que da derecho a la tarjeta de régimen comunitario y al mismo tiempo, ya se ha adquirido el derecho a residir con carácter permanente, no hay necesidad de hacer modificación alguna. Se renueva en régimen comunitario, con la indicación de que ha adquirido el derecho a residir con carácter permanente.

B) Desde el pasado mes de noviembre, en que tuvo lugar la última reforma, también se puede conservar el derecho de residencia en régimen comunitario, en caso de divorcio, sin que sea necesario tramitar renovación alguna cuando:

1.- El matrimonio haya durado, al menos, 3 años, uno de los cuales, necesariamente, deberá haber transcurrido en España.

2.- Si hay hijos menores de edad, si al cónyuge extracomunitario le ha sido concedida la custodia.

3.- Si, no habiéndole sido concedida la custodia, en cambio, tiene reconocido, sea convencionalmente, sea por resolución judicial, el derecho de visita a los hijos menores de edad.

4.- Si han tenido lugar circunstancias especialmente difíciles para el cónyuge extracomunitario, como violencia doméstica intrafamiliar o haber sido víctima de delitos de tráfico internacional de personas, en todo lo cual, haya habido responsabilidad por parte del cónyuge comunitario.


NOTA.- Si usted había adquirido el derecho a residir con carácter permanente al momento de que la sentencia de divorcio adquirió firmeza, era procedente la renovación en régimen comunitario, no en régimen general.

NACIONALIDAD.- El requisito que exige la Ley es BUENA CONDUCTA CÍVICA y SUFICIENTE GRADO DE INTEGRACIÓN EN LA SOCIEDAD ESPAÑOLA. Y ello no se agota en carecer de antecedentes penales o policiales, sino que es necesario acreditarlo, correspondiéndole la carga de la prueba al interesado. Es el interesado quien debe, por un lado, aportar documentos que den fe de que cumple con el requisito de buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española y asimismo, documentos que sirvan para enervar o destruir cualquier elemento que pudiera conducir a determinar lo contrario.

Y el Tribunal Supremo de Justicia ha declarado ya, en varias sentencias, que tener antecedentes penales o policiales, no constituye, por sí solo, elemento suficiente para denegar la nacionalidad, bajo el criterio de no haberse demostrado buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española, porque debe estudiarse la situación íntegra, dado que los conceptos de buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española, al ser conceptos jurídicos indeterminados, deben ser dotados de contenido en cada caso concreto, apreciando todas y cada una de las circunstancias que concurran en el sujeto, de manera que se pueda apreciar el caso en su conjunto y no de manera fragmentaria (si hay antecedentes penales o policiales, por ejemplo, deben apreciarse los esfuerzos de la persona por no volver a cometer infracciones o por llevar una vida dentro de lo que se considera normal: trabajo por cuenta ajena o propia, estudios, participación en actividades sociales, culturales, etc.).

Un cordial saludo.
Caso real: comunitaria - larga duracion - nacionalidad española - antecedentes policiales
16/04/2012 11:57
Ante todo quiero dar las gracias a Portico Legal.com
a: Sebastian Molina.
a: Condecartagena.
Esta es una historia real, y la contaré para todas las personas que en algun momento se encontrarán en el mismo caso o parecido.
COMUNITARIA: el caso es que para renovar la comunitaria tienes que solicitar la renovacion 3 meses antes y te daran una cita de renovacion para despues de 8 meses.
Si tu comunitaria ha caducado se supone que tienes mas de cinco años residiendo legalmente en españa.
Te citaran a presentar la documentacion de renovacion, lo cual te pediran: Pasaporte, copia del NIE, y la sentencia de divorcio.
Y te daran un documento de presentacion de la solicitud de Tarjeta de Ciudadano de la Union.
Lo cual estoy en espera que te dicen que despues de 3meses te daran una respuesta, si es concedida.

LARGA DURACION: presente toda la documentacion para la larga duracion, porque estaba en planes de divorcio, claro yo llevaba mas de 5 años casado, y ya casi para caducar mi comunitaria.
Mi expediente de Larga duracion fue Archivado.
Fui a C/. Manuel Luna, y me dijeron que lo habian archivado porque como llevaba mas de cinco años residiendo legalmente en españa, tendria que ir a presentar la documentacion antes mencionada para la comunitaria, mi sorpresa fue cuando me dijo que me darian la comunitaria, les dije que estoy divorciado, me dijeron que igual me la darian.
entonces fui a presentar la documentacion de la comunitaria y alli vieron mi expediente larga duracion que estaba archivado, esto en la calle Garcia Paredes.

NACIONALIDAD ESPAÑOLA: para que la nacionalidad española sea Favorable, no tienes que tener ningun antecedente, policial ni penal.
Si tienes un informe de la policia que tienes algun antecedente, te enviaran una carta a tu domicilio que tienes que presentar un documento de la resolucion del juzgado, esta carta le envia al Registro civil para que te lo pida, bueno tu expediente de nacionalidad lo envian al Registro Civil, y ellos se encargan de enviarte la carta a tu domicilio.

ANTECEDENTES POLICIALES: Los puedes presentar en cualquier comisaria de tu provincia, o tambien lo puedes presentar en la comisaria donde te detuvieron y te ficharon.
Este tramite tarda entre 1mes y mes y medio.
OJO: en cuanto te den el documento de Cancelacion de antecedentes tienes que ir al ministerio de justicia, y presentarlos en Registro asi se llama el tiket que tienes que coger Registro y te daran un formato donde dice:
ASUNTO: Presento cancelacion de antecedentes.

SOLICITO: aqui no hay que poner nada, porque si solicitas que se den prisa con la resolucion, vas a enfadar al funcionario, lo cual eso para mi personalmente se hace de acuerdo con el tiempo que tenga el funcionario para ver tu expediente de nacionalidad.
La concesion siguiendo estos pasos solo tarda 15dias.

ESPERO HABERLES GUIADO POR EL CAMINO CORRECTO.
Cualquier pregunta a sus dudas segun mi experiencia podria responderles.
OJO: preguntas concretas y precisas.
Vuelvo a agradecer a Sebastian Molina, y a Condecartagena, que ellos me ayudaron aqui en el foro de PorticoLegal.com.
UN SALUDO.








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1 Comentarios
 
16/04/2012 15:38
Hola. Es grato saber que le haya salido favorable su procedimiento.

Con todo, tiene un fundamento jurídico:

A) Cuando la persona extranjera extracomunitaria se divorcia de la persona comunitaria que da derecho a la tarjeta de régimen comunitario y al mismo tiempo, ya se ha adquirido el derecho a residir con carácter permanente, no hay necesidad de hacer modificación alguna. Se renueva en régimen comunitario, con la indicación de que ha adquirido el derecho a residir con carácter permanente.

B) Desde el pasado mes de noviembre, en que tuvo lugar la última reforma, también se puede conservar el derecho de residencia en régimen comunitario, en caso de divorcio, sin que sea necesario tramitar renovación alguna cuando:

1.- El matrimonio haya durado, al menos, 3 años, uno de los cuales, necesariamente, deberá haber transcurrido en España.

2.- Si hay hijos menores de edad, si al cónyuge extracomunitario le ha sido concedida la custodia.

3.- Si, no habiéndole sido concedida la custodia, en cambio, tiene reconocido, sea convencionalmente, sea por resolución judicial, el derecho de visita a los hijos menores de edad.

4.- Si han tenido lugar circunstancias especialmente difíciles para el cónyuge extracomunitario, como violencia doméstica intrafamiliar o haber sido víctima de delitos de tráfico internacional de personas, en todo lo cual, haya habido responsabilidad por parte del cónyuge comunitario.


NOTA.- Si usted había adquirido el derecho a residir con carácter permanente al momento de que la sentencia de divorcio adquirió firmeza, era procedente la renovación en régimen comunitario, no en régimen general.

NACIONALIDAD.- El requisito que exige la Ley es BUENA CONDUCTA CÍVICA y SUFICIENTE GRADO DE INTEGRACIÓN EN LA SOCIEDAD ESPAÑOLA. Y ello no se agota en carecer de antecedentes penales o policiales, sino que es necesario acreditarlo, correspondiéndole la carga de la prueba al interesado. Es el interesado quien debe, por un lado, aportar documentos que den fe de que cumple con el requisito de buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española y asimismo, documentos que sirvan para enervar o destruir cualquier elemento que pudiera conducir a determinar lo contrario.

Y el Tribunal Supremo de Justicia ha declarado ya, en varias sentencias, que tener antecedentes penales o policiales, no constituye, por sí solo, elemento suficiente para denegar la nacionalidad, bajo el criterio de no haberse demostrado buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española, porque debe estudiarse la situación íntegra, dado que los conceptos de buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española, al ser conceptos jurídicos indeterminados, deben ser dotados de contenido en cada caso concreto, apreciando todas y cada una de las circunstancias que concurran en el sujeto, de manera que se pueda apreciar el caso en su conjunto y no de manera fragmentaria (si hay antecedentes penales o policiales, por ejemplo, deben apreciarse los esfuerzos de la persona por no volver a cometer infracciones o por llevar una vida dentro de lo que se considera normal: trabajo por cuenta ajena o propia, estudios, participación en actividades sociales, culturales, etc.).

Un cordial saludo.
Caso real: comunitaria - larga duracion - nacionalidad española - antecedentes policiales
16/04/2012 11:57
Ante todo quiero dar las gracias a Portico Legal.com
a: Sebastian Molina.
a: Condecartagena.
Esta es una historia real, y la contaré para todas las personas que en algun momento se encontrarán en el mismo caso o parecido.
COMUNITARIA: el caso es que para renovar la comunitaria tienes que solicitar la renovacion 3 meses antes y te daran una cita de renovacion para despues de 8 meses.
Si tu comunitaria ha caducado se supone que tienes mas de cinco años residiendo legalmente en españa.
Te citaran a presentar la documentacion de renovacion, lo cual te pediran: Pasaporte, copia del NIE, y la sentencia de divorcio.
Y te daran un documento de presentacion de la solicitud de Tarjeta de Ciudadano de la Union.
Lo cual estoy en espera que te dicen que despues de 3meses te daran una respuesta, si es concedida.

LARGA DURACION: presente toda la documentacion para la larga duracion, porque estaba en planes de divorcio, claro yo llevaba mas de 5 años casado, y ya casi para caducar mi comunitaria.
Mi expediente de Larga duracion fue Archivado.
Fui a C/. Manuel Luna, y me dijeron que lo habian archivado porque como llevaba mas de cinco años residiendo legalmente en españa, tendria que ir a presentar la documentacion antes mencionada para la comunitaria, mi sorpresa fue cuando me dijo que me darian la comunitaria, les dije que estoy divorciado, me dijeron que igual me la darian.
entonces fui a presentar la documentacion de la comunitaria y alli vieron mi expediente larga duracion que estaba archivado, esto en la calle Garcia Paredes.

NACIONALIDAD ESPAÑOLA: para que la nacionalidad española sea Favorable, no tienes que tener ningun antecedente, policial ni penal.
Si tienes un informe de la policia que tienes algun antecedente, te enviaran una carta a tu domicilio que tienes que presentar un documento de la resolucion del juzgado, esta carta le envia al Registro civil para que te lo pida, bueno tu expediente de nacionalidad lo envian al Registro Civil, y ellos se encargan de enviarte la carta a tu domicilio.

ANTECEDENTES POLICIALES: Los puedes presentar en cualquier comisaria de tu provincia, o tambien lo puedes presentar en la comisaria donde te detuvieron y te ficharon.
Este tramite tarda entre 1mes y mes y medio.
OJO: en cuanto te den el documento de Cancelacion de antecedentes tienes que ir al ministerio de justicia, y presentarlos en Registro asi se llama el tiket que tienes que coger Registro y te daran un formato donde dice:
ASUNTO: Presento cancelacion de antecedentes.

SOLICITO: aqui no hay que poner nada, porque si solicitas que se den prisa con la resolucion, vas a enfadar al funcionario, lo cual eso para mi personalmente se hace de acuerdo con el tiempo que tenga el funcionario para ver tu expediente de nacionalidad.
La concesion siguiendo estos pasos solo tarda 15dias.

ESPERO HABERLES GUIADO POR EL CAMINO CORRECTO.
Cualquier pregunta a sus dudas segun mi experiencia podria responderles.
OJO: preguntas concretas y precisas.
Vuelvo a agradecer a Sebastian Molina, y a Condecartagena, que ellos me ayudaron aqui en el foro de PorticoLegal.com.
UN SALUDO.