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Ceramiento de una plaza

2 Comentarios
 
14/12/2002 19:51
A continuanion paso a detallarte lo que figura en las escrituras, estas mismas recoge un aprtado llamado Servidumbre, y a su vez este apartado recoge cinco puntos, que quedan definidos de la siguiente manera:
a) Prohibicion total y absoluta de edificar.
b) Derecho de luces y vistas.
c) Derecho de paso de personas sobre toda la extension del predio sirviente.
d)Paso de vehiculos sobre los viales construidos con caracter permanente.
e) Derecho de uso y disfrute de las zonas ajardinadas.
f)El derecho especial de paso de vehiculos.
La servidumbre esta establecida con caracter perpetuo, uso continuo, y absorbe todo el valor del predio sirviente conforme al Art. 564 C.C.
13/12/2002 07:56
Si en el Título Constitutivo de la Comunidad figura del modo que explicas, el cerramiento supondía modificación del Título Constitutivo para lo cual es necesaria la unanimidad de los propietarios. Art. 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Espero haberte servido de pequeña ayuda.
Salu2.
Ceramiento de una plaza
13/12/2002 02:08
En mi mancomunidad quieren cerrar una plaza, que figura en las excrituras, con viales y servidumbre de paso entre otros, que deben estar abiertos a perpetuida. Mi pregunta es. ¿Se puede realizar dicho cierre? ¿Cuantos votos son necesareos? Gracias
Ceramiento de una plaza | PorticoLegal
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14/12/2002 19:51
A continuanion paso a detallarte lo que figura en las escrituras, estas mismas recoge un aprtado llamado Servidumbre, y a su vez este apartado recoge cinco puntos, que quedan definidos de la siguiente manera:
a) Prohibicion total y absoluta de edificar.
b) Derecho de luces y vistas.
c) Derecho de paso de personas sobre toda la extension del predio sirviente.
d)Paso de vehiculos sobre los viales construidos con caracter permanente.
e) Derecho de uso y disfrute de las zonas ajardinadas.
f)El derecho especial de paso de vehiculos.
La servidumbre esta establecida con caracter perpetuo, uso continuo, y absorbe todo el valor del predio sirviente conforme al Art. 564 C.C.
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Si en el Título Constitutivo de la Comunidad figura del modo que explicas, el cerramiento supondía modificación del Título Constitutivo para lo cual es necesaria la unanimidad de los propietarios. Art. 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Espero haberte servido de pequeña ayuda.
Salu2.
Ceramiento de una plaza
13/12/2002 02:08
En mi mancomunidad quieren cerrar una plaza, que figura en las excrituras, con viales y servidumbre de paso entre otros, que deben estar abiertos a perpetuida. Mi pregunta es. ¿Se puede realizar dicho cierre? ¿Cuantos votos son necesareos? Gracias