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Cerramiento Terraza

2 Comentarios
 
17/03/2014 13:36
Gracias Enderbury21 por su comentario
Hasta Marzo de 2013 los propietarios hacian lo que les daba la gana. Algunos hasta ampliaban la Terraza ocupando zonas privativas o comunes y como mucho la Junta recomendaba que no se hiciera, sin otra medida.
Es a partir de esa fecha cuando acuerdan en Junta General que en lo sucesivo hay que pedir permiso a dicha Junta y tiene que ser autorizada cualquier modificación estética o estructural.
Yo le presenté el proyecto al Secretario pero este dijo no tener competencias, debiendo esperar a la celebración de la próxima Junta ( una año ).
LLegado ese momento dicen que por no pedir dicho permiso tengo que retirar la obra.
Se dá además la paradoja de que otros han hecho también modificaciones sin dicho permiso y la Junta no lo ha tenido en cuenta.
¿ Cuanto tiempo tengo para impugnar los acuerdos de una Reunión ?
17/03/2014 12:04
Los acuerdos toman efecto cuando son aprobados, en la junta se votan, despues hay un plazo para contabilizar ausentes y para eventuales impugnaciones, eso de leer el acta al cabo de un año no sirve para nada, transcurridos los plazos sin impugnaciones estos quedan aprobados.
La junta como tal puede tomar los acuerdos que crez convenientes, otra cosa es el aspecto legal.
Imagine que su terraza es la unica que queda pendiente de cerrar y se toma previamente el acuerdo que ha indicado, con que argumentos se va a oponer judicialmente la comunidad a que realice vd la obra?.
De todas formas, si existen antecedentes mal va a poder la comunidad llevar adelante el acuerdo tomado, siempre podra argumentar la existencia previa de obras similares.
Cerramiento terraza
16/03/2014 20:39
Soy propietario de un bungalow en un complejo. No existen Estatutos, pues nunca ha habido unanimidad para aprobarlos.
Por lo que cada propietario ha cerrado su terraza o hecho otras modificaciones en SU PROPIEDAD a su criterio. Solamente la Junta ha manifestado su desacuerdo ocasionalmente ROGANDO su modificación.
En Marzo del 2013 se acuerda en Junta General por los asistentes que a partir de entonces se precisa autorización de la misma para cualquier otro cerramiento de Terraza o modificaciones estéticas.
En Agosto del 2013 llevo a cabo cerramiento de mi terraza, sin invadir espacio privativo o comunitario y habiendo presentado el proyecto al Secretario, pero este alega no estar capacitado para autorizar.
En Marzo 2014 la Junta General manifiesta que por no haber solicitado autorización se me emplaza a quitar el cerramiento llevado a cabo y en caso contrario denunciarlo al Ayuntamiento y proceder a a su desmonte a su cuenta y pasarme los cargos.
Mis preguntas son:
1.- Cuando entra en vigor los acuerdos de la Junta General? en el momento de su votación o un año después cuando se lee y aprueba el Acta?
2.- Puede la Junta amnistiar a todos los que hicieron cerramientos y modificaciones hasta Marzo del 2013 y penalizar a partir de entonces, aunque el proyecto sea similar?
3.- Tiene atribuciones la Junta para obligar a derribar un proyecto en un Terraza y a sancionar o denunciar judicialmente, sin que hayan Estatutos?
Gracias
Cerramiento Terraza | PorticoLegal
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Cerramiento Terraza

2 Comentarios
 
17/03/2014 13:36
Gracias Enderbury21 por su comentario
Hasta Marzo de 2013 los propietarios hacian lo que les daba la gana. Algunos hasta ampliaban la Terraza ocupando zonas privativas o comunes y como mucho la Junta recomendaba que no se hiciera, sin otra medida.
Es a partir de esa fecha cuando acuerdan en Junta General que en lo sucesivo hay que pedir permiso a dicha Junta y tiene que ser autorizada cualquier modificación estética o estructural.
Yo le presenté el proyecto al Secretario pero este dijo no tener competencias, debiendo esperar a la celebración de la próxima Junta ( una año ).
LLegado ese momento dicen que por no pedir dicho permiso tengo que retirar la obra.
Se dá además la paradoja de que otros han hecho también modificaciones sin dicho permiso y la Junta no lo ha tenido en cuenta.
¿ Cuanto tiempo tengo para impugnar los acuerdos de una Reunión ?
17/03/2014 12:04
Los acuerdos toman efecto cuando son aprobados, en la junta se votan, despues hay un plazo para contabilizar ausentes y para eventuales impugnaciones, eso de leer el acta al cabo de un año no sirve para nada, transcurridos los plazos sin impugnaciones estos quedan aprobados.
La junta como tal puede tomar los acuerdos que crez convenientes, otra cosa es el aspecto legal.
Imagine que su terraza es la unica que queda pendiente de cerrar y se toma previamente el acuerdo que ha indicado, con que argumentos se va a oponer judicialmente la comunidad a que realice vd la obra?.
De todas formas, si existen antecedentes mal va a poder la comunidad llevar adelante el acuerdo tomado, siempre podra argumentar la existencia previa de obras similares.
Cerramiento terraza
16/03/2014 20:39
Soy propietario de un bungalow en un complejo. No existen Estatutos, pues nunca ha habido unanimidad para aprobarlos.
Por lo que cada propietario ha cerrado su terraza o hecho otras modificaciones en SU PROPIEDAD a su criterio. Solamente la Junta ha manifestado su desacuerdo ocasionalmente ROGANDO su modificación.
En Marzo del 2013 se acuerda en Junta General por los asistentes que a partir de entonces se precisa autorización de la misma para cualquier otro cerramiento de Terraza o modificaciones estéticas.
En Agosto del 2013 llevo a cabo cerramiento de mi terraza, sin invadir espacio privativo o comunitario y habiendo presentado el proyecto al Secretario, pero este alega no estar capacitado para autorizar.
En Marzo 2014 la Junta General manifiesta que por no haber solicitado autorización se me emplaza a quitar el cerramiento llevado a cabo y en caso contrario denunciarlo al Ayuntamiento y proceder a a su desmonte a su cuenta y pasarme los cargos.
Mis preguntas son:
1.- Cuando entra en vigor los acuerdos de la Junta General? en el momento de su votación o un año después cuando se lee y aprueba el Acta?
2.- Puede la Junta amnistiar a todos los que hicieron cerramientos y modificaciones hasta Marzo del 2013 y penalizar a partir de entonces, aunque el proyecto sea similar?
3.- Tiene atribuciones la Junta para obligar a derribar un proyecto en un Terraza y a sancionar o denunciar judicialmente, sin que hayan Estatutos?
Gracias