La reclamación sigue su curso y de ser justa otorga a los trabajadores el reconocimiento de contrato indefinido en la empresa que elijan, cedente o cesionaria. Y, con independencia del resultado de lo anterior, si además el despido objetivo es una represalia encubierta por la reclamación (es la empresa quien debe demostrar que no lo es) sería despido nulo por vulnerar el derecho a la indemnidad de los trabajadores. Un saludo.
Empresa prestación servicios, unos empleados reclaman derecho a ser adscritos a la Empresa principal, alegando cesión ilegal , se esta a la espera del acto de juicio, en este tiempo la Empresa principal rescinde contrato mercantil, la empresa de servicios comunica despido objetivo causas de producción y económicas por pérdida de cliente y dos años de pérdidas en la cuenta de resultados .
Queda sin efecto la reclamación de derecho , al haberse efectuado el despido objetivo, el cual esta correctamente fundamentado,???? Gracias