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Cierre de piscina comunitaria

5 Comentarios
 
Cierre de piscina comunitaria
02/07/2020 11:46
En mi comunidad con fecha de 19 de junio se realizó una junta ordinaria para votar el cierre o apertura de la piscina debido a las medidas excepcionales por el covid-19. La apertura de la piscina no conlleva ninguna derrama, ni gasto añadido y así se explica a los propietarios.
En esta junta se votó el cierre o apertura, siendo la opción más votada el cierre de la piscina que ganó por mayoría simple.
¿Se debe acatar esta decisión, o por no llegar a las 3/5 partes de la comunidad sigue estando vigente el derecho a la apertura, al ser un elemento común y no suponer ningún coste adicional para los propietarios?
Saludos y gracias.
02/07/2020 14:47
Yolali
Si la mayoría simple ha dado el Vº Bº, y no ha respetado la votación cualificada, ha cometido una ilegalidad, como es un acto contrario a la ley, Ud. puede impugnar el acuerdo en el plazo de un año, pero para eso ha tenido que votar en contra.
02/07/2020 15:10
Es totalmente imposible votar el cierre o apertura de una piscina, porque como es logico se encontraria en uno de los dos estados.
Si en junta se aprobo por mayoria simple la NO APERTURA, este verano es correcto dicho acuerdo, los 3/5 serian para su cierre definitivo
03/07/2020 04:13
jalisco
Para los inquilinos que estén en la vivienda desde octubre de 2019 hasta junio de 2021 es una supresión total del servicio, por lo tanto 3/5.
03/07/2020 10:00
Piscinos
Los inquilinos no tienen nada que ver con las decisiones de la comunidad.
Mayoría, simple en segunda convocatoria.
03/07/2020 14:57
Como bien ha indicado Pepe, los inquilinos ni pinchan ni cortan en temas comunitarios.
Para la no apertura es mayoria simple dado que no es supresion de la piscina, es una no apertura temporal
los 3/5 serian para su eliminacion
Cierre de piscina comunitaria | PorticoLegal
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Cierre de piscina comunitaria

5 Comentarios
 
Cierre de piscina comunitaria
02/07/2020 11:46
En mi comunidad con fecha de 19 de junio se realizó una junta ordinaria para votar el cierre o apertura de la piscina debido a las medidas excepcionales por el covid-19. La apertura de la piscina no conlleva ninguna derrama, ni gasto añadido y así se explica a los propietarios.
En esta junta se votó el cierre o apertura, siendo la opción más votada el cierre de la piscina que ganó por mayoría simple.
¿Se debe acatar esta decisión, o por no llegar a las 3/5 partes de la comunidad sigue estando vigente el derecho a la apertura, al ser un elemento común y no suponer ningún coste adicional para los propietarios?
Saludos y gracias.
02/07/2020 14:47
Yolali
Si la mayoría simple ha dado el Vº Bº, y no ha respetado la votación cualificada, ha cometido una ilegalidad, como es un acto contrario a la ley, Ud. puede impugnar el acuerdo en el plazo de un año, pero para eso ha tenido que votar en contra.
02/07/2020 15:10
Es totalmente imposible votar el cierre o apertura de una piscina, porque como es logico se encontraria en uno de los dos estados.
Si en junta se aprobo por mayoria simple la NO APERTURA, este verano es correcto dicho acuerdo, los 3/5 serian para su cierre definitivo
03/07/2020 04:13
jalisco
Para los inquilinos que estén en la vivienda desde octubre de 2019 hasta junio de 2021 es una supresión total del servicio, por lo tanto 3/5.
03/07/2020 10:00
Piscinos
Los inquilinos no tienen nada que ver con las decisiones de la comunidad.
Mayoría, simple en segunda convocatoria.
03/07/2020 14:57
Como bien ha indicado Pepe, los inquilinos ni pinchan ni cortan en temas comunitarios.
Para la no apertura es mayoria simple dado que no es supresion de la piscina, es una no apertura temporal
los 3/5 serian para su eliminacion