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Cierre empresa y devolución bonificación ss

1 Comentarios
 
Cierre empresa y devolución bonificación ss
13/06/2014 12:55
Buenos días.

Tengo el caso de una empresa que está a punto de cerrar y tiene un trabajador bonificado al amparo del RD 1451/83 (minusválidos) desde 2012 (- 3 años).

En este caso, cuando despida al trabajador por causas objetivas, deberá devolver la bonificación?

Alguien se ha encontrado?

Gracias!
13/06/2014 16:24
La disposición adicional 2ª dice que en el caso de despedir al trabajador antes de los 3 años deberá reintegrar las cantidades recibidas lo que no especifica es si seran a la totalidad o por el tiempo restante, des decir, creo que la subvención hablaba de que la empresa recibiría 3940 € lo que dividido entre 36 meses, (3 años), nos da 109,44 € interpreto que lo que le falte por cumplir los 3 años deberá de reingresarlo a razón de esos 109,44 €/mes que reste para los 36 meses. (hablo de memoria así que no se si son estas las cantidades pero mas o menos puede usted realizar los cálculos, otro matiz que no desarrolla el RD es para el caso dee que la empresa cierre solo valora si se despide antes de los 3 años al trabajador pero no si la empresa finaliza su actividad al trabajador lo despide pero es porque cierra la misma osea que mejor que le informen o bien en la Seg Social o bien en el SPE.
SMO.
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Cierre empresa y devolución bonificación ss | PorticoLegal
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13/06/2014 12:55
Buenos días.

Tengo el caso de una empresa que está a punto de cerrar y tiene un trabajador bonificado al amparo del RD 1451/83 (minusválidos) desde 2012 (- 3 años).

En este caso, cuando despida al trabajador por causas objetivas, deberá devolver la bonificación?

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Gracias!
13/06/2014 16:24
La disposición adicional 2ª dice que en el caso de despedir al trabajador antes de los 3 años deberá reintegrar las cantidades recibidas lo que no especifica es si seran a la totalidad o por el tiempo restante, des decir, creo que la subvención hablaba de que la empresa recibiría 3940 € lo que dividido entre 36 meses, (3 años), nos da 109,44 € interpreto que lo que le falte por cumplir los 3 años deberá de reingresarlo a razón de esos 109,44 €/mes que reste para los 36 meses. (hablo de memoria así que no se si son estas las cantidades pero mas o menos puede usted realizar los cálculos, otro matiz que no desarrolla el RD es para el caso dee que la empresa cierre solo valora si se despide antes de los 3 años al trabajador pero no si la empresa finaliza su actividad al trabajador lo despide pero es porque cierra la misma osea que mejor que le informen o bien en la Seg Social o bien en el SPE.
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