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Cierre hoja registral de empresa

2 Comentarios
 
Cierre hoja registral de empresa
22/01/2019 12:47
Tengo entendido que cuando el Registrador Mercantil declara el cierre de la Hoja Registral de una empresa S.L. por la falta de presentación de cuentas o falta de estar al día con AEAT la empresa pasa a la situación de "irregular" y pasa a actuar como Sociedad Civil respondiendo con todo el patrimonio de todos sus socios. ¿Alguien conoce la ley que soporta todo ese tema?
23/01/2019 23:33
jomiasbcn
Es el artículo 378 del Reglamento del Registro Mercantil. Las consecuencias del cierre de la hoja registral son:

La sociedad no podrá inscribir documento u acto alguno mientras el incumplimiento persista.

La sociedad será considerada como una "sociedad irregular". Así pues, no se les aplicará la legislación como sociedades mercantiles de capital. En estos casos, les será de aplicación la legislación de sociedades civiles.

Sanciones: Las sanciones son consecuencia de la falta del depósito de las cuentas anuales y de la falta declaración de impuestos. Así pues, destacamos las siguientes:

Posible multa de 1.200€ a 60.000€ por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. (Art 283 LSC)

Posibilidad de sanción de 600€ por la no llevanza o conservación de la contabilidad. (Art 200 LGT)

Posible multa de 200€ por no presentar impuesto de sociedades en plazo. (Art 198 LGT).
24/01/2019 13:58
jomiasbcn
Correcto todo Drlander pero en el articulo 378 no veo que aparezca lo de que la sociedad tras el cierre de la hoja registral pasa a actuar como "sociedad irregular". (Sociedad Civil)
por lo menos en el Código de Comercio año 2010. Mil gracias !!
Cierre hoja registral de empresa | PorticoLegal
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Cierre hoja registral de empresa

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Cierre hoja registral de empresa
22/01/2019 12:47
Tengo entendido que cuando el Registrador Mercantil declara el cierre de la Hoja Registral de una empresa S.L. por la falta de presentación de cuentas o falta de estar al día con AEAT la empresa pasa a la situación de "irregular" y pasa a actuar como Sociedad Civil respondiendo con todo el patrimonio de todos sus socios. ¿Alguien conoce la ley que soporta todo ese tema?
23/01/2019 23:33
jomiasbcn
Es el artículo 378 del Reglamento del Registro Mercantil. Las consecuencias del cierre de la hoja registral son:

La sociedad no podrá inscribir documento u acto alguno mientras el incumplimiento persista.

La sociedad será considerada como una "sociedad irregular". Así pues, no se les aplicará la legislación como sociedades mercantiles de capital. En estos casos, les será de aplicación la legislación de sociedades civiles.

Sanciones: Las sanciones son consecuencia de la falta del depósito de las cuentas anuales y de la falta declaración de impuestos. Así pues, destacamos las siguientes:

Posible multa de 1.200€ a 60.000€ por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. (Art 283 LSC)

Posibilidad de sanción de 600€ por la no llevanza o conservación de la contabilidad. (Art 200 LGT)

Posible multa de 200€ por no presentar impuesto de sociedades en plazo. (Art 198 LGT).
24/01/2019 13:58
jomiasbcn
Correcto todo Drlander pero en el articulo 378 no veo que aparezca lo de que la sociedad tras el cierre de la hoja registral pasa a actuar como "sociedad irregular". (Sociedad Civil)
por lo menos en el Código de Comercio año 2010. Mil gracias !!