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Cierre puertas entre propiedades

10 Comentarios
 
18/09/2017 15:23
salvagm
Efectivamente, las puertas están entre dos propiedades privadas. Los propietarios de una de las propiedades queremos cerrarla y el de la otra (constructor) se opone.
y para rizar el rizo, se abren hacia nuestra propiedad...
15/09/2017 15:29
salvagm
Porque segun lo indicado por usted esas puertas en una propiedd privada y no en zona comun
15/09/2017 15:25
salvagm
Gracias por la respuesta.
No creo que aparezcan en los planos, ya que se modificaron muchas cosas al llevar a cabo la ejecución de la obra. El constructor está acostumbrado a hacer lo que quiere. No obstante, me aseguraré de si aparecen en planos o no.
¿Cuál es el motivo por el que no podemos cerrarlas? Por un lado son parte de la fachada del edificio y como comunidad sólo está en contra el constructor (privado de voto por moroso), Por el otro lado dan a una propiedad de la cual tenemos un porcentaje varios propietarios y que queremos cerrarla por unanimidad.
14/09/2017 16:39
salvagm
Primero, debera ir al ayuntamiento y pedir la documentacion del edificio para saber si figuran en los planos presentados para su licencia.
Si no sabe esto, poco puede hacer,
Si no figuran en los planos, odavia no han prescrito, pero ustedes no podian cerrarlas, deberian denunciar, les compensa?
14/09/2017 16:06
salvagm
Las puertas llevan once años puestas.
No es un tema de comunidad, es entre dos propiedades.
Los propietarios de una de las propiedades quieren cerrarlas, votado por unanimidad.
El propietario de la otra propiedad (constructor) no quiere que se las cierren.
Los locales en cuestión no tienen cédula de habitabilidad, sin embargo el constructor está alquilándolos (en negro) por eso quiere que permanezcan las puertas.
09/09/2017 16:04
salvagm
Si no le vale cuando digo puede que haya prescrito, no es por mi culpa, es porque usted no inica cuanto tiempo llevan ahi las puertas.
El consentimiento tacito es cuando pasa un espacio de tiempo, y la comunidad no ha hecho nada, si usted no dice cuanto tiempo llevan las puertas ahi, pues dificilmente se puede opinar, (si se da por sentado que esas puertas son ilegales, cosa que usted no indica).
Por supuesto que ustedes no pueden cerrarlas, ya que son propiedad privada.
Le voy a ser sincero, si se si legalmente si pueden o no cerrar las puertas
Ustedes no pueden cerrar esas puertas. Dado que no estan en zona comunitaria, sino en un espacio privado
Si fuesen ilegales, en junta se tendria que aprobar su cierre, y ese acuerdo se transmitiria al propietario
09/09/2017 11:27
salvagm
ACLARACIONES:
- El proceso monitorio está emprendido y ya ganado. Falta ejecución de la sentencia, pero no hay bienes que embargar, los locales en cuestión tienen embargo inscrito por parte de la agencia tributaria por unas 15 veces su valor...
- No se actuó antes porque los problemas de pago empezaron hace cuatro años (hace dos iniciamos el monitorio) y hasta entonces el constructor, que era uno más de la comunidad, mantenía también una parte de la propiedad de la zona de piscinas.

Amadeo, sea sincero, ¿sabe o no sabe si legalmente podemos cerrar las puertas?
La frase "puede que haya prescrito su irregularidad al existir consentimiento tácito por parte de la comunidad" no me vale, Quiero un sí o un no para tenerlo claro
De todas maneras, gracias por su aportación
07/09/2017 18:44
salvagm
Sea sincero: porqué les molesta a ustedes realmente las existencias de esas puertas, porque es moroso?
porque si las puertas existen desde cuando se entregaron las viviendas, no entiendo porque no lo hicieron antes, y en caso de que fuesen ilegales pueden que haya prescrito su irregularidad al existir consentimiento tácito por parte de la comunidad.
Si lo hacen porque es moroso, lo que deben de hacer es emprender un proceso monitorio contra él.
07/09/2017 17:12
salvagm
Por favor, necesito ayuda.
¿Alguien me puede confirmar si podemos cerrar las puertas o si tiene razón el constructor?
28/08/2017 13:18
salvagm
¿Alguien me puede confirmar si se puede proceder al cierre de las puertas??
Además, ahora sale el constructor con que las puertas ya están más de diez años abiertas, con lo que han adquirido derecho de paso...
Cierre puertas entre propiedades
26/08/2017 15:50
Empiezo describiendo un poco esta comunidad, que no es nada normal.
Consta de un edificio de viviendas y bajos, gimnasio y zona de piscinas, pero tanto el gimnasio como la zona de piscinas son propiedades independientes, registradas y con número catastral, NO SON ZONAS COMUNES.
Dos bajos siguen siendo propiedad del constructor (moroso) y les dejó acceso directo a la zona de piscinas, cuyo derecho de paso no consta e ninguna escritura, Estas "puertas de paso" están en la fachada posterior del edificio, que linda con la zona de piscinas.
En la última reunión de propietarios se aprobó proceder al cierre de las puertas. El argumento es que son parte de la fachada (la doble mayoría superaba los 3/5) y por el lado de la piscina también había mayoría 3/5 de los propietarios con derecho a voto (el constructor estaba privado de voto por moroso).
El constructor, todavía propietario de los locales aunque los tiene embargados, se opone al cierre, diciendo que es una propiedad privada.
¿Quién está en lo cierto?
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18/09/2017 15:23
salvagm
Efectivamente, las puertas están entre dos propiedades privadas. Los propietarios de una de las propiedades queremos cerrarla y el de la otra (constructor) se opone.
y para rizar el rizo, se abren hacia nuestra propiedad...
15/09/2017 15:29
salvagm
Porque segun lo indicado por usted esas puertas en una propiedd privada y no en zona comun
15/09/2017 15:25
salvagm
Gracias por la respuesta.
No creo que aparezcan en los planos, ya que se modificaron muchas cosas al llevar a cabo la ejecución de la obra. El constructor está acostumbrado a hacer lo que quiere. No obstante, me aseguraré de si aparecen en planos o no.
¿Cuál es el motivo por el que no podemos cerrarlas? Por un lado son parte de la fachada del edificio y como comunidad sólo está en contra el constructor (privado de voto por moroso), Por el otro lado dan a una propiedad de la cual tenemos un porcentaje varios propietarios y que queremos cerrarla por unanimidad.
14/09/2017 16:39
salvagm
Primero, debera ir al ayuntamiento y pedir la documentacion del edificio para saber si figuran en los planos presentados para su licencia.
Si no sabe esto, poco puede hacer,
Si no figuran en los planos, odavia no han prescrito, pero ustedes no podian cerrarlas, deberian denunciar, les compensa?
14/09/2017 16:06
salvagm
Las puertas llevan once años puestas.
No es un tema de comunidad, es entre dos propiedades.
Los propietarios de una de las propiedades quieren cerrarlas, votado por unanimidad.
El propietario de la otra propiedad (constructor) no quiere que se las cierren.
Los locales en cuestión no tienen cédula de habitabilidad, sin embargo el constructor está alquilándolos (en negro) por eso quiere que permanezcan las puertas.
09/09/2017 16:04
salvagm
Si no le vale cuando digo puede que haya prescrito, no es por mi culpa, es porque usted no inica cuanto tiempo llevan ahi las puertas.
El consentimiento tacito es cuando pasa un espacio de tiempo, y la comunidad no ha hecho nada, si usted no dice cuanto tiempo llevan las puertas ahi, pues dificilmente se puede opinar, (si se da por sentado que esas puertas son ilegales, cosa que usted no indica).
Por supuesto que ustedes no pueden cerrarlas, ya que son propiedad privada.
Le voy a ser sincero, si se si legalmente si pueden o no cerrar las puertas
Ustedes no pueden cerrar esas puertas. Dado que no estan en zona comunitaria, sino en un espacio privado
Si fuesen ilegales, en junta se tendria que aprobar su cierre, y ese acuerdo se transmitiria al propietario
09/09/2017 11:27
salvagm
ACLARACIONES:
- El proceso monitorio está emprendido y ya ganado. Falta ejecución de la sentencia, pero no hay bienes que embargar, los locales en cuestión tienen embargo inscrito por parte de la agencia tributaria por unas 15 veces su valor...
- No se actuó antes porque los problemas de pago empezaron hace cuatro años (hace dos iniciamos el monitorio) y hasta entonces el constructor, que era uno más de la comunidad, mantenía también una parte de la propiedad de la zona de piscinas.

Amadeo, sea sincero, ¿sabe o no sabe si legalmente podemos cerrar las puertas?
La frase "puede que haya prescrito su irregularidad al existir consentimiento tácito por parte de la comunidad" no me vale, Quiero un sí o un no para tenerlo claro
De todas maneras, gracias por su aportación
07/09/2017 18:44
salvagm
Sea sincero: porqué les molesta a ustedes realmente las existencias de esas puertas, porque es moroso?
porque si las puertas existen desde cuando se entregaron las viviendas, no entiendo porque no lo hicieron antes, y en caso de que fuesen ilegales pueden que haya prescrito su irregularidad al existir consentimiento tácito por parte de la comunidad.
Si lo hacen porque es moroso, lo que deben de hacer es emprender un proceso monitorio contra él.
07/09/2017 17:12
salvagm
Por favor, necesito ayuda.
¿Alguien me puede confirmar si podemos cerrar las puertas o si tiene razón el constructor?
28/08/2017 13:18
salvagm
¿Alguien me puede confirmar si se puede proceder al cierre de las puertas??
Además, ahora sale el constructor con que las puertas ya están más de diez años abiertas, con lo que han adquirido derecho de paso...
Cierre puertas entre propiedades
26/08/2017 15:50
Empiezo describiendo un poco esta comunidad, que no es nada normal.
Consta de un edificio de viviendas y bajos, gimnasio y zona de piscinas, pero tanto el gimnasio como la zona de piscinas son propiedades independientes, registradas y con número catastral, NO SON ZONAS COMUNES.
Dos bajos siguen siendo propiedad del constructor (moroso) y les dejó acceso directo a la zona de piscinas, cuyo derecho de paso no consta e ninguna escritura, Estas "puertas de paso" están en la fachada posterior del edificio, que linda con la zona de piscinas.
En la última reunión de propietarios se aprobó proceder al cierre de las puertas. El argumento es que son parte de la fachada (la doble mayoría superaba los 3/5) y por el lado de la piscina también había mayoría 3/5 de los propietarios con derecho a voto (el constructor estaba privado de voto por moroso).
El constructor, todavía propietario de los locales aunque los tiene embargados, se opone al cierre, diciendo que es una propiedad privada.
¿Quién está en lo cierto?