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Cine y la Sgae

2 Comentarios
 
Cine y la sgae
04/05/2004 12:31
Soy miembro de un pequeño cine club, que sin ningun ánimo de lucro disfruta y trata de dar a conocer el buen cine. Pagamos rigurosamente a la Sgae lo que nos pide por la proyección de cada película, que no es que sea una gran suma, pero junto con el precio de la película ya es dinero (los derechos no deberías de pagarlos al comprar la película?, si no es así no deberían bajar el precio de CDs de música y DVDs?).
A lo que voy es lo siguiente: ¿como sabes a que sociedad de autores debes pagar por la utilización de su repertorio?. ¿Hay algún listado al que recurrir para ver a que sociedad de autores has de pagar?, ya que por lo que yo he visto la Sgae se está llevando el trozo gordo del pastel.
Muchas gracias por vuertra ayuda.
05/05/2004 18:35
Xixo,

informarte que no debes abonar ninguna tasa a ninguna entidad de gestión por cineforum.

Te reproduzco el art. 37 de la Ley de propiedad intelectual que dispone sobre la libre reproducción y préstamo en determinadas instituciones:

1. Los titulares de los derechos de autor no podrán oponerse a las reproducciones de las obras, cuando aquéllas se realicen sin finalidad lucrativa por los museos, bibliotecas, fonotecas, filmotecas, hemerotecas o archivos, de titularidad pública o integradas en instituciones de carácter cultural o científico, y la reproducción se realice exclusivamente para fines de investigación.

2. Asimismo, los museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas, fonotecas o filmotecas de titularidad pública o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural, científico o educativo sin ánimo de lucro, o a instituciones docentes integradas en el sistema educativo español, no precisarán autorización de los titulares de los derechos ni les satisfarán remuneración por los préstamos que realicen.

Para cualquier aclaración aprovecho para informarte de que en virtud de un acuerdo de colaboración alcanzado con PORTICOLEGAL te ofrecemos asesoramiento telefónico gratuito o en persona en nuestro despacho de Barcelona.

José Coll & Pablo Castells
Abogados
ASESORÍA JURÍDICA DE LAS ARTES
Tel: 93 366 39 90
07/05/2004 15:06
Muchas gracias, me habeis sido de gran ayuda. Pero una cuestión más; entonces puedo proyectar las películas en una institución cultural sin cobrar entrada y sin pagar a autores según he entendido, simplemente con comprar la película; ¿no es así?
Muchisimas gracias por vuestra ayuda
Cine y la Sgae | PorticoLegal
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Cine y la sgae
04/05/2004 12:31
Soy miembro de un pequeño cine club, que sin ningun ánimo de lucro disfruta y trata de dar a conocer el buen cine. Pagamos rigurosamente a la Sgae lo que nos pide por la proyección de cada película, que no es que sea una gran suma, pero junto con el precio de la película ya es dinero (los derechos no deberías de pagarlos al comprar la película?, si no es así no deberían bajar el precio de CDs de música y DVDs?).
A lo que voy es lo siguiente: ¿como sabes a que sociedad de autores debes pagar por la utilización de su repertorio?. ¿Hay algún listado al que recurrir para ver a que sociedad de autores has de pagar?, ya que por lo que yo he visto la Sgae se está llevando el trozo gordo del pastel.
Muchas gracias por vuertra ayuda.
05/05/2004 18:35
Xixo,

informarte que no debes abonar ninguna tasa a ninguna entidad de gestión por cineforum.

Te reproduzco el art. 37 de la Ley de propiedad intelectual que dispone sobre la libre reproducción y préstamo en determinadas instituciones:

1. Los titulares de los derechos de autor no podrán oponerse a las reproducciones de las obras, cuando aquéllas se realicen sin finalidad lucrativa por los museos, bibliotecas, fonotecas, filmotecas, hemerotecas o archivos, de titularidad pública o integradas en instituciones de carácter cultural o científico, y la reproducción se realice exclusivamente para fines de investigación.

2. Asimismo, los museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas, fonotecas o filmotecas de titularidad pública o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural, científico o educativo sin ánimo de lucro, o a instituciones docentes integradas en el sistema educativo español, no precisarán autorización de los titulares de los derechos ni les satisfarán remuneración por los préstamos que realicen.

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Tel: 93 366 39 90
07/05/2004 15:06
Muchas gracias, me habeis sido de gran ayuda. Pero una cuestión más; entonces puedo proyectar las películas en una institución cultural sin cobrar entrada y sin pagar a autores según he entendido, simplemente con comprar la película; ¿no es así?
Muchisimas gracias por vuestra ayuda