Es un gasto que ha de asumir usted. Ahora bien, si no ha presentado aún la conciliación tiene la posibilidad de otorgar, el mismo día que registre la papeleta de conciliación, un poder "apud acta" para que alguien pueda intervenir en su nombre.
Si ya la ha registrado, podría otorgar poder ante notario.
En todo caso, es cuestión de hacer números y ver qué le compensa.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados Madrid mottayl.abogados@gmail.com
Buenas tardes, mi empresa ha finalizado mi contrato. Vivo en Zaragoza pero la empresa esta en Madrid y la cita para la conciliacion esta en Madrid. La empresa tiene alguna obligacion en pagarme el billete de ida y vuelta para estar presente el dia de la conciliacion o ese gasto lo tengo que asumir yo? Gracias