Me pusieron una denuncia por el envío de un e-mail con injurias. Ahora me ha llegado la citación judicial, y en los datos que debo aportar llevaré mi cartilla del INEM pues estoy desempleado. En esa situación, ¿las multas son menores ante injurias?
PD: Me reuní con la parte contraria y me disculpé por lo que les había ocasionado. ¿Es importante decirlo en el juicio, tendiendo testigos de esa disculpa?
para el caso expuesto anteriormente, ¿puedo solicitar un procurador para no tener que asistir al juicio? ¿es aconsejable un procurador, ya que soy culpable y no voy a negarme a los hechos imputados?
La multa depende de muchos factores. El más importante, quizás, es el de la publicidad, que en tu caso dependerá de si el mail se lo has enviado solamente a la persona injuriada o también a otras personas...Y la diferencia puede ser muy importante. Otra detalle a tener en cuenta es la relación que tienes o tenías con el injuriado, etc. Y sí, las multas dependen de los ingresos que tengas, a mayores ingresos mayor importe. Por otra parte la retractación de lo manifestado en el correo ante el Juez, disminuye sensiblemente los días-multa de la condena, pero retractación ante el juez, no solamente ante la persona ofendida. Y por último, se trata de un delito privado, es decir, que es disponible para el ofendido. Quiere decir que si el ofendido te perdona, quedas exento de responsabilidad (salvo que se trate de un menor o discapacitado). Un saludo
Es aberrantemente injusto que se pague multa según ingresos. La justicia sacará tajada, ya que su función es recaudatoria y la multa será directamente proporcional a la verguenza que le dé al juez (recaudador). No pidas perdón ni te retractes (lo harías por dinero). Si es lo que sentias en ese momento ele tus narices.
El mail se mandó a 4personas..las 4 personas que me han denunciado. Luego, esas 4 personas se encargaron de enviar el mail a todos sus compañeros para que vieran lo que yo les habia mandado, por lo tanto yo no hice publicidad, ¿ellos pueden actuar así, antes del juicio? La relacion que tenía con ell@s 4 es que son compañeros de trabajo de mi pareja...yo no pertenezco a ese gremio, ni les conocía, sólo cogi sus e-mails y me desahogue.
¿a juicio tengo que ir yo personalmente o podria representarme alguien para evitarme ese mal trago? ¿es obligatorio antes de juicio una reunion con los abogados para una posible "conciliacion"? ¿me recomendais abogado de oficio o privado?
¿Injuriaste a cuatro personas? Eso complica algo (o mucho) las cosas, porque tu acto entra en el concepto de delito o falta continuada, que supone la aplicación de la pena en su mitad superior y hasta la mitad del grado superior. Consejo: intenta obtener el perdón de los ofendidos y asunto resuelto. Supongo que no es fácil, porque mencionas que te has disculpado y no parece que te hayan admitido las disculpas. El envío por correo electrónico, solamente a los interesados, de un mensaje ofensivo no constituye publicidad, pero su calificación como falta o delito dependerá del carácter de las injurias, si se trata de algo que habitualmente se considere grave o no, o si se trata de atribución de hechos falsos a esas personas. Las penas previstas para la falta continuada de injurias es de entre 15 y 25 días-multa y la de delito continuado de entre 150 y 263 días-multa. Un saludo
Perdón se me pasó lo de la conciliación. Si te han citado a juicio será porque ya ha habido un acto de conciliación entre vosotros. Es imprescindible que se haya celebrado con resultado negativo para que el juzgado admita la querella. Si no se ha celebrado, directamente se suspenderá el juicio hasta que los querellantes demuestren que se ha intentado la conciliación. Un saludo.
No, acto de conciliacion no ha habido, pero la citación la tengo el 17 de Junio. ¿Es obligatorio el acto de conciliacion previo al juicio? ¿Cómo se va a anular directamente el juicio si ya he recbido la cita?
El mail lo mande una sola vez y a 4 personas. ¿Eso es "continuado"?
¿De qué importe económico podemos hablar por día y persona?
- Sí, es obligatorio. - Cuando al comenzar el juicio, el juez se percate de que no tiene el acta de celebración de conciliación dirá que p'atrás, que vuelta a empezar. - Sí, eso es continuado si injurias a las cuatro personas, si la injuria afecta solamente a una y a las otras "les informas"de lo que has hecho, no, pero en ese caso podría estar en juego el concepto de publicidad. - Los abogados de oficio son tan buenos (o tan malos) como los privados, pero eso de que "he perdido porque el mío era de oficio y el del contrario de pago" no deja de ser una leyenda urbana. - No se va a suspender porque no vayas, pero eso te perjudica porque no tendrás ocasión ni de defenderte, ni de retractarte ante el juez con la reducción de condena que esto último conlleva. Un saludo.
Ah, perdón, la cuantía del día multa depende de tus ingresos. A mayores ingresos, mayor importe. Teoricamente, claro, porque en la práctica se van a basar en los que digas que tienes cuando te lo pregunten...no se suelen comprobar. Un saludo
A ver... para aclarar las cosas.... tu envias a 4 personas un email diciendo cosas de otra persona y ella te denuncia, injurias dices... son testigos las otras 4 supongo...
Esa persona denuncia... incoan un juicio de faltas.... y te citan a juicio....
No necesita ni acto de conciliación ni na.... tu tampoco necesitas abogado ni procurador.... no te merece la pena llevarlos...
Ve al juicio... di la verdad... que estabas cabreada y enviaste el email... pide disculpas nuevamente en el juicio y que estas arrepentida.... luego acepta la pena que te impongan y listo...
Si no vas, será el juicio igual pero te pueden condenar a las multa.... ademas imaginate que no va la denunciante ... eso te salvaria....
Yo mandé 1 mail. Ese mail lo mandé a 4 personas. Y a esas 4 personas iba dirigido porque a las 4 insulté. Pero únicamente lo envié una vez.
¿No necesito abogado?¿por qué? ¿Este caso sería "continuado"? Mis ingresos son los del INEM: 510 € El acto de conciliación evitaría llegado a acuerdo el juicio, ¿no? ¿Como se organiza?
Si, lo admitiré, pediré perdón nuevamente y demás... No sabía que para juicio de faltas no te dan abogado de oficio. ¿Un abogado entoces no serviría para absolutamente nada, dejando aparte lo que me costara? ¿Sería "continuado" si es 1 unico mail?
a) en el burofax que me han enviado con la citación, ¿se deberia haber adjuntado copia de la denuncia? si no la han adjuntado, ¿que debo hacer?
b) en este caso de "faltas" asumo las costas? cuánto aprox? Es que he visto que al ser un caso donde no es necesario abogado, no tendría que pagar costas, ¿es cierto?
c) LA diferencia economica de las multas en caso de faltas leves y graves, ¿cuáles son? He visto ejemplos de faltas leves 10-20 dias a 3-6 euros por dia... en faltas graves cuánto subiría?
Os agradezco mucho todo de lo que me estais informando