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Citación del testigo a la vista

1 Comentarios
 
30/01/2018 13:18
alamoabg
alamoabg, el articulo 87 de la LJS establece que "El juez o tribunal resolverá en el acto del juicio sobre la pertinencia de las pruebas propuestas y determinará la naturaleza y clase de medio de prueba de cada una de ellas según lo previsto en el artículo 299 del la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la presente Ley. Asimismo resolverá sobre las posibles diligencias complementarias o de adveración de las pruebas admitidas y sobre las preguntas que puedan formular las partes."
Otra cosa sería la prueba anticipada que tendrías que practicar con antelación al juicio conforme al artículo 78 de la LJS, ok?
Citación del testigo a la vista
22/01/2018 11:17
Buenos días,

Soy representante de la parte demandada en un procedimiento laboral y me interesaría citar a algún testigo para el acto de la vista.

Tengo entendido que se puede hacer directamente en sala, en el momento de la proposición de pruebas. ¿Esto es así?. Realmente preferiría citarlos vía judicial, y si mal no tengo entendido, debería haberlo con una antelación de al menos 5 días antes de la vista. ¿Con que artículo debería apoyarme para citar a dichos testigos?

Gracias por las respuestas
Citación del testigo a la vista | PorticoLegal
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1 Comentarios
 
30/01/2018 13:18
alamoabg
alamoabg, el articulo 87 de la LJS establece que "El juez o tribunal resolverá en el acto del juicio sobre la pertinencia de las pruebas propuestas y determinará la naturaleza y clase de medio de prueba de cada una de ellas según lo previsto en el artículo 299 del la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la presente Ley. Asimismo resolverá sobre las posibles diligencias complementarias o de adveración de las pruebas admitidas y sobre las preguntas que puedan formular las partes."
Otra cosa sería la prueba anticipada que tendrías que practicar con antelación al juicio conforme al artículo 78 de la LJS, ok?
Citación del testigo a la vista
22/01/2018 11:17
Buenos días,

Soy representante de la parte demandada en un procedimiento laboral y me interesaría citar a algún testigo para el acto de la vista.

Tengo entendido que se puede hacer directamente en sala, en el momento de la proposición de pruebas. ¿Esto es así?. Realmente preferiría citarlos vía judicial, y si mal no tengo entendido, debería haberlo con una antelación de al menos 5 días antes de la vista. ¿Con que artículo debería apoyarme para citar a dichos testigos?

Gracias por las respuestas