Dice la Ley, en cuanto al sobreseimiento del expediente por conciliación o reparación entre el menor y la víctima, que también podrá el Ministerio Fiscal desistir de la continuación del expediente, atendiendo a la gravedad y circunstancias del hecho y del menor, de modo particular,A LA FALTA DE VIOLENCIA o intimidación graves en la comisión de los hechos, y a la circunstancia de que además el menor se haya conciliado con la víctima o haya asumido compromiso de reparar el daño causado a la víctima o al perjudicado por el delito, o se haya comprometido a cumplir la actividad educativa propuesta por el equipo técnico en su informe.
En conclusión, espero que la agresividad no fuera tan GRANDE, para poderte beneficiar de este artículo.
En la declaración del menor ante el Fiscal, si el menor reconoce los hechos, el mostrar arrepentimiento e intención de reparar el daño, y no habiendo causado daños personales, solo materiales aunque mostrando gran agresividad, ¿creeis procedente solicitar que se le impongan tan solo trabajos a favor de la comunidad?