Cada modalidad de contrato está regulada por separado. Para contratos temporales o de obra, puedes revisar El Real Decreto 2720/1998. Pero como norma general se establece salvo acuerdo entre ambas partes que el preaviso es de 15 días
Buenas noches, me gustaría saber si se puede añadir al contrato de trabajo una cláusula adicional con fecha posterior a la firma del contrato. Por ejemplo quiero incluir la cláusula de que el trabajador tiene que preavisar a la empresa con 15 días de antemacion si quiere presentar la baja voluntaria. El motivo de todo esto es que el convenio no lo contempla. Muchas gracias.