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Cláusula al firmar concreción de jornada por guarda legal

1 Comentarios
 
Cláusula al firmar concreción de jornada por guarda legal
23/04/2021 21:26
Actualmente disfruto de un turno fijo sin reducción de jornada por guarda legal, ya que en mi trabajo se realizan turnos rotativos. he solicitado a la empresa modificar mi horario manteniendo las mismas condiciones que venía disfrutando (adelantado mi horario actual 1 hora), pero en la carta de aceptación han incluido la siguiente cláusula: "En el caso de que en el futuro se produzca una variación en las necesidades organizativas o productivas de la empresa, se acuerda por ambas partes que la empresa podrá iniciar los trámites legales oportunos para l modificación de su horario de trabajo de conformidad con lo dispuesto legalmente está materia, y con ello se accede a la modificación o revocación del presente acuerdo cuando se produzcan circunstancias que puedan afectar a la cobertura del servicio prestado, volviendo la trabajadora a la jornada y situación anterior a la presente convenida.
Me surgen dos dudas: Es esta cláusula legal? Y en caso de serlo, si esto sucediera supondría volver al turno que disfruto actualmente, o a la rotación previa a la solicitud por guarda legal? Muchas gracias por su atención, un saludo
24/04/2021 04:41
Esa cláusula es abusiva ya que se la imponen en el escrito que por guarda legal usted notifica a su empresa va a ser su nuevo horario.
Verá para la guarde legal se puede realizar de dos firmas o bien reducción de jornada o bien adaptación del horario sin reducir jornada, en ambos casos es un dicho del trabajador, usted no está solicitando nada a la empresa, usted les está notificando que se va a acoger a su dcho por custodia legal por lo que es usted quién debe hacer el escrito y no aceptar uno que le imponga la empresa y además con esa cláusula, esto no es un acuerdo entre empresa y trabajador esto es un simple escrito en el que usted notifica a la empresa que se acoge a su echo.
La empresa solo tiene que coger la carta y sellarlo una copia para que así conste que la han recibido.
Cláusula al firmar concreción de jornada por guarda legal | PorticoLegal
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Cláusula al firmar concreción de jornada por guarda legal

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Cláusula al firmar concreción de jornada por guarda legal
23/04/2021 21:26
Actualmente disfruto de un turno fijo sin reducción de jornada por guarda legal, ya que en mi trabajo se realizan turnos rotativos. he solicitado a la empresa modificar mi horario manteniendo las mismas condiciones que venía disfrutando (adelantado mi horario actual 1 hora), pero en la carta de aceptación han incluido la siguiente cláusula: "En el caso de que en el futuro se produzca una variación en las necesidades organizativas o productivas de la empresa, se acuerda por ambas partes que la empresa podrá iniciar los trámites legales oportunos para l modificación de su horario de trabajo de conformidad con lo dispuesto legalmente está materia, y con ello se accede a la modificación o revocación del presente acuerdo cuando se produzcan circunstancias que puedan afectar a la cobertura del servicio prestado, volviendo la trabajadora a la jornada y situación anterior a la presente convenida.
Me surgen dos dudas: Es esta cláusula legal? Y en caso de serlo, si esto sucediera supondría volver al turno que disfruto actualmente, o a la rotación previa a la solicitud por guarda legal? Muchas gracias por su atención, un saludo
24/04/2021 04:41
Esa cláusula es abusiva ya que se la imponen en el escrito que por guarda legal usted notifica a su empresa va a ser su nuevo horario.
Verá para la guarde legal se puede realizar de dos firmas o bien reducción de jornada o bien adaptación del horario sin reducir jornada, en ambos casos es un dicho del trabajador, usted no está solicitando nada a la empresa, usted les está notificando que se va a acoger a su dcho por custodia legal por lo que es usted quién debe hacer el escrito y no aceptar uno que le imponga la empresa y además con esa cláusula, esto no es un acuerdo entre empresa y trabajador esto es un simple escrito en el que usted notifica a la empresa que se acoge a su echo.
La empresa solo tiene que coger la carta y sellarlo una copia para que así conste que la han recibido.