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Cláusula de confidencialidad e impago

2 Comentarios
 
24/12/2017 16:18
Mogrovejo
Muchas gracias por su respuesta. El caso es que la cláusula, bajo mi punto de vista, resulta muy general, tanto en el tiempo (dice después de la relación laboral, entonces que adquiero un compromiso de por vida?) como en el contenido (dice que no puedo divulgar ninguna información que tenga que ver con el negocio. ¿Ninguna? ¿Entonces si digo que la fachada es blanca es denunciable? No le encuentro el sentido. No estamos hablando de un negocio con una especialización muy concreta en el que se podría comprender que el fin de la cláusula es para proteger información delicada, sino de una empresa que ya ha tenido varios problemas con ex trabajadores por impagos y desavenencias varias y cuyo fin de la confidencialidad es que luego no puedan deteriorar su imagen, especialmente en redes sociales, por lo que en mi opinión es una cláusula abusiva para exigir gratuitamente a los ex trabajadores silencio sobre las malas prácticas que han sufrido, algo que no se si es legal hacer o debería exigirle, al menos, el pago de una contraprestación por ello. Gracias de nuevo.
24/12/2017 12:26
Luis800
En primer lugar hay que dejar claro que, con o sin razón y en cualquier momento, toda persona con capacidad de obrar puede ser demandada, a excepción del Rey, claro.
La confidencialidad, cuando: se regula, se impone como obligatoria para el trabajador y además se refleja en cláusula contractual, es algo que va más allá de lo normalmente exigible por las reglas de la buena fe, la diligencia y la no competencia desleal (por ejemplo no poder decir cómo, en qué, ni con quién se trabaja) y por tanto debe conllevar contraprestación.
Pero hay más. Una vez expirado el vínculo laboral, e incluso en las excedencias, el empresario que quiera seguir exigiendo esa confidencialidad al exempleado debe seguir pagándo por ello. En tal caso el contrato de contraprestación podría ser civil.

Lo que sí queda fuera de estas consideraciones son las obligaciones deontológicas que tienen determinados profesionales (médicos, abogados, etc.) respecto a los derechos de terceros en asuntos ajenos al vínculo contractual por cuenta ajena que hubiera podido existir. Por ejemplo, un abogado que estuvo asalariado en la compañía X no tiene por qué ocultar dicho extremo salvo que le paguen por ello. Sin embargo sí tiene prohibido revelar quién fue su representado (X u otro) en tal juicio sin su autorización.
Cláusula de confidencialidad e impago
24/12/2017 03:34
Mi consulta es la siguiente: me despidieron de una empresa en la que firmé una cláusula de confidencialidad junto con el contrato que me prohíbe divulgar información ni de la empresa en sí ni de ninguna de las personas que trabajan en ella, durante y después de mi relación laboral. Añado que yo nunca he cobrado ningún plus por esta cláusula y desconozco si debería ser así.
Mi situación actual es que esta empresa tras despedirme me debe nóminas que se niega a pagar y además me amenaza con que si hablo mal de ella en redes sociales o por cualquier otro medio me denunciará aludiendo a esa cláusula que yo firmé. Me gustaría saber si puede hacerlo ya que es la primera vez que me encuentro con una situación así. Muchas gracias.
Cláusula de confidencialidad e impago | PorticoLegal
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Cláusula de confidencialidad e impago

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24/12/2017 16:18
Mogrovejo
Muchas gracias por su respuesta. El caso es que la cláusula, bajo mi punto de vista, resulta muy general, tanto en el tiempo (dice después de la relación laboral, entonces que adquiero un compromiso de por vida?) como en el contenido (dice que no puedo divulgar ninguna información que tenga que ver con el negocio. ¿Ninguna? ¿Entonces si digo que la fachada es blanca es denunciable? No le encuentro el sentido. No estamos hablando de un negocio con una especialización muy concreta en el que se podría comprender que el fin de la cláusula es para proteger información delicada, sino de una empresa que ya ha tenido varios problemas con ex trabajadores por impagos y desavenencias varias y cuyo fin de la confidencialidad es que luego no puedan deteriorar su imagen, especialmente en redes sociales, por lo que en mi opinión es una cláusula abusiva para exigir gratuitamente a los ex trabajadores silencio sobre las malas prácticas que han sufrido, algo que no se si es legal hacer o debería exigirle, al menos, el pago de una contraprestación por ello. Gracias de nuevo.
24/12/2017 12:26
Luis800
En primer lugar hay que dejar claro que, con o sin razón y en cualquier momento, toda persona con capacidad de obrar puede ser demandada, a excepción del Rey, claro.
La confidencialidad, cuando: se regula, se impone como obligatoria para el trabajador y además se refleja en cláusula contractual, es algo que va más allá de lo normalmente exigible por las reglas de la buena fe, la diligencia y la no competencia desleal (por ejemplo no poder decir cómo, en qué, ni con quién se trabaja) y por tanto debe conllevar contraprestación.
Pero hay más. Una vez expirado el vínculo laboral, e incluso en las excedencias, el empresario que quiera seguir exigiendo esa confidencialidad al exempleado debe seguir pagándo por ello. En tal caso el contrato de contraprestación podría ser civil.

Lo que sí queda fuera de estas consideraciones son las obligaciones deontológicas que tienen determinados profesionales (médicos, abogados, etc.) respecto a los derechos de terceros en asuntos ajenos al vínculo contractual por cuenta ajena que hubiera podido existir. Por ejemplo, un abogado que estuvo asalariado en la compañía X no tiene por qué ocultar dicho extremo salvo que le paguen por ello. Sin embargo sí tiene prohibido revelar quién fue su representado (X u otro) en tal juicio sin su autorización.
Cláusula de confidencialidad e impago
24/12/2017 03:34
Mi consulta es la siguiente: me despidieron de una empresa en la que firmé una cláusula de confidencialidad junto con el contrato que me prohíbe divulgar información ni de la empresa en sí ni de ninguna de las personas que trabajan en ella, durante y después de mi relación laboral. Añado que yo nunca he cobrado ningún plus por esta cláusula y desconozco si debería ser así.
Mi situación actual es que esta empresa tras despedirme me debe nóminas que se niega a pagar y además me amenaza con que si hablo mal de ella en redes sociales o por cualquier otro medio me denunciará aludiendo a esa cláusula que yo firmé. Me gustaría saber si puede hacerlo ya que es la primera vez que me encuentro con una situación así. Muchas gracias.