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Clausula de estatutos

4 Comentarios
 
Clausula de estatutos
02/02/2009 20:10
Una clausula que aparece en mis estatutos y que data de 1990 , referida a conservación y mantenimiento ( fue introducida por el promotor ) :
¿ continúa vigente o queda anulada con la nueva ley de la propiedad horizontal ?

Gracias
02/02/2009 22:18
Si no es contraria a la ley sí.

La disposición final de la LPH establece:
"quedan sin efecto las cláusulas contenidas en los estatutos de las comunidades de propietarios que resulten contrarias o incompatibles con esta Ley".

También da un plazo de un año para q las comunidades adapten los estatutos pero según mi experiencia, en muy pocos casos se ha hecho.
03/02/2009 22:10
Gracias alicantte , era lo que yo pensaba , pero es que un comunero está empeñado en que cuando cambia la ley , si no se ratifican las cláusulas , estas desaparecen , lo cual me parecía ilógico .
Concretamente , la clausula hace referencia a que " Transitoriamente nos tenemos que hacer cargo de la conservación y el mantenimiento de las zonas verdes y viales hasta su entrega al ayuntamiento " , algo a lo que se han negado algunos comuneros , alegando que la urbanización era privada .
Me agrada que esto sea así porque , además del planeamiento , el hecho de que esto aparezca en los estatutos de 1990 ( yo ni sabía su contenido ) me legitima para pedir el que se entreguen los viales y zonas verdes al ayuntamiento , y quitarme de una vez , no sólamente los gastos que estoy pagando por partida doble , sino también la responsabilidad sobre esas zonas .
04/02/2009 21:19
Ojo. Eso si en el Planeamiento Urbanístico figuran esas zonas como de "cesión obligatoria". Si no, el Ayuntamiento podría negarse a recibirlas.
04/02/2009 22:58
Efectivamente ...Hemos conseguido toda la documentación referida al planeamiento y vienen claramente detallados los metros de cesión obligatoria y gratuita , corroborado con los planos correspondientes .
El error de la comunidad en la que vivo fue el no contratar un administrador de fincas de entrada , pues eso nos hubiera ahorrado muchísimos problemas . Te puedo decir que estamos funcionando con un señor que es administrativo , sabe algo , por lo que ha aprendido llevando diferentes comunidades , pero , desde que se presenta algún tema complicado , da unas respuestas que son para echarse a temblar .
Te agradezco muchísimo la atención que has tenido al contestarme , ya que me has terminado de aclarar y confirmar lo que pensaba .
Clausula de estatutos | PorticoLegal
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Clausula de estatutos
02/02/2009 20:10
Una clausula que aparece en mis estatutos y que data de 1990 , referida a conservación y mantenimiento ( fue introducida por el promotor ) :
¿ continúa vigente o queda anulada con la nueva ley de la propiedad horizontal ?

Gracias
02/02/2009 22:18
Si no es contraria a la ley sí.

La disposición final de la LPH establece:
"quedan sin efecto las cláusulas contenidas en los estatutos de las comunidades de propietarios que resulten contrarias o incompatibles con esta Ley".

También da un plazo de un año para q las comunidades adapten los estatutos pero según mi experiencia, en muy pocos casos se ha hecho.
03/02/2009 22:10
Gracias alicantte , era lo que yo pensaba , pero es que un comunero está empeñado en que cuando cambia la ley , si no se ratifican las cláusulas , estas desaparecen , lo cual me parecía ilógico .
Concretamente , la clausula hace referencia a que " Transitoriamente nos tenemos que hacer cargo de la conservación y el mantenimiento de las zonas verdes y viales hasta su entrega al ayuntamiento " , algo a lo que se han negado algunos comuneros , alegando que la urbanización era privada .
Me agrada que esto sea así porque , además del planeamiento , el hecho de que esto aparezca en los estatutos de 1990 ( yo ni sabía su contenido ) me legitima para pedir el que se entreguen los viales y zonas verdes al ayuntamiento , y quitarme de una vez , no sólamente los gastos que estoy pagando por partida doble , sino también la responsabilidad sobre esas zonas .
04/02/2009 21:19
Ojo. Eso si en el Planeamiento Urbanístico figuran esas zonas como de "cesión obligatoria". Si no, el Ayuntamiento podría negarse a recibirlas.
04/02/2009 22:58
Efectivamente ...Hemos conseguido toda la documentación referida al planeamiento y vienen claramente detallados los metros de cesión obligatoria y gratuita , corroborado con los planos correspondientes .
El error de la comunidad en la que vivo fue el no contratar un administrador de fincas de entrada , pues eso nos hubiera ahorrado muchísimos problemas . Te puedo decir que estamos funcionando con un señor que es administrativo , sabe algo , por lo que ha aprendido llevando diferentes comunidades , pero , desde que se presenta algún tema complicado , da unas respuestas que son para echarse a temblar .
Te agradezco muchísimo la atención que has tenido al contestarme , ya que me has terminado de aclarar y confirmar lo que pensaba .