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Cláusula en contrato alquiler para estudiantes

5 Comentarios
 
Cláusula en contrato alquiler para estudiantes
08/10/2019 14:55
Hola, estoy a punto de firmar un contrato de alquiler de un piso en Roma junto con otros 2 estudiantes hasta agosto/2020 (Piso entero, no habitaciones). Yo estaría todo el curso y ellos se irían en febrero pero buscarían a alguien para sustituirles sin modificar el contrato.
La clausula 4 del contrato pone según diversos traductores:
"a. La tarifa de alquiler se establece en X € para todo el período, a pagar en once cuotas mensuales por adelantado de X€ cada una, a pagar antes del 5 de cada mes. Se entiende que si uno o más conductores (inquilinos) abandonan el apartamento debido a fuerzas mayores, el monto mensual acordado de X€ por mes (así como las tarifas de condominio) deben ser pagados en su totalidad por el parte restante del conductor.
b. Cada conductor, con la firma de esta escritura, se compromete expresamente, en caso de salida del estado de gestión común, a pagar en cualquier caso, los montos adeudados por las cuotas mensuales requeridas hasta la expiración natural del contrato."

Entiendo entonces, que en caso de que alguno se vaya por fuerza mayor, todos tendremos que asumir el total del coste del piso, pero si se van por otras causas o no encuentran quien les sustituya a partir de febrero, deberán abonar su parte hasta finalizar el contrato. ¿Estoy en lo cierto? Porque yo no podría asumir más parte que la mía y no me gustaría verme metida en un lío y por encima en un país extranjero. Me urge la respuesta si alguien puede decirme algo. Gracias.
08/10/2019 19:20
maikinha
No conozco las leyes italianas sobre arrendamiento, pero a poco que se parezcan a las nuestras el dueño del piso en Roma (casero) quiere que todos los inquilinos asuman solidariamente todos los deberes y obligaciones que nacen del contrato.

En España la cláusula es legal. Imagino que allí también.

Por lo tanto, el problema radica en que usted elija con cuidado las personas con las que va a convivir esos once meses, y si confía en ellos.

De no ser así, tal vez un Colegio Mayor o residencia de estudiantes sea mejor para lo que usted necesita.
09/10/2019 09:21
Hoplon
Gracias por la respuesta, entiendo que la clausula es legal, pero lo que me gustaría tener claro es el punto b., es decir saber si en caso de que alguno de mis compañeros abandone el piso antes de acabar el contrato o no encuentre a nadie que le sustituya tiene que hacerse cargo de su parte de todas formas. No conozco mucho a los compañeros puesto que todos somos estudiantes Erasmus de diferentes lugares y necesito tener esto claro. Tras leer la clausula con detenimiento entiendo que es así, que si uno se va antes de finalizar el contrato si no es por causa de fuerza mayor, la responsabilidad del pago recae sobre él hasta finalizar el contrato y no sobre los compañeros que queden, pero me gustaría que alguien más me corroborase que estoy en lo cierto. Gracias.
09/10/2019 11:42
maikinha
Tal como usted describe la cláusula, todas las responsabilidades recaerán sobre los que queden en el piso: es lógico, el casero no quiere andar detrás de los que se hayan vuelto a España.
09/10/2019 16:28
Hoplon
A ver... el punto b. pone: " CADA CONDUCTOR (inquilino), con la firma de esta escritura,SE COMPROMETE EXPRESAMENTE, en caso de salida del estado de gestión común, a pagar en cualquier caso, los montos adeudados por las cuotas mensuales requeridas hasta la expiración natural del contrato"
Dice CADA inquilino, no los que queden, eso creo que está bastante claro, no entiendo de donde se deduce aquí, en este punto concreto, que "los montos adeudados" tendrán que ser pagados por el último que quede. Nos iríamos todos juntos de ser así, por aquello de "tonto el último".
No sé, su opinión me confunde bastante.
09/10/2019 17:59
maikinha
Si no está conforme con mi interpretación del texto objeto de consulta puede usted atenerse a la interpretación que mas le guste, pues no faltaría mas. Suerte.
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08/10/2019 14:55
Hola, estoy a punto de firmar un contrato de alquiler de un piso en Roma junto con otros 2 estudiantes hasta agosto/2020 (Piso entero, no habitaciones). Yo estaría todo el curso y ellos se irían en febrero pero buscarían a alguien para sustituirles sin modificar el contrato.
La clausula 4 del contrato pone según diversos traductores:
"a. La tarifa de alquiler se establece en X € para todo el período, a pagar en once cuotas mensuales por adelantado de X€ cada una, a pagar antes del 5 de cada mes. Se entiende que si uno o más conductores (inquilinos) abandonan el apartamento debido a fuerzas mayores, el monto mensual acordado de X€ por mes (así como las tarifas de condominio) deben ser pagados en su totalidad por el parte restante del conductor.
b. Cada conductor, con la firma de esta escritura, se compromete expresamente, en caso de salida del estado de gestión común, a pagar en cualquier caso, los montos adeudados por las cuotas mensuales requeridas hasta la expiración natural del contrato."

Entiendo entonces, que en caso de que alguno se vaya por fuerza mayor, todos tendremos que asumir el total del coste del piso, pero si se van por otras causas o no encuentran quien les sustituya a partir de febrero, deberán abonar su parte hasta finalizar el contrato. ¿Estoy en lo cierto? Porque yo no podría asumir más parte que la mía y no me gustaría verme metida en un lío y por encima en un país extranjero. Me urge la respuesta si alguien puede decirme algo. Gracias.
08/10/2019 19:20
maikinha
No conozco las leyes italianas sobre arrendamiento, pero a poco que se parezcan a las nuestras el dueño del piso en Roma (casero) quiere que todos los inquilinos asuman solidariamente todos los deberes y obligaciones que nacen del contrato.

En España la cláusula es legal. Imagino que allí también.

Por lo tanto, el problema radica en que usted elija con cuidado las personas con las que va a convivir esos once meses, y si confía en ellos.

De no ser así, tal vez un Colegio Mayor o residencia de estudiantes sea mejor para lo que usted necesita.
09/10/2019 09:21
Hoplon
Gracias por la respuesta, entiendo que la clausula es legal, pero lo que me gustaría tener claro es el punto b., es decir saber si en caso de que alguno de mis compañeros abandone el piso antes de acabar el contrato o no encuentre a nadie que le sustituya tiene que hacerse cargo de su parte de todas formas. No conozco mucho a los compañeros puesto que todos somos estudiantes Erasmus de diferentes lugares y necesito tener esto claro. Tras leer la clausula con detenimiento entiendo que es así, que si uno se va antes de finalizar el contrato si no es por causa de fuerza mayor, la responsabilidad del pago recae sobre él hasta finalizar el contrato y no sobre los compañeros que queden, pero me gustaría que alguien más me corroborase que estoy en lo cierto. Gracias.
09/10/2019 11:42
maikinha
Tal como usted describe la cláusula, todas las responsabilidades recaerán sobre los que queden en el piso: es lógico, el casero no quiere andar detrás de los que se hayan vuelto a España.
09/10/2019 16:28
Hoplon
A ver... el punto b. pone: " CADA CONDUCTOR (inquilino), con la firma de esta escritura,SE COMPROMETE EXPRESAMENTE, en caso de salida del estado de gestión común, a pagar en cualquier caso, los montos adeudados por las cuotas mensuales requeridas hasta la expiración natural del contrato"
Dice CADA inquilino, no los que queden, eso creo que está bastante claro, no entiendo de donde se deduce aquí, en este punto concreto, que "los montos adeudados" tendrán que ser pagados por el último que quede. Nos iríamos todos juntos de ser así, por aquello de "tonto el último".
No sé, su opinión me confunde bastante.
09/10/2019 17:59
maikinha
Si no está conforme con mi interpretación del texto objeto de consulta puede usted atenerse a la interpretación que mas le guste, pues no faltaría mas. Suerte.