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Cláusula que va en contra del arrendador

4 Comentarios
 
Cláusula que va en contra del arrendador
30/06/2021 12:56
Buenas a todos,

Inspeccionando mi contrato de alquiler he encontrado una clausula que me ha dejado boquiabierta:

"Por expresa voluntad de las partes se acuerda que al tiempo de dejar libre la vivienda, los arrendatarios, deberán dejar en funcionamiento todos los muebles y enseres, así como se obligan a dejar la vivienda limpia tal y como se entrega. En caso contrario, el arrendador repondrá los muebles, enseres y aparatos dañados, así como contratará un servicio d limpieza, todo ello de cuenta exclusiva de los arrendadores."

Basicamente me exime como arrendataria de dejar la vivienda limpia y en perfectas condiciones, entiendo que fue un error de redacción por parte del arrendador, y eso que su hija abogada fue quien redactó el contrato. Esto quiere decir que no puede reclamarme ningún tipo de daño a la hora de finalizar el contrato no? A alguien más le ha pasado?

La verdad, si fuera un buen casero inmediatamente le informaría del supuesto "error", pero viendo que seguramente acabemos en denuncia por un tema de habitabilidad, no se que hacer la verdad.
30/06/2021 14:29
Yo diría que es evidente que eso es un error de redacción y que se entiende perfectamente cual es el sentido de la cláusula.
Yo no le daría más importancia.
30/06/2021 17:30
leonjbr
Gracias por tu tiempo en responder. Está claro que es un error pero al ser un documento contractual firmado por ambas partes entiendo que es vinculante no? No voy a destrozar la vivienda ni nada por el estilo pero me gustaría saber en el caso de dejar el piso si puedo acojerme a esa cláusula para que el arrendador no me maree a la hora de devolver la fianza.
30/06/2021 22:18
No, no puede. Como le digo es evidente que se trata de un error de redacción, y los errores en el consentimiento no son vinculantes por más firmada que pueda estar esa cláusula.
30/06/2021 22:47
Coincido con Leonjbr: no logrará usted hacer valer esa cláusula ante un juez, porque salta a la vista y es evidente que se ha cometido el error, por otra parte muy común, de confundir arrendador con arrendatario.

Si bien el art. 1281 CC nos indica que los contratos han de interpretarse según su contenido literla, si este fuera claro, hay más reglas interpretativas, e incluso referencias a la buena fe.

Sobre el error propio o error vicio y la "interpretatio contra stipulatorem", véase:

"En relación a este contexto, esta Sala (STS 18 de mayo de 2012 , nº 294, 2012) tiene señalado, que en el ámbito de la interpretación de los contratos, la interpretación gramatical referida al "sentido literal" que dispone el artículo 1281 del Código Civil no constituye un fin en sí misma, sino que debe integrarse en la prevalencia de la voluntad realmente querida por las partes contratantes. "
Cláusula que va en contra del arrendador | PorticoLegal
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Cláusula que va en contra del arrendador

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Cláusula que va en contra del arrendador
30/06/2021 12:56
Buenas a todos,

Inspeccionando mi contrato de alquiler he encontrado una clausula que me ha dejado boquiabierta:

"Por expresa voluntad de las partes se acuerda que al tiempo de dejar libre la vivienda, los arrendatarios, deberán dejar en funcionamiento todos los muebles y enseres, así como se obligan a dejar la vivienda limpia tal y como se entrega. En caso contrario, el arrendador repondrá los muebles, enseres y aparatos dañados, así como contratará un servicio d limpieza, todo ello de cuenta exclusiva de los arrendadores."

Basicamente me exime como arrendataria de dejar la vivienda limpia y en perfectas condiciones, entiendo que fue un error de redacción por parte del arrendador, y eso que su hija abogada fue quien redactó el contrato. Esto quiere decir que no puede reclamarme ningún tipo de daño a la hora de finalizar el contrato no? A alguien más le ha pasado?

La verdad, si fuera un buen casero inmediatamente le informaría del supuesto "error", pero viendo que seguramente acabemos en denuncia por un tema de habitabilidad, no se que hacer la verdad.
30/06/2021 14:29
Yo diría que es evidente que eso es un error de redacción y que se entiende perfectamente cual es el sentido de la cláusula.
Yo no le daría más importancia.
30/06/2021 17:30
leonjbr
Gracias por tu tiempo en responder. Está claro que es un error pero al ser un documento contractual firmado por ambas partes entiendo que es vinculante no? No voy a destrozar la vivienda ni nada por el estilo pero me gustaría saber en el caso de dejar el piso si puedo acojerme a esa cláusula para que el arrendador no me maree a la hora de devolver la fianza.
30/06/2021 22:18
No, no puede. Como le digo es evidente que se trata de un error de redacción, y los errores en el consentimiento no son vinculantes por más firmada que pueda estar esa cláusula.
30/06/2021 22:47
Coincido con Leonjbr: no logrará usted hacer valer esa cláusula ante un juez, porque salta a la vista y es evidente que se ha cometido el error, por otra parte muy común, de confundir arrendador con arrendatario.

Si bien el art. 1281 CC nos indica que los contratos han de interpretarse según su contenido literla, si este fuera claro, hay más reglas interpretativas, e incluso referencias a la buena fe.

Sobre el error propio o error vicio y la "interpretatio contra stipulatorem", véase:

"En relación a este contexto, esta Sala (STS 18 de mayo de 2012 , nº 294, 2012) tiene señalado, que en el ámbito de la interpretación de los contratos, la interpretación gramatical referida al "sentido literal" que dispone el artículo 1281 del Código Civil no constituye un fin en sí misma, sino que debe integrarse en la prevalencia de la voluntad realmente querida por las partes contratantes. "