Estoy casada con separación de gananciales con mi marido que es divorciado de su primera mujer. No tenemos hijos en común pero el tiene 3 de su primer matrimonio. Me hizo la venta de un 10 por ciento de su piso pero sabemos que no es suficiente para que yo tenga asegurado el vivir allí en el caso de que mi marido falleciese antes que yo porque sus herederos pedirán su parte. Por este motivo que me aconsejáis, me hablaron de la c Soccini para el usufructo. Será la que más me coviene o habrá algo mejor? Es que no se los pro y los contra. Espero vuestra respuesta. Gracias.
La clausula Socinies una herramienta que suele poner el testador en el testamento (no usted como benerficiaria) y que intenta asegurar al conyuge superstite el usufructo universal de los bienes, con indicacion a los herederos que si se oponen a tal clausula solo heredaran la legitima corta.