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Cláusula socini y dispensa de colación

2 Comentarios
 
30/01/2018 18:34
paquito xocolatero
Muchas gracias Paquito por la respuesta.
Un saludo
30/01/2018 18:17
Inessmix
La donación tendría efecto inmediato, sería ya tuyo. Si la donación fuera colacionable cuando fuera que aceptarais la herencia de tu padre (dices que en el segundo fallecimiento, sea cual fuera el orden, y heredaríais ya de ambos la propiedad completa, y no la nuda propiedad durante un tiempo), se descontaría de tu parte de herencia. Pero como hay dispensa de colación no entra en la masa hereditaria, será tuyo y ya, como si lo hubiera perdido contigo jugando al mus. El resto de bienes se repartirán a partes iguales o como se estipule, sin contar el que te ha donado.
Cláusula socini y dispensa de colación
30/01/2018 15:32
Hola,
mis padres tienen hecho un testamento con clausula Socini, o sea que al primer fallecimiento el viudo/a queda con el usufructo de todo el patrimonio y los hijos con la nuda-propiedad indivisa de todo, si lo he entendido bien.
Somos 6 hermanos y estamos todos de acuerdo en no impugnar nada ni reclamar la legítima, y esperarnos al segundo fallecimiento para heredar.

Ahora bien, resulta que mi padre me quiere donar ahora una casa, cuyo valor representa un tercio del patrimonio, y lo quiere hacer con dispensa de colación.
Yo lo que quiero saber, antes de aceptar o no la donación, es cómo sería la herencia al primer fallecimiento, y luego al segundo.
¿Tendré que traer a colación la casa, a pesar de la dispensa? ¿En qué momento, en el primer fallecimiento o en el segundo?

Muchas gracias de antemano por la respuesta.
Cláusula socini y dispensa de colación | PorticoLegal
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Cláusula socini y dispensa de colación

2 Comentarios
 
30/01/2018 18:34
paquito xocolatero
Muchas gracias Paquito por la respuesta.
Un saludo
30/01/2018 18:17
Inessmix
La donación tendría efecto inmediato, sería ya tuyo. Si la donación fuera colacionable cuando fuera que aceptarais la herencia de tu padre (dices que en el segundo fallecimiento, sea cual fuera el orden, y heredaríais ya de ambos la propiedad completa, y no la nuda propiedad durante un tiempo), se descontaría de tu parte de herencia. Pero como hay dispensa de colación no entra en la masa hereditaria, será tuyo y ya, como si lo hubiera perdido contigo jugando al mus. El resto de bienes se repartirán a partes iguales o como se estipule, sin contar el que te ha donado.
Cláusula socini y dispensa de colación
30/01/2018 15:32
Hola,
mis padres tienen hecho un testamento con clausula Socini, o sea que al primer fallecimiento el viudo/a queda con el usufructo de todo el patrimonio y los hijos con la nuda-propiedad indivisa de todo, si lo he entendido bien.
Somos 6 hermanos y estamos todos de acuerdo en no impugnar nada ni reclamar la legítima, y esperarnos al segundo fallecimiento para heredar.

Ahora bien, resulta que mi padre me quiere donar ahora una casa, cuyo valor representa un tercio del patrimonio, y lo quiere hacer con dispensa de colación.
Yo lo que quiero saber, antes de aceptar o no la donación, es cómo sería la herencia al primer fallecimiento, y luego al segundo.
¿Tendré que traer a colación la casa, a pesar de la dispensa? ¿En qué momento, en el primer fallecimiento o en el segundo?

Muchas gracias de antemano por la respuesta.