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Cobro desempleo y trabajo puntual

3 Comentarios
 
24/05/2012 12:36
Me alegro que se haya resuelto favorablemente a tus intereses.

En cualquier caso, aunque les llegue por altas y bajas, la Ley dice que el desempleo receptor de la prestación está obligado a comunicar estos temas. Lo comento porque aunque se puedan dar cuenta de oficio, sigue existiendo la obligación legal de avisar.

Un saludo.
24/05/2012 12:16
Sí lo comuniqué. En cualquier caso también les llega por altas y bajas.

Tras 30 mins de espera al tlf (aprovecho para decir que en vez de llamar al 901 ese está el tlf gratuito 9127227932) acabo de conseguir hablar con información de SEPE y creo que me lo han aclarado. Me han dicho que no haga ni caso al certificado. Que únicamente es porque aún no les ha llegado el certificado de empresa.

De todos modos me parece muy fuerte que te manden este tipo de carta certificada amenazante de la S.S. porque te lo ponen de tal manera que lo más fácil es que piques y marques la opción de compatibilizar desempleo con trabajo a tiempo parcial y te quiten un pastizal de tu paro. Si esto es una nueva manera de querer sacarnos pasta alucino.

En cualquier caso muchas gracias
24/05/2012 12:06
Pero has comunicado que comenzabas a trabajar? Una cosa es que no pase nada por trabajar un fin de semana, en el sentido de que paralizas la prestación y luego la reanudas, y otra muy distinta es que no hayas avisado "oye, mañana empiezo a trabajar".


www.sepe.es

Pregunta:
Estoy cobrando prestación/subsidio de desempleo y he empezado a trabajar. ¿Puedo comunicar la baja en prestaciones telefónicamente?

Respuesta:
Puede comunicar la baja por colocación en el número de atención telefónica 901 11 99 99, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas. Para ello tendrá que responder a un protocolo de preguntas, que garantice su autentificación. También, si dispone de certificado digital o DNI electrónico, podrá comunicar la baja por colocación en www.sepe.es.
Referencia normativa: Art. 231.1.e) del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/1994 de 20 de junio. Art. 28.2 del R. D. 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la Ley de Protección por Desempleo.
Cobro desempleo y trabajo puntual
24/05/2012 11:44
Hola,

a ver si alquien me puede echar una mano porque me he quedado a cuadros.

Este mes me di de alta para empezar a cobrar el subsidio de desempleo. Resulta que en este mes me salió un trabajo de fin de semana (2 días) y hablando con dos personas distintas del INEM me dijeron que no pasaba nada, que se interrumpiría el paro durante esos dos días (descontándose unicamente eso de lo que tengo a percibir) y con el certificado de empresa de baja se reanudaba el paro tras el trabajo.

Ya fui otra vez a la oficina de empleo a tramitar la reanudación.

Hoy de repente me llega una carta certificada de la seguridad social diciendo que como he trabajado a tiempo parcial que tengo dos opciones: marcar en el formulario que me dan ellos la opción de trabajo a tiempo parcial (lo que implica cobrar el 65% de lo que me corresponda de paro -encima no especifica cuanto tiempo, si es únicamente por este mes o de aquí en adelante), o que me den de baja directamente y no cobre el desempleo.

Me parece increible que te pongan así entre la espada y la pared habiendo trabajado únicamente 2 días en un mes, ganando 90€, y ellos queriendote descontar casi 400€.

¿es esto legal o correcto?

Estoy en la tesitura de si me informaron mal en el INEM (cosa que me extraña pq fueron 2 personas distintas y a parte esta información me la corroboraron personas que han trabajado en esas condiciones) o la Administración me está intentando estafar (cosa que me parecería el colmo).

Muchas gracias por adelantado
Cobro desempleo y trabajo puntual | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
24/05/2012 12:36
Me alegro que se haya resuelto favorablemente a tus intereses.

En cualquier caso, aunque les llegue por altas y bajas, la Ley dice que el desempleo receptor de la prestación está obligado a comunicar estos temas. Lo comento porque aunque se puedan dar cuenta de oficio, sigue existiendo la obligación legal de avisar.

Un saludo.
24/05/2012 12:16
Sí lo comuniqué. En cualquier caso también les llega por altas y bajas.

Tras 30 mins de espera al tlf (aprovecho para decir que en vez de llamar al 901 ese está el tlf gratuito 9127227932) acabo de conseguir hablar con información de SEPE y creo que me lo han aclarado. Me han dicho que no haga ni caso al certificado. Que únicamente es porque aún no les ha llegado el certificado de empresa.

De todos modos me parece muy fuerte que te manden este tipo de carta certificada amenazante de la S.S. porque te lo ponen de tal manera que lo más fácil es que piques y marques la opción de compatibilizar desempleo con trabajo a tiempo parcial y te quiten un pastizal de tu paro. Si esto es una nueva manera de querer sacarnos pasta alucino.

En cualquier caso muchas gracias
24/05/2012 12:06
Pero has comunicado que comenzabas a trabajar? Una cosa es que no pase nada por trabajar un fin de semana, en el sentido de que paralizas la prestación y luego la reanudas, y otra muy distinta es que no hayas avisado "oye, mañana empiezo a trabajar".


www.sepe.es

Pregunta:
Estoy cobrando prestación/subsidio de desempleo y he empezado a trabajar. ¿Puedo comunicar la baja en prestaciones telefónicamente?

Respuesta:
Puede comunicar la baja por colocación en el número de atención telefónica 901 11 99 99, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas. Para ello tendrá que responder a un protocolo de preguntas, que garantice su autentificación. También, si dispone de certificado digital o DNI electrónico, podrá comunicar la baja por colocación en www.sepe.es.
Referencia normativa: Art. 231.1.e) del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/1994 de 20 de junio. Art. 28.2 del R. D. 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la Ley de Protección por Desempleo.
Cobro desempleo y trabajo puntual
24/05/2012 11:44
Hola,

a ver si alquien me puede echar una mano porque me he quedado a cuadros.

Este mes me di de alta para empezar a cobrar el subsidio de desempleo. Resulta que en este mes me salió un trabajo de fin de semana (2 días) y hablando con dos personas distintas del INEM me dijeron que no pasaba nada, que se interrumpiría el paro durante esos dos días (descontándose unicamente eso de lo que tengo a percibir) y con el certificado de empresa de baja se reanudaba el paro tras el trabajo.

Ya fui otra vez a la oficina de empleo a tramitar la reanudación.

Hoy de repente me llega una carta certificada de la seguridad social diciendo que como he trabajado a tiempo parcial que tengo dos opciones: marcar en el formulario que me dan ellos la opción de trabajo a tiempo parcial (lo que implica cobrar el 65% de lo que me corresponda de paro -encima no especifica cuanto tiempo, si es únicamente por este mes o de aquí en adelante), o que me den de baja directamente y no cobre el desempleo.

Me parece increible que te pongan así entre la espada y la pared habiendo trabajado únicamente 2 días en un mes, ganando 90€, y ellos queriendote descontar casi 400€.

¿es esto legal o correcto?

Estoy en la tesitura de si me informaron mal en el INEM (cosa que me extraña pq fueron 2 personas distintas y a parte esta información me la corroboraron personas que han trabajado en esas condiciones) o la Administración me está intentando estafar (cosa que me parecería el colmo).

Muchas gracias por adelantado