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cobros indebidos inem

10 Comentarios
 
28/02/2014 12:20
Ya nada, aclarado, una cosa es lo que consideran unidad familiar y otra las deducciones, que cumpliendo una serie de requisitos, que nosotros cumplimos, puedes aplicarte por descendientes mayores de 18 y menores de 25. Ya no gano para sustos.
Perdona Juan S las molestias y gracias.
28/02/2014 10:31
¿Una declaración complementaria es lo mismo que rehacer la declaración? Es decir ¿Podríamos rehacer la declaración del 2012 por lo de los cobros indebidos del inem y al paso corregir lo del hijo o hay que hacer dos cosas distintas?
Gracias
28/02/2014 10:20
Podrías presentar una declaración complementaria y así evitarías la sanción.
28/02/2014 08:52
Hola,
estaba consultando la página de Hacienda por si ya había salido algo de la declaración del ejercicio 2013. Me he llevado una monumental sorpresa cuando he leído que los hijos mayores de 18 años ya no se incluyen en la declaración familiar en el año en que los cumplen. Mi hijo los cumplió en el 2012 el 12 de septiembre. Pedí los borradores y en ellos venía mi hijo. Mi marido la presentó tal y como se lo envió hacienda. Yo modifiqué el borrador con el servicio telefónico de hacienda y estuve hablando con la señorita que en ningún momento me dijo que el hijo ya no se podía incluir, y en la misma llamada quedó presentada la declaración. Es decir, nos hicieron la declaración hacienda.
Ahora descubro que el hijo no se debería haber incluido. Si todo lo entiendo bien hacienda ha cometido un error, la fecha de nacimiento que consta en la declaración es la correcta. ¿Nos puede caer una sanción? y de ser así ¿podemos hacer algo?.
Gracias
Gracias
21/02/2014 10:28
Mi consejo es que ho hagáis nada por que solemente serviría para complicar las cosas.
Además, me parece imposible que esas declaraciones ahora salieran a pagar.
21/02/2014 08:31
Hola,
llamé a hacienda, no tuve mucha suerte con la señora que me atendió, me dijo que tenía que rehacer las declaraciones del 2011 y 12 por si salía a pagar. Como me hizo gracia se enfadó y me dijo que debía hacerlas pero que si no me "daba la gana" que no las hiciera, literalmente. Le dije que no tenía como mucha vocación de atención al público y me colgó. Total, que no me ha quedado claro si estamos obligados a rehacerlas o no. Sólo faltaría que nos cayera una sanción por no rehacerlas. Yo no pienso volverme a gastar el dinero en llamar. Mi hijo está becado y nos perjudica la declaración del 2012 en este punto, pero también es cierto que ya la tramitación de la beca está muy avanzada y supongo que no vale la pena buscarse jaleos en esto. Pero ¿puede caernos una sanción bien por parte de hacienda o de becas? Gracias
19/02/2014 17:35
Me temo que no se puede desgravar nada.
19/02/2014 13:14
Me acabo de dar cuenta que la del 2013 todavía no la hemos hecho, si la hacemos conjunta ¿entonces sí podría desgravar la devolución de esta deuda de mis ingresos en lo que corresponde al 2013? La deuda la hemos pagado este año 2014. Perdone si no uso las palabras técnicas correctas, espero que pueda entenderme.
Gracias
19/02/2014 11:50
Me lo temía.
Gracias
19/02/2014 11:19
Si en su día hicísteis declaraciones separadas ahora no podéis cambiar a conjunta.
Al reintegrar esos subsidios, tu marido tendría derecho a rehacer sus declaraciones de 2011, 2012 y 2013. Pero si ya le devolvieron todo lo retenido creo que lo mejor es que se olvide del asunto puesto que ya no le pueden devolver más.
Cobros indebidos inem
19/02/2014 09:52
Hola,
mi marido estuvo cobrando el subsidio para mayores de 52 años durante los años 2011,12 y 13. El INEM cometió un error al concederle este subsidio puesto que mi marido era fijo discontinuo. La deuda era de 10.550 €. Nos han la han compensado con un paro y un subsidio a los que sí tenía derecho y al final este mes hemos pagado 5.041 € liquidando así la deuda. La deuda la he pagado yo de mi sueldo puesto que mi marido fue despedido de su trabajo y no tiene ingresos. Estamos casados en gananciales. Estos años pasados hemos hecho la declaración de IRPF individual, a mi marido se lo devolvian todo puesto que solo trabajaba 3 meses al año y a mi 500 €. He intentado leer en la página de Hacienda cómo va esto de los cobros indebidos del Inem y no entiendo el lenguaje de hacienda y lo más complicado que he hecho en mi vida es desgrabarme el alquiler de la 1ª vivienda. Yo quisiera desgrabarme estos cobros indebidos en mi declaración de irpf, supongo que deberíamos hacerla conjunta, pero no sé si es posible desgrabarme esto. Me gustaría que alguien me contara aunque fuera a groso modo como va esto de los cobros indebidos del inem en hacienda. Es para tener una idea antes de llamar a hacienda, porque otras veces que he llamado me hablan con un lenguaje técnico y no entiendo nada.
Gracias.
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28/02/2014 12:20
Ya nada, aclarado, una cosa es lo que consideran unidad familiar y otra las deducciones, que cumpliendo una serie de requisitos, que nosotros cumplimos, puedes aplicarte por descendientes mayores de 18 y menores de 25. Ya no gano para sustos.
Perdona Juan S las molestias y gracias.
28/02/2014 10:31
¿Una declaración complementaria es lo mismo que rehacer la declaración? Es decir ¿Podríamos rehacer la declaración del 2012 por lo de los cobros indebidos del inem y al paso corregir lo del hijo o hay que hacer dos cosas distintas?
Gracias
28/02/2014 10:20
Podrías presentar una declaración complementaria y así evitarías la sanción.
28/02/2014 08:52
Hola,
estaba consultando la página de Hacienda por si ya había salido algo de la declaración del ejercicio 2013. Me he llevado una monumental sorpresa cuando he leído que los hijos mayores de 18 años ya no se incluyen en la declaración familiar en el año en que los cumplen. Mi hijo los cumplió en el 2012 el 12 de septiembre. Pedí los borradores y en ellos venía mi hijo. Mi marido la presentó tal y como se lo envió hacienda. Yo modifiqué el borrador con el servicio telefónico de hacienda y estuve hablando con la señorita que en ningún momento me dijo que el hijo ya no se podía incluir, y en la misma llamada quedó presentada la declaración. Es decir, nos hicieron la declaración hacienda.
Ahora descubro que el hijo no se debería haber incluido. Si todo lo entiendo bien hacienda ha cometido un error, la fecha de nacimiento que consta en la declaración es la correcta. ¿Nos puede caer una sanción? y de ser así ¿podemos hacer algo?.
Gracias
Gracias
21/02/2014 10:28
Mi consejo es que ho hagáis nada por que solemente serviría para complicar las cosas.
Además, me parece imposible que esas declaraciones ahora salieran a pagar.
21/02/2014 08:31
Hola,
llamé a hacienda, no tuve mucha suerte con la señora que me atendió, me dijo que tenía que rehacer las declaraciones del 2011 y 12 por si salía a pagar. Como me hizo gracia se enfadó y me dijo que debía hacerlas pero que si no me "daba la gana" que no las hiciera, literalmente. Le dije que no tenía como mucha vocación de atención al público y me colgó. Total, que no me ha quedado claro si estamos obligados a rehacerlas o no. Sólo faltaría que nos cayera una sanción por no rehacerlas. Yo no pienso volverme a gastar el dinero en llamar. Mi hijo está becado y nos perjudica la declaración del 2012 en este punto, pero también es cierto que ya la tramitación de la beca está muy avanzada y supongo que no vale la pena buscarse jaleos en esto. Pero ¿puede caernos una sanción bien por parte de hacienda o de becas? Gracias
19/02/2014 17:35
Me temo que no se puede desgravar nada.
19/02/2014 13:14
Me acabo de dar cuenta que la del 2013 todavía no la hemos hecho, si la hacemos conjunta ¿entonces sí podría desgravar la devolución de esta deuda de mis ingresos en lo que corresponde al 2013? La deuda la hemos pagado este año 2014. Perdone si no uso las palabras técnicas correctas, espero que pueda entenderme.
Gracias
19/02/2014 11:50
Me lo temía.
Gracias
19/02/2014 11:19
Si en su día hicísteis declaraciones separadas ahora no podéis cambiar a conjunta.
Al reintegrar esos subsidios, tu marido tendría derecho a rehacer sus declaraciones de 2011, 2012 y 2013. Pero si ya le devolvieron todo lo retenido creo que lo mejor es que se olvide del asunto puesto que ya no le pueden devolver más.
Cobros indebidos inem
19/02/2014 09:52
Hola,
mi marido estuvo cobrando el subsidio para mayores de 52 años durante los años 2011,12 y 13. El INEM cometió un error al concederle este subsidio puesto que mi marido era fijo discontinuo. La deuda era de 10.550 €. Nos han la han compensado con un paro y un subsidio a los que sí tenía derecho y al final este mes hemos pagado 5.041 € liquidando así la deuda. La deuda la he pagado yo de mi sueldo puesto que mi marido fue despedido de su trabajo y no tiene ingresos. Estamos casados en gananciales. Estos años pasados hemos hecho la declaración de IRPF individual, a mi marido se lo devolvian todo puesto que solo trabajaba 3 meses al año y a mi 500 €. He intentado leer en la página de Hacienda cómo va esto de los cobros indebidos del Inem y no entiendo el lenguaje de hacienda y lo más complicado que he hecho en mi vida es desgrabarme el alquiler de la 1ª vivienda. Yo quisiera desgrabarme estos cobros indebidos en mi declaración de irpf, supongo que deberíamos hacerla conjunta, pero no sé si es posible desgrabarme esto. Me gustaría que alguien me contara aunque fuera a groso modo como va esto de los cobros indebidos del inem en hacienda. Es para tener una idea antes de llamar a hacienda, porque otras veces que he llamado me hablan con un lenguaje técnico y no entiendo nada.
Gracias.