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Coche bien privativo

3 Comentarios
 
Coche bien privativo
18/01/2007 00:00
Buenas tardes, quisiera resolver varias dudas.
Actualmente estoy en trámites de divorcio, cuando conocí a mi marido, tenía un vehículo que pagaba yo sola, luego me casé y el no trabajó hasta un año después de casarnos, al año y medio entregamos mi vehículo en un concesionario para adquirir otro, el ha vendido el vehículo con mi autorización y ha partido las ganancias a la mitad y sin mi autorización ha cancelado un préstamo de una moto que compramos ,la cual está disfrutando el y no quiere vender. Mis preguntas son ¿no sería el segundo vehículo un bien privativo mío ya que se adquirió con mi anterior vehículo o por lo menos ¿no me correspondería a mi mayor parte de la venta del actual vehículo? ¿puede destinar mi parte sin mi autorización a la cancelación de un préstamo en el que estamos los dos como titulares? y por último el se niega a enseñar la moto para venderla pero tampoco quiere comprarla, imagino que esperando a que el juez ordene que se venda por dos duros y comprarla él, tengo a gente interesada en ella ¿puedo hacer algo o puedo demostrar de alguna manera en la separación de bienes que esta persona no la quiere vender, para que luego no me toque venderla por lo mínimo?. Un saludo y gracias
18/01/2007 11:20
Aqui estamos como siempre, al tema de la prueba. Si tú puedes probar que el primer vehículo lo compraste tú integramente, el dinero que os hayan dado por su venta debería corresponderte a ti en su totalidad, y el resto hasta completar el precio del segundo vehículo a partes iguales si se compró con dinero ganancial.
Si con tu parte canceló el préstamo que era de los dos deberás calcular si dicha parte excedió de la parte del préstamo que te correspondía abonar o no. En función de ello, te corresponderá devolución de dinero o no.
En cuanto a la moto, que te hagan los posibles compradores una oferta por escrito. Si liquidáis, habrá que ver a quien se adjudica el bien. Si es a ti, cambias la titularidad y podrás venderla, si le toca a él, seguro que tú obtienes otro tipo de compensación económica, y si se adjudica a partes iguales, puedes ofrecerle comprarla por el dinero que te hayan ofrecido.
Un saludo.
18/01/2007 13:15
Gracias por tu respuesta, te informo, el coche no estaba pagado integro tenía un préstamo, yo lo compré por 12000 y a mi me dieron 7000 por el dinero que utilizamos para cancelar el préstamo, pero el resto lo pagué yo, tengo la prueba del préstamo y del contrato de compraventa. ¿pero a mi que me correspondería el dinero abonado hasta que me casé, hasta que el comenzó a trabajar o hasta que vendimos el coche?.
El préstamo de la moto lo adquirimos en su mayoría para esta, su seguro, todo la equipación y a parte para la cancelación de otro préstamo, ¿como lo puedo demostrar si no tengo factura de lo que compró y el contrato de compraventa lo hizo por muchísimo menos?. Tenemos un piso en Alicante y yo actualmente estoy en cáceres trabajando, podría solicitar yo el disfrute de esa vivienda con mi hijo de tres años si ahora trabajo aquí pero tengo intención de ir para allá. La sentencia de la custodia y la manutención ya ha salido, pero ahi no se habla de la ocupación de esta vivienda porque yo actualmente vivo en un cuartel.
Y por último, la mayoría de los muebles de mi actual vivienda los compré cuando el aún no trabajaba pero ya estabamos casados esos son bienes privativos o gananciales. Un saludo y gracias
18/01/2007 13:58
Lo que te indicaba era lo siguiente: Si pagaste antes de casarte 1.000 euros del coche, te corresponde de la venta ese dinero actualizado, si el resto se pagó casados en régimen de gananciales, te corresponde sólo la mitad aunque él no trabajara ya que el dinero obtenido por tu trabajo es ganancial. En cuanto a la vivienda de Alicante, entiendo que no tienen por qué darte el uso y disfrute ya que no ha sido el domicilio familiar sino que es un bien que pertenece a la sociedad ganancial y que tanto derecho tenéis a usarlo uno como el otro.
Los muebles, son gananciales por la razón que ya te expuse.
Mi consejo ya que tú trabajas, es que cuando te divorcies, liquides los gananciales si es posible amistosamente y os repartáis equitativamente el dinero, os quedará mucho más patrimonio que si os pasáis la vida en en juzgado.
Un saludo.
Coche bien privativo | PorticoLegal
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18/01/2007 00:00
Buenas tardes, quisiera resolver varias dudas.
Actualmente estoy en trámites de divorcio, cuando conocí a mi marido, tenía un vehículo que pagaba yo sola, luego me casé y el no trabajó hasta un año después de casarnos, al año y medio entregamos mi vehículo en un concesionario para adquirir otro, el ha vendido el vehículo con mi autorización y ha partido las ganancias a la mitad y sin mi autorización ha cancelado un préstamo de una moto que compramos ,la cual está disfrutando el y no quiere vender. Mis preguntas son ¿no sería el segundo vehículo un bien privativo mío ya que se adquirió con mi anterior vehículo o por lo menos ¿no me correspondería a mi mayor parte de la venta del actual vehículo? ¿puede destinar mi parte sin mi autorización a la cancelación de un préstamo en el que estamos los dos como titulares? y por último el se niega a enseñar la moto para venderla pero tampoco quiere comprarla, imagino que esperando a que el juez ordene que se venda por dos duros y comprarla él, tengo a gente interesada en ella ¿puedo hacer algo o puedo demostrar de alguna manera en la separación de bienes que esta persona no la quiere vender, para que luego no me toque venderla por lo mínimo?. Un saludo y gracias
18/01/2007 11:20
Aqui estamos como siempre, al tema de la prueba. Si tú puedes probar que el primer vehículo lo compraste tú integramente, el dinero que os hayan dado por su venta debería corresponderte a ti en su totalidad, y el resto hasta completar el precio del segundo vehículo a partes iguales si se compró con dinero ganancial.
Si con tu parte canceló el préstamo que era de los dos deberás calcular si dicha parte excedió de la parte del préstamo que te correspondía abonar o no. En función de ello, te corresponderá devolución de dinero o no.
En cuanto a la moto, que te hagan los posibles compradores una oferta por escrito. Si liquidáis, habrá que ver a quien se adjudica el bien. Si es a ti, cambias la titularidad y podrás venderla, si le toca a él, seguro que tú obtienes otro tipo de compensación económica, y si se adjudica a partes iguales, puedes ofrecerle comprarla por el dinero que te hayan ofrecido.
Un saludo.
18/01/2007 13:15
Gracias por tu respuesta, te informo, el coche no estaba pagado integro tenía un préstamo, yo lo compré por 12000 y a mi me dieron 7000 por el dinero que utilizamos para cancelar el préstamo, pero el resto lo pagué yo, tengo la prueba del préstamo y del contrato de compraventa. ¿pero a mi que me correspondería el dinero abonado hasta que me casé, hasta que el comenzó a trabajar o hasta que vendimos el coche?.
El préstamo de la moto lo adquirimos en su mayoría para esta, su seguro, todo la equipación y a parte para la cancelación de otro préstamo, ¿como lo puedo demostrar si no tengo factura de lo que compró y el contrato de compraventa lo hizo por muchísimo menos?. Tenemos un piso en Alicante y yo actualmente estoy en cáceres trabajando, podría solicitar yo el disfrute de esa vivienda con mi hijo de tres años si ahora trabajo aquí pero tengo intención de ir para allá. La sentencia de la custodia y la manutención ya ha salido, pero ahi no se habla de la ocupación de esta vivienda porque yo actualmente vivo en un cuartel.
Y por último, la mayoría de los muebles de mi actual vivienda los compré cuando el aún no trabajaba pero ya estabamos casados esos son bienes privativos o gananciales. Un saludo y gracias
18/01/2007 13:58
Lo que te indicaba era lo siguiente: Si pagaste antes de casarte 1.000 euros del coche, te corresponde de la venta ese dinero actualizado, si el resto se pagó casados en régimen de gananciales, te corresponde sólo la mitad aunque él no trabajara ya que el dinero obtenido por tu trabajo es ganancial. En cuanto a la vivienda de Alicante, entiendo que no tienen por qué darte el uso y disfrute ya que no ha sido el domicilio familiar sino que es un bien que pertenece a la sociedad ganancial y que tanto derecho tenéis a usarlo uno como el otro.
Los muebles, son gananciales por la razón que ya te expuse.
Mi consejo ya que tú trabajas, es que cuando te divorcies, liquides los gananciales si es posible amistosamente y os repartáis equitativamente el dinero, os quedará mucho más patrimonio que si os pasáis la vida en en juzgado.
Un saludo.