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código de vestimenta en la oficina...

1 Comentarios
 
24/02/2014 20:48
Bien pues ese código, como usted lo llama, debe venir reflejado en el convenio o sino en el cto, el que con el tiempo se le vayan ocurriendo al jefecillo de turno nuevas normas y las emitan como circulares o reglamentos internos, se los puede usted pasar por el forro de los mismos, 8se considerarían modif., sustanciales que usted aceptaría o no y por tanto para reaccionar contra ellas tiene el art. 41.3 ET), en cuanto a la vestimenta o bien son uniformes que aporta la empresa entonces deberá usted de llevarlos con decoro o si utiliza usted ropa de calle, era lo que faltaba que le digan a usted lo que puede o no llevar puesto, cuando encima quien se la costea es usted mismo, (por otra parte no conozco ninguna normativa que prohíba a los hombres llevar falda, esto seria sexismo).
En cuanto a la temperatura igual debe usted exigir que se realice una evaluación de riesgos para ver si seria necesario permitir esos pantalones cortos, vamos que si les quiere usted tocar las pelotas a sus jefecillos la puede liar gorda y tenga en cuenta que en cuanto este metido en pleitos si le quieren despedir podrá usted acogerse a que son represalias por estar demandando ciertos incumplimientos considerado así en base a la ley sindical, (LOLS).
SMO.
Código de vestimenta en la oficina...
24/02/2014 15:29
Hola a todos,

Tengo unas preguntas sobre el codigo de vestimenta en mi oficina.
(- Lo siento por mi Español - la combinacion guiri/google translate no siempre tiene exito)

Trabajo hace siete años y medio en una Empresa tipo "Callcenter" en Barecelona donde el codigo de vestimenta ha cambiado (evolucionando?) durante los años de permitir mas o menos todo siempre que lo llevamos limpio y en buen estado a un codigo mas estricto.

Una cosa que a mi me molesta bastante es de que en la ultima revision han quitado el derecho de llevar pantalones cortos, mientras que el documento no dice nada sobre faldas.

A pesar de que la clima en Barcelona no es tan calorosa como en otras partes de España yo por mi parte llevo pantalones cortos mas o menos todo el periodo entre Abril-Octubre.

Pensando en lo que sucedió en Suecia el año pasado (Un grupo de conductores de trenes que compraron faldas cuando su empleador quitaba sus pantalones cortos) me fui a mi RRHH para preguntarle su opinión sobre faldas en la oficina.

Su respuesta fue que las faldas todavía se permiten. Entonces le dije que estoy pensando seriamente en comprarme una falda para llevar en lugar de pantalones cortos.

Me miró como si estuviera loco, sacudió la cabeza y dijo:
No, no, no ... Yo no creo que es apropiado para que los hombres usen faldas.

Desde mi punto de vista esto podría ser interpretado como un caso de discriminación. Los hombres tienen que estar sentado sudando en el calor (o cambiar su ropa entrando y saliendo de la empresea mientras que las mujeres pueden vestir en sus faldas y mantenerse fresco durante todo el verano.

Tengo razon? O es posible que me pueden mandar a volver a casa si entro en la officina llevando falda?
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24/02/2014 20:48
Bien pues ese código, como usted lo llama, debe venir reflejado en el convenio o sino en el cto, el que con el tiempo se le vayan ocurriendo al jefecillo de turno nuevas normas y las emitan como circulares o reglamentos internos, se los puede usted pasar por el forro de los mismos, 8se considerarían modif., sustanciales que usted aceptaría o no y por tanto para reaccionar contra ellas tiene el art. 41.3 ET), en cuanto a la vestimenta o bien son uniformes que aporta la empresa entonces deberá usted de llevarlos con decoro o si utiliza usted ropa de calle, era lo que faltaba que le digan a usted lo que puede o no llevar puesto, cuando encima quien se la costea es usted mismo, (por otra parte no conozco ninguna normativa que prohíba a los hombres llevar falda, esto seria sexismo).
En cuanto a la temperatura igual debe usted exigir que se realice una evaluación de riesgos para ver si seria necesario permitir esos pantalones cortos, vamos que si les quiere usted tocar las pelotas a sus jefecillos la puede liar gorda y tenga en cuenta que en cuanto este metido en pleitos si le quieren despedir podrá usted acogerse a que son represalias por estar demandando ciertos incumplimientos considerado así en base a la ley sindical, (LOLS).
SMO.
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24/02/2014 15:29
Hola a todos,

Tengo unas preguntas sobre el codigo de vestimenta en mi oficina.
(- Lo siento por mi Español - la combinacion guiri/google translate no siempre tiene exito)

Trabajo hace siete años y medio en una Empresa tipo "Callcenter" en Barecelona donde el codigo de vestimenta ha cambiado (evolucionando?) durante los años de permitir mas o menos todo siempre que lo llevamos limpio y en buen estado a un codigo mas estricto.

Una cosa que a mi me molesta bastante es de que en la ultima revision han quitado el derecho de llevar pantalones cortos, mientras que el documento no dice nada sobre faldas.

A pesar de que la clima en Barcelona no es tan calorosa como en otras partes de España yo por mi parte llevo pantalones cortos mas o menos todo el periodo entre Abril-Octubre.

Pensando en lo que sucedió en Suecia el año pasado (Un grupo de conductores de trenes que compraron faldas cuando su empleador quitaba sus pantalones cortos) me fui a mi RRHH para preguntarle su opinión sobre faldas en la oficina.

Su respuesta fue que las faldas todavía se permiten. Entonces le dije que estoy pensando seriamente en comprarme una falda para llevar en lugar de pantalones cortos.

Me miró como si estuviera loco, sacudió la cabeza y dijo:
No, no, no ... Yo no creo que es apropiado para que los hombres usen faldas.

Desde mi punto de vista esto podría ser interpretado como un caso de discriminación. Los hombres tienen que estar sentado sudando en el calor (o cambiar su ropa entrando y saliendo de la empresea mientras que las mujeres pueden vestir en sus faldas y mantenerse fresco durante todo el verano.

Tengo razon? O es posible que me pueden mandar a volver a casa si entro en la officina llevando falda?