Persona que ha sido condenado por el Código Penal del 73, a 8 de años de prisión por un delito de tráfico de drogas, la franja de condena en esa época por el aludido delito era de 6 a 9 años, ¿tras la posterior reforma en la que el tipo se extiende de 3 a 6 años, es posible obtener algún beneficio dado que la nueva norma es más beneficiosa para el reo? solicitando algún escrito y si es así en base a qué?