Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Comedor escolar

3 Comentarios
 
Comedor escolar
21/06/2012 17:17
Hola a todos.

Mi duda es la siguiente:
Todos los meses pago la pensión por alimentos y ropa a mi hija, que actualmente tiene 6 años. Desde hace 3, ella acude al comedor escolar, que tengo domiciliado además yo. La cuestión es que si yo estoy pasando la pensión por esos conceptos, ¿debería de seguir pagando el comedor como si fuera un gasto extraordinario, o estaría la cuantía incluida ya en la manutención -o al menos la mitad-?.

Muchas gracias.
21/06/2012 17:45
El comedor escolar es un gasto ordinario que entra dentro de la pensión de alimentos,a no ser que el convenio regulador, lo estipule expresamente como gasto extraordinario.

Un saludo.
21/06/2012 18:03
En ese punto, mi convenio regulador dice, textualmente:

"Se establece en concepto de alimentos para la progenie la cantidad de 350 euros, que será abonada exclusivamente por el progenitor entre los días uno y cinco de cada mes (...) actualizada anualmente conforme a las variaciones del IPC (...); sin perjuicio de que los gastos excepcionales sean satisfechos por mitad. La cantidad indicada se entiende debida desde la fecha de presentación."
21/06/2012 20:35
El comedor no es un gasto extraordinario. Todas las personas, los niños también, tenemos la sana costumbre de comer todos los días.
Comedor escolar | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Comedor escolar

3 Comentarios
 
Comedor escolar
21/06/2012 17:17
Hola a todos.

Mi duda es la siguiente:
Todos los meses pago la pensión por alimentos y ropa a mi hija, que actualmente tiene 6 años. Desde hace 3, ella acude al comedor escolar, que tengo domiciliado además yo. La cuestión es que si yo estoy pasando la pensión por esos conceptos, ¿debería de seguir pagando el comedor como si fuera un gasto extraordinario, o estaría la cuantía incluida ya en la manutención -o al menos la mitad-?.

Muchas gracias.
21/06/2012 17:45
El comedor escolar es un gasto ordinario que entra dentro de la pensión de alimentos,a no ser que el convenio regulador, lo estipule expresamente como gasto extraordinario.

Un saludo.
21/06/2012 18:03
En ese punto, mi convenio regulador dice, textualmente:

"Se establece en concepto de alimentos para la progenie la cantidad de 350 euros, que será abonada exclusivamente por el progenitor entre los días uno y cinco de cada mes (...) actualizada anualmente conforme a las variaciones del IPC (...); sin perjuicio de que los gastos excepcionales sean satisfechos por mitad. La cantidad indicada se entiende debida desde la fecha de presentación."
21/06/2012 20:35
El comedor no es un gasto extraordinario. Todas las personas, los niños también, tenemos la sana costumbre de comer todos los días.