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Cómo me pagan los fines de semana o festivos no disfrutados?

3 Comentarios
 
Cómo me pagan los fines de semana o festivos no disfrutados?
31/01/2018 19:02
Buenas tardes, suelo trabajar durante el fin de semana y en días festivos (aparte de las 40h a la semana). Cómo se me tienen que pagar estos días? Es verdad que me deben pagar el día de trabajo mas un 75% o dadarme un día libre? Y las horas extra también son así?
31/01/2018 20:25
Braverand
En tu convenio viene establecida la compensación por horas extras. Normalmente la compensación es a 1,75 por hora extra trabajada, es decir que por cada hora extra te corresponden 1,75 horas que segun tu contrato o convenio se te abonarán o compensarán en horas de descanso.
31/01/2018 20:55
Wolframio85
Hola y gracias. Trabajo cuidando de una señora en Málaga en su casa y no sé si tengo convenio. Pero gracias por la respuesta.

He podido buscar en internet y dicen que, a lo mejor, lo del 75% de incremento se basa en el artículo 47 de una ley que es el Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio.
31/01/2018 21:04
Braverand
En el contrato debería figurar el convenio al que se acoge según la profesión por la que se le ha contratado
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Cómo me pagan los fines de semana o festivos no disfrutados?
31/01/2018 19:02
Buenas tardes, suelo trabajar durante el fin de semana y en días festivos (aparte de las 40h a la semana). Cómo se me tienen que pagar estos días? Es verdad que me deben pagar el día de trabajo mas un 75% o dadarme un día libre? Y las horas extra también son así?
31/01/2018 20:25
Braverand
En tu convenio viene establecida la compensación por horas extras. Normalmente la compensación es a 1,75 por hora extra trabajada, es decir que por cada hora extra te corresponden 1,75 horas que segun tu contrato o convenio se te abonarán o compensarán en horas de descanso.
31/01/2018 20:55
Wolframio85
Hola y gracias. Trabajo cuidando de una señora en Málaga en su casa y no sé si tengo convenio. Pero gracias por la respuesta.

He podido buscar en internet y dicen que, a lo mejor, lo del 75% de incremento se basa en el artículo 47 de una ley que es el Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio.
31/01/2018 21:04
Braverand
En el contrato debería figurar el convenio al que se acoge según la profesión por la que se le ha contratado