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Cómo obligar a realizar junta ordinaria

6 Comentarios
 
11/11/2019 20:37
Lucayrul
hagansé un favor, echen a ese personaje que no tiene ni pajarera idea de administrar una comunidad.
ustedes comprueban que los gastos son los que dice el señor?
art. 14 LPH
Artículo 14: Competencias de la Junta de propietarios
b) Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.
c) Aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias, y ser informada de las medidas urgentes adoptadas por el Administrador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.c.
11/11/2019 20:29
Lucayrul
Cada trimestre, el administrador cuantifica los gastos habidos durante ese periodo y los reparte con arreglo a la cuota que le pertenece a cada propietario. Cuando hay gastos extraordinarios, por obras aprobadas en la Junta Ordinaria,se repartes según se haya acordado en la Junta ( Si son de poco importe, se incluyen en la liquidación trimestral, si son una cantidad importante, se realizan derramas mensuales.
10/11/2019 23:12
Lucayrul
Entonces en que dinero se basan para saber que tiene que pagar cada propietario?
10/11/2019 20:07
Juan S
En la Comunidad, no se aprueban presupuestos anuales. A lo sumo se aprueban los presupuestos de los trabajos u obras extraordinarias a ejecutar o realizar, que se incluyen y son votados en los puntos del Orden del Día en la Junta. Se presenta para su aprobación las cuentas del ejercicio anterior y las liquidaciones trimestrales que se nos van presentando, corresponden a los gastos que han habido trimestralmente.
09/11/2019 10:24
Lucayrul
Una de las funciones de la junta ordinaria es aprobar el presupuesto del año siguiente. Si actualmente no hay presupuesto aprobado en vigor, puedes comunicar al administrador que sin presupuesto no hay cuotas a pagar y, por tanto, si no se celebra la junta de inmediato te deje de girar recibos. Si no te hace caso, devolverlos.
08/11/2019 15:30
Lucayrul
Pues para mi no veo otra salida que el dejar de abonar su cuota mensul como forma de presión.
Para ello remita un escrito al administrador y que se firme, indicandole que dado que no se realiza lo estipulado en la LPH referente a las convocatorias anuales, se abstenga de girar su recibo de cuota al banco hasta que no se realice la junta solicitada.
Le indica que si le gira el recibo y al no ser abonado se genera gstos de devoluccion uste no abonará dicho recargo
Cómo obligar a realizar junta ordinaria
08/11/2019 13:31
La Ley de Propiedad Horizontal, indica lo siguiente:
"1. La Junta de propietarios se reunirá, por lo menos, una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el Presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación."
La última Junta Ordinaria realizada en nuestra comunidad, fué el 08-07-2018. Habiendo solicitado hace meses, verbalmente al Presidente la convocatoria de la Junta Ordinaria pertinente, aún no se ha convocado. No habiendo podido contar con la cuarta parte de propietarios o un número de éstos que represente, al menos el 25% de las cuotas de participación ¿ Se puede adoptar alguna medida encaminada a que el Presidente convoque la Junta Ordinaria correspondiente, para tener conocimiento de las cuentas anuales y de los asuntos relacionados con la Comunidad?
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hagansé un favor, echen a ese personaje que no tiene ni pajarera idea de administrar una comunidad.
ustedes comprueban que los gastos son los que dice el señor?
art. 14 LPH
Artículo 14: Competencias de la Junta de propietarios
b) Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.
c) Aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias, y ser informada de las medidas urgentes adoptadas por el Administrador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.c.
11/11/2019 20:29
Lucayrul
Cada trimestre, el administrador cuantifica los gastos habidos durante ese periodo y los reparte con arreglo a la cuota que le pertenece a cada propietario. Cuando hay gastos extraordinarios, por obras aprobadas en la Junta Ordinaria,se repartes según se haya acordado en la Junta ( Si son de poco importe, se incluyen en la liquidación trimestral, si son una cantidad importante, se realizan derramas mensuales.
10/11/2019 23:12
Lucayrul
Entonces en que dinero se basan para saber que tiene que pagar cada propietario?
10/11/2019 20:07
Juan S
En la Comunidad, no se aprueban presupuestos anuales. A lo sumo se aprueban los presupuestos de los trabajos u obras extraordinarias a ejecutar o realizar, que se incluyen y son votados en los puntos del Orden del Día en la Junta. Se presenta para su aprobación las cuentas del ejercicio anterior y las liquidaciones trimestrales que se nos van presentando, corresponden a los gastos que han habido trimestralmente.
09/11/2019 10:24
Lucayrul
Una de las funciones de la junta ordinaria es aprobar el presupuesto del año siguiente. Si actualmente no hay presupuesto aprobado en vigor, puedes comunicar al administrador que sin presupuesto no hay cuotas a pagar y, por tanto, si no se celebra la junta de inmediato te deje de girar recibos. Si no te hace caso, devolverlos.
08/11/2019 15:30
Lucayrul
Pues para mi no veo otra salida que el dejar de abonar su cuota mensul como forma de presión.
Para ello remita un escrito al administrador y que se firme, indicandole que dado que no se realiza lo estipulado en la LPH referente a las convocatorias anuales, se abstenga de girar su recibo de cuota al banco hasta que no se realice la junta solicitada.
Le indica que si le gira el recibo y al no ser abonado se genera gstos de devoluccion uste no abonará dicho recargo
Cómo obligar a realizar junta ordinaria
08/11/2019 13:31
La Ley de Propiedad Horizontal, indica lo siguiente:
"1. La Junta de propietarios se reunirá, por lo menos, una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el Presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación."
La última Junta Ordinaria realizada en nuestra comunidad, fué el 08-07-2018. Habiendo solicitado hace meses, verbalmente al Presidente la convocatoria de la Junta Ordinaria pertinente, aún no se ha convocado. No habiendo podido contar con la cuarta parte de propietarios o un número de éstos que represente, al menos el 25% de las cuotas de participación ¿ Se puede adoptar alguna medida encaminada a que el Presidente convoque la Junta Ordinaria correspondiente, para tener conocimiento de las cuentas anuales y de los asuntos relacionados con la Comunidad?