Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

como reconocer a un hijo despues de dos años

4 Comentarios
 
Como reconocer a un hijo despues de dos años
09/05/2009 16:08
hola escribo pork me gustaria me ayudaran.
tengo una niña de dos años y ahora el padre de la niña quiere reconocerla,hasta donde se ocn ir al registro civil y yo estar conforme es mas k suficiente.Pero la complicacion es la siguiente,el esta preso y me han dicho que se puede hacer ante notario,pero......Que documentos son necesarios para hacerlo efectivo.
Gracias
09/05/2009 16:15
Y cuanto le queda para salir de la carcel?

Porque si le queda poco tiempo... puede esperar... o en algun permiso que tenga puede ir al registro civil.... tambien al notario...porque si quiere que el notario vaya a la carcel... le va a costar un paston..

En el registro civil le informaran de los documentos...hay que hacer un expediente... no necesitan abogado...
09/05/2009 16:24
acaba de entrar por lo que todavia le keda para algun permiso no seria posible k el notario me diera los papeles para yo llevarlos para k el los firme???o te planteo otra opcion estoy embarazada de nuestro segundo hijo, es decir k llevamos una relacion sentimental,asi que podria ser k el notario me dieran los documentos para k en ese momento los firme estoy echa un lio, gracias de igual manera
09/05/2009 16:40
El notario no te va a dar los papeles.... en todo caso podria ir a la carcel y que los firmara él delante del notario.....si la niña tiene ya dos años, debio haberla reconocido antes...

Vaya panorama que tienes.. el padre en la carcel y tu te vas a juntar con dos niños...

De todas maneras ya las reconocerá cuando salga de la carcel....
10/05/2009 19:42
Acuda al Registro Civil y alli le informaran ampliamente. Que el padre este privado de libertad es solo eso no limita ni de derecho ni de hecho su capacidad de obrar mas que en lo extrictamente dispuesto
Mas a mas es un derecho del hijo lo que se pretende defebder no el del padre.
En ultimo caso se ordenaria a prisiones trasladar el preso al RC pero me consta que arbitran medios menos radicales.
Un saludo
como reconocer a un hijo despues de dos años | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

como reconocer a un hijo despues de dos años

4 Comentarios
 
Como reconocer a un hijo despues de dos años
09/05/2009 16:08
hola escribo pork me gustaria me ayudaran.
tengo una niña de dos años y ahora el padre de la niña quiere reconocerla,hasta donde se ocn ir al registro civil y yo estar conforme es mas k suficiente.Pero la complicacion es la siguiente,el esta preso y me han dicho que se puede hacer ante notario,pero......Que documentos son necesarios para hacerlo efectivo.
Gracias
09/05/2009 16:15
Y cuanto le queda para salir de la carcel?

Porque si le queda poco tiempo... puede esperar... o en algun permiso que tenga puede ir al registro civil.... tambien al notario...porque si quiere que el notario vaya a la carcel... le va a costar un paston..

En el registro civil le informaran de los documentos...hay que hacer un expediente... no necesitan abogado...
09/05/2009 16:24
acaba de entrar por lo que todavia le keda para algun permiso no seria posible k el notario me diera los papeles para yo llevarlos para k el los firme???o te planteo otra opcion estoy embarazada de nuestro segundo hijo, es decir k llevamos una relacion sentimental,asi que podria ser k el notario me dieran los documentos para k en ese momento los firme estoy echa un lio, gracias de igual manera
09/05/2009 16:40
El notario no te va a dar los papeles.... en todo caso podria ir a la carcel y que los firmara él delante del notario.....si la niña tiene ya dos años, debio haberla reconocido antes...

Vaya panorama que tienes.. el padre en la carcel y tu te vas a juntar con dos niños...

De todas maneras ya las reconocerá cuando salga de la carcel....
10/05/2009 19:42
Acuda al Registro Civil y alli le informaran ampliamente. Que el padre este privado de libertad es solo eso no limita ni de derecho ni de hecho su capacidad de obrar mas que en lo extrictamente dispuesto
Mas a mas es un derecho del hijo lo que se pretende defebder no el del padre.
En ultimo caso se ordenaria a prisiones trasladar el preso al RC pero me consta que arbitran medios menos radicales.
Un saludo