Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Como solicitar custodia compartida?

31 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 31 comentarios
17/04/2011 22:26
Jorge M. espero a que contactes conmigo en el mail "porlacustodiacompartida@hotmail.com". Desconozco si el servidor de correo puede haber dado poblema, porque me extraña el retraso, tras tu rapidísima y amable respuesta.
Muchas gracias.
28/03/2011 13:56
yo tengo ....bueno disfrutamos de la custodia compartida.... lo logré....lo logramos yo y mi hijo!
bueno la verdad soy un padre como muchos que lleva a su hijo al cole y al medico y a donde haga falta, ademas como todo padre adoro a mi hijo, pero es que la sociedad le ha dado a las mujeres el papel supestamente devil e intocable! a mi me amenazo con denunciarme de malos tratos y eso me acojono, pero luego de enterarme de las concecuencias que a una mujer le acarrea una falsa denuncia de esté tipo, Continué con mi lucha por y para mi hijo, ( NO EXISTE MEJOR SEPARACIÓN QUE CON LA CUSTODIA COMPARTIDA) no solo por el padre que se ve abandonado por su ex familia , sino que también es lo mejor para los niños que continuan teniendo a su padre, esto es una lucha contra los viejos cliches que formarón las mujeres , y que desde siempre inculcan a los niños , (madre solo hay una)
Padre no es el que hace sino el que cria...y que la mama le guste!....el de turno, ....pues eso en mi caso no lo permiti. vivo ya 2 años feliz con mi hijo y espero el diá en que el moustruo de tetas grandes se enamore y le fastidié mi hijo para tenerlo del todo con migo, bueno leo lo que escribi y me parece un poco ....loco , pero es así, mi hijo y yo seguimos siendo familia y gracias a la custodia compartida la familia no se rompe sino que se divide, bueno la verdad estoy en un locutorio y trato de escribir algo pero no tengo tiempo, luego lo hare mejor, suerte con tu custodia y no te preocupes siempre se puede cambiar , trata en la medida de lo posible de estar pendiente de tus hijos, mira si pudieras ver las cartas que cada profesor ...desde 2 de primaria hasta 1 de la eso lo bien que hablaron de mi , ó el medico de cabezara, jejejej nunca vio a mi mujer! , en fin se hiso justicia!
28/03/2011 10:58
Hola Jorge M. Muchas gracias por tu rápida contestación. Mi email es "porlacustodiacompartida@hotmail.com", muy apropiado ¿no?.

Gracias de nuevo.
27/03/2011 18:44
esperanto, pásame el mail y a ver si tienes suerte.
Un saludo
26/03/2011 16:10
Hola Jorge M. Estoy muy inetersado en contactar con el abogado que llevó tu procedimiento. Avísame y te daré una dirección de email.
Mil gracias y me has animado mucho.,

Un abrazo. Suerte a todos los foreros.
04/11/2010 19:43
Gracias ocastell; a ver si con esto podemos empezar a elaborar un plan de coparentalidad con cara y ojos contemplando los aspectos más importantes.

Con tu permiso, colgaré el extracto que has puesto en el post de un padre que acaba de abrir preguntando por como conseguir un modelo de plan de coparentalidad.

A ver si en este nuevo post podemos empezar a recabar información más extensa al respecto.

Saludos
04/11/2010 16:21
Hola,

respecto a lo del plan de coparentalidad de la ley catalana he encontrado lo siguiente, extraido de un artículo (muy, muy interesante) de la Jueza Maria Sanahuja. Aquí va el extracto:

Pero es el Codi Civil Català el que más detalla los mínimos que deben contener las propuestas de cómo se han de ejercer las responsabilidades parentales ante la autoridad judicial. El artículo 233-9.2 CCC exige que se indique:
“a) El lugar o los lugares donde vivirán los hijos habitualmente. Se han de incluir reglas que permitan determinar a qué progenitor le corresponde la guarda en cada
momento.
b) Las tareas de las que se ha de responsabilizar cada progenitor con relación a las actividades cotidianas de los hijos.
c) La manera en que se realizarán los cambios en la guarda, y si procede, cómo se han de repartir los costos que generen.
d) El régimen de relación y de comunicación con los hijos durante los periodos en que un progenitor no los tenga con el.
e) El régimen de estancia de los hijos con cada uno de los progenitores en periodos de vacaciones y en fechas especialmente señaladas para los hijos, para
los progenitores y para su familia.
f) El tipo de educación y las actividades extraescolares, formativas y de disfrute, si procede.
g) La manera de cumplir el deber de compartir toda la información sobre educación, la salud y el bienestar de los hijos.
h) La manera de tomar las decisiones relativas al cambio de domicilio y otras cuestiones relevantes para los hijos.”

El artúclo lo encontrareis en:

http://www.custodiacompartida.org/content/view/1178/1003/

Saludos
04/11/2010 15:52
belba, no soy abogado ni nada por el estilo pero de lo poco que he ido aprendiendo gracias a este foro y a mi abogado, creo que puedo decir que un juez puede otorgar la CC y otras mil cosas que le dé la gana independientemente de si el Ministerio Fiscal sugiere o no lo contrario. Ahora bien, lo normal es que no sea así, y el Juez haga caso a las sugerencias del fiscal en este tipo de decisiones.

En definitiva, y no deja de ser una opiníón, no creo que la ley diga en algún sitio que el Juez no puede dar la CC si el Ministerio Fiscal no informa favorablemente de ella. Estaríamos dando más poder al fiscal que al juez. No obstante, a ver si hay suerte y un jurídico se mete en este post y lo corrobora o me llama ignorante.
Un saludo
04/11/2010 11:05
Buenos días;

Pues la verdad es que es una faena lo de la casa teniendo esa resolución. Al menos sabes que algún día la obligarán a salir de allí y buscarse la vida como has hecho tu.

Efectivamente pienso igual que tu, no me pongo a su altura y actuo como me gustaría que lo hicieran conmigo. Pero de momento no ha sutrido efecto...

La verdad es que el actual régimen de visitas hace que nos veamos muy poco y la verdad es que se agradece ya que evito malos ratos.

La diferencia es que como tu tienes la CC, no tienes el problema de que te hechen en cara cada vez que habres la boca para opinar "soy yo la que tiene la custodia".

Le envio sms explicandole "ha hecho caca dos veces", "mañana X tiene que llevar X al cole", etc. Yo no recibo ningun sms de ella salvo que sea para decirme en el ultimo momento que el niño está en casa de sus padres y lo pase a buscar allí o que tengo que pagar algo.

Cuando estan conmigo me esfuerzo para que hablen y le expliquen cosas a su madre por teléfono. Yo en cambio a veces puedo hablar, otras los escucho de fondo, o recibo sms diciendo que estan dormidos, otras no me lo coge,... Es fantastico y como son tan pequeños que les vas a decir a los niños...

O me llama compulsivamente mil veces seguidas por que se ha dado cuenta de que me he confundido y le he devuelto un calzoncillo que no era el suyo,... Por supuesto acaba faltandome el respeto diciendome alguna lindez y cuelgo reiteradas veces hasta que desiste. Pero después, como castigo supongo, ese día ya no puedo hablar con los niños.

Y un largo etc. en muchos aspectos incluso sanitarios o de educación en los que ella cree que es la única que tiene voz y voto (se que no es asi pero estoy cansado de tener que demostrar las cosas).

En fin, espero que tengas razón y con el tiempo la relación mejore, sobretodo por nuestros hijos.

Como apunte dire que yo pensaba que cuando ella tuviese pareja, la cosa poco a poco alcanzaría buen cauce, pues parece que tampoco. (yo también tengo pareja y convivimos juntos)

Saludos y gracias de nuevo.
04/11/2010 10:32
Gracias por tu respuesta Jorge M.

Hice la pregunta, porque el actual Codigo civil, establece que si no existe acuerdo de las partes para la CC, esta solo se dará si la pide uno de las partes y el Ministerior Fical informa favorablemente respecto al misma. Así lo dice el Codigo civil en su art 92.8. Sobre dicho art se ha planteado una cuestion de inconstitucionalidad, que ha sido admitida a tramite por el TC, pero creo que hasta la fecha no hay una decision al respecto.

Si alguien sabe si ya la hay que responda por favor.

¿debo entender que, hoy por hoy, si el ministerio fiscal no informa favorablemnte el juez no puede otorgarla?
Gracias
04/11/2010 09:24
Jorge M

En primer lugar enhorabuena. En segundo lugar dejeme expresar mi admiración por lo buen padre que es. Y finalmente, muchas gracias por su aportación tan positiva y desinteresada al foro, les va a servir a muchos padres, a mí también, siempre se aprende de las buenas personas.

Un abrazo
04/11/2010 09:14
Efectivamente la casa la pagamos entre los dos. Ayer mismo tuve que pagar 400 € de la mitad del IBI. La verdad es que jode pagar algo que no disfrutas. ¿Si le da vergüenza vivir allí? Pues creo que no. En una ocasión me dijo que ella no salía de allí hasta que un policía la echara.

Como ves, la custodia es compartida pero la relación no es excelente. De hecho, ten en cuenta que la gané en un contencioso y que no fue de mutuo acuerdo.
Lo que intento hacer, y creo que lo consigo, es olvidarme del daño que me está haciendo con la casa cuando hablamos de nuestro hijo y de lo que es bueno para él. El niño ve que hay mucha comunicación entre los dos y eso es muy bueno y necesario, sobre todo cuando pasa una tarde con cada uno. Los niños son más listos que el hambre y si no hubiera esta comunicación te torean y la aprovechan al máximo.

A pesar de la distancia que pueda haber entre tu ex y tú, intenta hablar con ella, primero por teléfono, luego en una cafetería y siempre evita levantar la voz y enfadarte, aunque tengas motivos para ello. Ella irá viendo que tus intenciones son las justas, que el amor por vuestros hijos es el mismo y que es la prioridad de los dos. Aunque ella no te cuente cosas, tú sí lo tienes que hacer. Cuéntale que el niño se ha hecho pis en la cama, que ha sacado un 8 en un examen, que se ha caído y ha llorado mucho,... lo que sea, incluso si es a través de sms. A ella le gustará aunque le cueste reconocerselo a sí misma y más a ti, y verá que es bonito y al final se contagiará.
De esta forma, al menos habrá comunicación entre los dos en todo lo referente a los niños, porque en el fondo los dos deseáis lo mejor para ellos, y los cambios de comedor y otras cosas te los comunicará. Luego, puede ser que sigáis peleándoos en el juzgado pero eso será otra cosa.

En fin, perdona el haberme permitido estas sugerencias, pero a mí me van bien y me ha parecido correcto comentarlas.
Un saludo
03/11/2010 23:26
Hola,
Jorge M; y la casa la estaís pagando entre los dos también en esta situación? -no le da verguenza seguir allí? Bueno, ya veo que aunque teneís CC, la relación no es excelente.

Yo cada día estoy más contento, mi ex mujer no se exactamente a que está jugando, pero cada día me entero de algo nuevo. Hoy me han dicho en la guardería de mi pequeño que a partir de ahora no se queda a comer. El mayor no lo se si tampoco se queda en el cole. No tengo ningun problema pero figura que esos eran gastos fijos de los menores que ambos aceptamos.

En fin, esto será muy largo pero yo quiero conseguir lo que tu tienes, pintar el la vida de mis hijos la mitad.

Saludos
03/11/2010 22:28
Pretoriano, supongo que la pregunta es para mí. No lo he comentado antes porque el post iba sobre la CC y la casa estaba en segundo plano. Pero ahora lo comento brevemente ya que lo preguntas.

La casa, que era de los dos, se la dejaron a ella durante un año o hasta la liquidación. Al año, si no la habíamos liquidado debía abandonarla y se quedaba vacía. Ésta era la postura de la jueza para forzarnos a liquidar ya que una casa vacía no beneficiaba a ninguno de los dos. Pasó el año y no quiso negociar la liquidación, así que me he visto obligado a demandarla por incumplimiento de sentencia ya que sigue viviendo en la casa. Y como la justicia es tan lenta, pues seguimos en ello todavía.
Un saludo
03/11/2010 21:36
bueno, y que pasó con la casa a todas estas? la liquidáteis?
03/11/2010 16:09
belba, efectivamente el Ministerio Fiscal informó favorablemente respecto a la CC.

Yo pienso que, desde el primer momento, el fiscal lo tenía claro. Fue él quien solicitó al juez la entrevista por separado con un psicólogo, que informó también que lo mejor era la CC.

Fue también el fiscal quien en un momento del juicio acorraló a mi ex destapando claramente que ella quería la custodia para ella por la pensión y la casa ya que respecto al tiempo con el niño no ponía objeción en que fuera la mitad.

Creo haberte contestado.
Un saludo
03/11/2010 15:38
Hola.
Mi pregunta es para Jorge M.
Dices que la CC fue otorgada en un proceso contencioso, pero podrias decirme si el Ministerio Fiscal informó favorablemente respecto a la CC o pidió la custodia para la madre?

gGacias de antemano.
03/11/2010 14:42
Hola! Muchas gracias a los dos por vuestras aportaciones.

He estado buscando por internet como elaborar un plan de coparentalidad y la verdad es que no he encontrado demasiada información. Seguiré buscando.

A ver si algun otro forero nos hace alguna aportación al respecto que pueda servir se guia.

Gracias de nuevo.
02/11/2010 20:54
ocastell, no puedo pasarte mi convenio puesto que no lo hay. La CC la conseguí en contencioso y todos los aspectos que he comentado es porque lo dice la sentencia del juzgado: CC, régimen de turnos, pensión compensatorio de 200 €, gastos extraordinarios, etc

Únicamente, en las posibles lagunas que tiene la sentencia, entre mi ex y yo intentamos ponernos de acuerdo y normalmente sale aunque no hay nada escrito. Ej: puentes, lo de la cuenta común, etc.

No obstante, si me das tu correo me pongo en contacto contigo (maladeta también si lo desea) y os aconsejo humildemente en lo que pueda.

Un saludo
02/11/2010 20:48
Madaleta, me alegra que te haya servido la información que te he dado. Te respondo a las preguntas que me haces.

Primero, decirte que tus familiares tienen razón cuando te felicitan y es que sí es verdad que tienes un régimen de visitas amplísimo, tanto, tanto, que se acerca muchísimo a una CC. No obstante, y como dices tú, tienes que seguir luchando para llegar al 50% que es lo justo.

Mi hijo tenía 7 años cuando nos dieron la CC. Supongo que será más fácil que con niños más pequeños.

Cuenta común: lo aclaro un poco más. La sentencia decía que yo le tengo que dar a mi ex para gastos de mi hijo la cantidad de 200€ al mes debido a la diferencia de salario entre los dos. Adicionalmente, decía que los gastos extraordinarios (y aquí incluía todo lo derivado del colegio -guardería, libros,etc- y los gastos médicos -gafas,etc) tenían que ser al 50%, sin decir la forma en cómo ejecutarlo. Entre ella y yo quedamos en abrir la cuenta común e ir ingresando todos los meses 100€ cada uno. La diferencia de salario ya se ha reflejado en los 200€ que le doy mensualmente; en los gastos extras no se refleja.

Salud, educación: efectivamente nos repartimos entre los dos. Ella tiene otro niño pequeño así que yo tengo más tiempo y soy el que suele ir normalmente a las reuniones del colegio o al médico, y luego le cuento. Sin embargo, a las entrevistas del tutor solemos ir los dos juntos. En la sentencia no venía nada de esto, así que nos tenemos que poner de acuerdo y afortunadamente no suele haber problemas.

Los turnos: Es por semanas completas: cada semana está con uno, pero las semanas que me toca a mí, ella lo recoge los martes y jueves del cole a las 5 y me lo trae a casa a las ocho de la tarde. Y viceversa, cuando le toca la semana a ella, yo le recojo los martes y jueves a las cinco en el cole y se lo llevo a su casa a las 8. El relevo de semanas se hace el lunes: por ejemplo yo le llevo el lunes por la mañana al cole y ya lo recoge ella a las 5 para empezar su semana.
Las vacaciones del verano a partes iguales de 15 en 15 días y los picos a medias.
Semana Santa y Navidad: mitad y mitad, alternando cada año.
Todo esto de los turnos venía en la sentencia.

Si tienes más preguntas, aquí estoy para lo que pueda.
Un saludo
¿Como solicitar custodia compartida? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Como solicitar custodia compartida?

31 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 31 comentarios
17/04/2011 22:26
Jorge M. espero a que contactes conmigo en el mail "porlacustodiacompartida@hotmail.com". Desconozco si el servidor de correo puede haber dado poblema, porque me extraña el retraso, tras tu rapidísima y amable respuesta.
Muchas gracias.
28/03/2011 13:56
yo tengo ....bueno disfrutamos de la custodia compartida.... lo logré....lo logramos yo y mi hijo!
bueno la verdad soy un padre como muchos que lleva a su hijo al cole y al medico y a donde haga falta, ademas como todo padre adoro a mi hijo, pero es que la sociedad le ha dado a las mujeres el papel supestamente devil e intocable! a mi me amenazo con denunciarme de malos tratos y eso me acojono, pero luego de enterarme de las concecuencias que a una mujer le acarrea una falsa denuncia de esté tipo, Continué con mi lucha por y para mi hijo, ( NO EXISTE MEJOR SEPARACIÓN QUE CON LA CUSTODIA COMPARTIDA) no solo por el padre que se ve abandonado por su ex familia , sino que también es lo mejor para los niños que continuan teniendo a su padre, esto es una lucha contra los viejos cliches que formarón las mujeres , y que desde siempre inculcan a los niños , (madre solo hay una)
Padre no es el que hace sino el que cria...y que la mama le guste!....el de turno, ....pues eso en mi caso no lo permiti. vivo ya 2 años feliz con mi hijo y espero el diá en que el moustruo de tetas grandes se enamore y le fastidié mi hijo para tenerlo del todo con migo, bueno leo lo que escribi y me parece un poco ....loco , pero es así, mi hijo y yo seguimos siendo familia y gracias a la custodia compartida la familia no se rompe sino que se divide, bueno la verdad estoy en un locutorio y trato de escribir algo pero no tengo tiempo, luego lo hare mejor, suerte con tu custodia y no te preocupes siempre se puede cambiar , trata en la medida de lo posible de estar pendiente de tus hijos, mira si pudieras ver las cartas que cada profesor ...desde 2 de primaria hasta 1 de la eso lo bien que hablaron de mi , ó el medico de cabezara, jejejej nunca vio a mi mujer! , en fin se hiso justicia!
28/03/2011 10:58
Hola Jorge M. Muchas gracias por tu rápida contestación. Mi email es "porlacustodiacompartida@hotmail.com", muy apropiado ¿no?.

Gracias de nuevo.
27/03/2011 18:44
esperanto, pásame el mail y a ver si tienes suerte.
Un saludo
26/03/2011 16:10
Hola Jorge M. Estoy muy inetersado en contactar con el abogado que llevó tu procedimiento. Avísame y te daré una dirección de email.
Mil gracias y me has animado mucho.,

Un abrazo. Suerte a todos los foreros.
04/11/2010 19:43
Gracias ocastell; a ver si con esto podemos empezar a elaborar un plan de coparentalidad con cara y ojos contemplando los aspectos más importantes.

Con tu permiso, colgaré el extracto que has puesto en el post de un padre que acaba de abrir preguntando por como conseguir un modelo de plan de coparentalidad.

A ver si en este nuevo post podemos empezar a recabar información más extensa al respecto.

Saludos
04/11/2010 16:21
Hola,

respecto a lo del plan de coparentalidad de la ley catalana he encontrado lo siguiente, extraido de un artículo (muy, muy interesante) de la Jueza Maria Sanahuja. Aquí va el extracto:

Pero es el Codi Civil Català el que más detalla los mínimos que deben contener las propuestas de cómo se han de ejercer las responsabilidades parentales ante la autoridad judicial. El artículo 233-9.2 CCC exige que se indique:
“a) El lugar o los lugares donde vivirán los hijos habitualmente. Se han de incluir reglas que permitan determinar a qué progenitor le corresponde la guarda en cada
momento.
b) Las tareas de las que se ha de responsabilizar cada progenitor con relación a las actividades cotidianas de los hijos.
c) La manera en que se realizarán los cambios en la guarda, y si procede, cómo se han de repartir los costos que generen.
d) El régimen de relación y de comunicación con los hijos durante los periodos en que un progenitor no los tenga con el.
e) El régimen de estancia de los hijos con cada uno de los progenitores en periodos de vacaciones y en fechas especialmente señaladas para los hijos, para
los progenitores y para su familia.
f) El tipo de educación y las actividades extraescolares, formativas y de disfrute, si procede.
g) La manera de cumplir el deber de compartir toda la información sobre educación, la salud y el bienestar de los hijos.
h) La manera de tomar las decisiones relativas al cambio de domicilio y otras cuestiones relevantes para los hijos.”

El artúclo lo encontrareis en:

http://www.custodiacompartida.org/content/view/1178/1003/

Saludos
04/11/2010 15:52
belba, no soy abogado ni nada por el estilo pero de lo poco que he ido aprendiendo gracias a este foro y a mi abogado, creo que puedo decir que un juez puede otorgar la CC y otras mil cosas que le dé la gana independientemente de si el Ministerio Fiscal sugiere o no lo contrario. Ahora bien, lo normal es que no sea así, y el Juez haga caso a las sugerencias del fiscal en este tipo de decisiones.

En definitiva, y no deja de ser una opiníón, no creo que la ley diga en algún sitio que el Juez no puede dar la CC si el Ministerio Fiscal no informa favorablemente de ella. Estaríamos dando más poder al fiscal que al juez. No obstante, a ver si hay suerte y un jurídico se mete en este post y lo corrobora o me llama ignorante.
Un saludo
04/11/2010 11:05
Buenos días;

Pues la verdad es que es una faena lo de la casa teniendo esa resolución. Al menos sabes que algún día la obligarán a salir de allí y buscarse la vida como has hecho tu.

Efectivamente pienso igual que tu, no me pongo a su altura y actuo como me gustaría que lo hicieran conmigo. Pero de momento no ha sutrido efecto...

La verdad es que el actual régimen de visitas hace que nos veamos muy poco y la verdad es que se agradece ya que evito malos ratos.

La diferencia es que como tu tienes la CC, no tienes el problema de que te hechen en cara cada vez que habres la boca para opinar "soy yo la que tiene la custodia".

Le envio sms explicandole "ha hecho caca dos veces", "mañana X tiene que llevar X al cole", etc. Yo no recibo ningun sms de ella salvo que sea para decirme en el ultimo momento que el niño está en casa de sus padres y lo pase a buscar allí o que tengo que pagar algo.

Cuando estan conmigo me esfuerzo para que hablen y le expliquen cosas a su madre por teléfono. Yo en cambio a veces puedo hablar, otras los escucho de fondo, o recibo sms diciendo que estan dormidos, otras no me lo coge,... Es fantastico y como son tan pequeños que les vas a decir a los niños...

O me llama compulsivamente mil veces seguidas por que se ha dado cuenta de que me he confundido y le he devuelto un calzoncillo que no era el suyo,... Por supuesto acaba faltandome el respeto diciendome alguna lindez y cuelgo reiteradas veces hasta que desiste. Pero después, como castigo supongo, ese día ya no puedo hablar con los niños.

Y un largo etc. en muchos aspectos incluso sanitarios o de educación en los que ella cree que es la única que tiene voz y voto (se que no es asi pero estoy cansado de tener que demostrar las cosas).

En fin, espero que tengas razón y con el tiempo la relación mejore, sobretodo por nuestros hijos.

Como apunte dire que yo pensaba que cuando ella tuviese pareja, la cosa poco a poco alcanzaría buen cauce, pues parece que tampoco. (yo también tengo pareja y convivimos juntos)

Saludos y gracias de nuevo.
04/11/2010 10:32
Gracias por tu respuesta Jorge M.

Hice la pregunta, porque el actual Codigo civil, establece que si no existe acuerdo de las partes para la CC, esta solo se dará si la pide uno de las partes y el Ministerior Fical informa favorablemente respecto al misma. Así lo dice el Codigo civil en su art 92.8. Sobre dicho art se ha planteado una cuestion de inconstitucionalidad, que ha sido admitida a tramite por el TC, pero creo que hasta la fecha no hay una decision al respecto.

Si alguien sabe si ya la hay que responda por favor.

¿debo entender que, hoy por hoy, si el ministerio fiscal no informa favorablemnte el juez no puede otorgarla?
Gracias
04/11/2010 09:24
Jorge M

En primer lugar enhorabuena. En segundo lugar dejeme expresar mi admiración por lo buen padre que es. Y finalmente, muchas gracias por su aportación tan positiva y desinteresada al foro, les va a servir a muchos padres, a mí también, siempre se aprende de las buenas personas.

Un abrazo
04/11/2010 09:14
Efectivamente la casa la pagamos entre los dos. Ayer mismo tuve que pagar 400 € de la mitad del IBI. La verdad es que jode pagar algo que no disfrutas. ¿Si le da vergüenza vivir allí? Pues creo que no. En una ocasión me dijo que ella no salía de allí hasta que un policía la echara.

Como ves, la custodia es compartida pero la relación no es excelente. De hecho, ten en cuenta que la gané en un contencioso y que no fue de mutuo acuerdo.
Lo que intento hacer, y creo que lo consigo, es olvidarme del daño que me está haciendo con la casa cuando hablamos de nuestro hijo y de lo que es bueno para él. El niño ve que hay mucha comunicación entre los dos y eso es muy bueno y necesario, sobre todo cuando pasa una tarde con cada uno. Los niños son más listos que el hambre y si no hubiera esta comunicación te torean y la aprovechan al máximo.

A pesar de la distancia que pueda haber entre tu ex y tú, intenta hablar con ella, primero por teléfono, luego en una cafetería y siempre evita levantar la voz y enfadarte, aunque tengas motivos para ello. Ella irá viendo que tus intenciones son las justas, que el amor por vuestros hijos es el mismo y que es la prioridad de los dos. Aunque ella no te cuente cosas, tú sí lo tienes que hacer. Cuéntale que el niño se ha hecho pis en la cama, que ha sacado un 8 en un examen, que se ha caído y ha llorado mucho,... lo que sea, incluso si es a través de sms. A ella le gustará aunque le cueste reconocerselo a sí misma y más a ti, y verá que es bonito y al final se contagiará.
De esta forma, al menos habrá comunicación entre los dos en todo lo referente a los niños, porque en el fondo los dos deseáis lo mejor para ellos, y los cambios de comedor y otras cosas te los comunicará. Luego, puede ser que sigáis peleándoos en el juzgado pero eso será otra cosa.

En fin, perdona el haberme permitido estas sugerencias, pero a mí me van bien y me ha parecido correcto comentarlas.
Un saludo
03/11/2010 23:26
Hola,
Jorge M; y la casa la estaís pagando entre los dos también en esta situación? -no le da verguenza seguir allí? Bueno, ya veo que aunque teneís CC, la relación no es excelente.

Yo cada día estoy más contento, mi ex mujer no se exactamente a que está jugando, pero cada día me entero de algo nuevo. Hoy me han dicho en la guardería de mi pequeño que a partir de ahora no se queda a comer. El mayor no lo se si tampoco se queda en el cole. No tengo ningun problema pero figura que esos eran gastos fijos de los menores que ambos aceptamos.

En fin, esto será muy largo pero yo quiero conseguir lo que tu tienes, pintar el la vida de mis hijos la mitad.

Saludos
03/11/2010 22:28
Pretoriano, supongo que la pregunta es para mí. No lo he comentado antes porque el post iba sobre la CC y la casa estaba en segundo plano. Pero ahora lo comento brevemente ya que lo preguntas.

La casa, que era de los dos, se la dejaron a ella durante un año o hasta la liquidación. Al año, si no la habíamos liquidado debía abandonarla y se quedaba vacía. Ésta era la postura de la jueza para forzarnos a liquidar ya que una casa vacía no beneficiaba a ninguno de los dos. Pasó el año y no quiso negociar la liquidación, así que me he visto obligado a demandarla por incumplimiento de sentencia ya que sigue viviendo en la casa. Y como la justicia es tan lenta, pues seguimos en ello todavía.
Un saludo
03/11/2010 21:36
bueno, y que pasó con la casa a todas estas? la liquidáteis?
03/11/2010 16:09
belba, efectivamente el Ministerio Fiscal informó favorablemente respecto a la CC.

Yo pienso que, desde el primer momento, el fiscal lo tenía claro. Fue él quien solicitó al juez la entrevista por separado con un psicólogo, que informó también que lo mejor era la CC.

Fue también el fiscal quien en un momento del juicio acorraló a mi ex destapando claramente que ella quería la custodia para ella por la pensión y la casa ya que respecto al tiempo con el niño no ponía objeción en que fuera la mitad.

Creo haberte contestado.
Un saludo
03/11/2010 15:38
Hola.
Mi pregunta es para Jorge M.
Dices que la CC fue otorgada en un proceso contencioso, pero podrias decirme si el Ministerio Fiscal informó favorablemente respecto a la CC o pidió la custodia para la madre?

gGacias de antemano.
03/11/2010 14:42
Hola! Muchas gracias a los dos por vuestras aportaciones.

He estado buscando por internet como elaborar un plan de coparentalidad y la verdad es que no he encontrado demasiada información. Seguiré buscando.

A ver si algun otro forero nos hace alguna aportación al respecto que pueda servir se guia.

Gracias de nuevo.
02/11/2010 20:54
ocastell, no puedo pasarte mi convenio puesto que no lo hay. La CC la conseguí en contencioso y todos los aspectos que he comentado es porque lo dice la sentencia del juzgado: CC, régimen de turnos, pensión compensatorio de 200 €, gastos extraordinarios, etc

Únicamente, en las posibles lagunas que tiene la sentencia, entre mi ex y yo intentamos ponernos de acuerdo y normalmente sale aunque no hay nada escrito. Ej: puentes, lo de la cuenta común, etc.

No obstante, si me das tu correo me pongo en contacto contigo (maladeta también si lo desea) y os aconsejo humildemente en lo que pueda.

Un saludo
02/11/2010 20:48
Madaleta, me alegra que te haya servido la información que te he dado. Te respondo a las preguntas que me haces.

Primero, decirte que tus familiares tienen razón cuando te felicitan y es que sí es verdad que tienes un régimen de visitas amplísimo, tanto, tanto, que se acerca muchísimo a una CC. No obstante, y como dices tú, tienes que seguir luchando para llegar al 50% que es lo justo.

Mi hijo tenía 7 años cuando nos dieron la CC. Supongo que será más fácil que con niños más pequeños.

Cuenta común: lo aclaro un poco más. La sentencia decía que yo le tengo que dar a mi ex para gastos de mi hijo la cantidad de 200€ al mes debido a la diferencia de salario entre los dos. Adicionalmente, decía que los gastos extraordinarios (y aquí incluía todo lo derivado del colegio -guardería, libros,etc- y los gastos médicos -gafas,etc) tenían que ser al 50%, sin decir la forma en cómo ejecutarlo. Entre ella y yo quedamos en abrir la cuenta común e ir ingresando todos los meses 100€ cada uno. La diferencia de salario ya se ha reflejado en los 200€ que le doy mensualmente; en los gastos extras no se refleja.

Salud, educación: efectivamente nos repartimos entre los dos. Ella tiene otro niño pequeño así que yo tengo más tiempo y soy el que suele ir normalmente a las reuniones del colegio o al médico, y luego le cuento. Sin embargo, a las entrevistas del tutor solemos ir los dos juntos. En la sentencia no venía nada de esto, así que nos tenemos que poner de acuerdo y afortunadamente no suele haber problemas.

Los turnos: Es por semanas completas: cada semana está con uno, pero las semanas que me toca a mí, ella lo recoge los martes y jueves del cole a las 5 y me lo trae a casa a las ocho de la tarde. Y viceversa, cuando le toca la semana a ella, yo le recojo los martes y jueves a las cinco en el cole y se lo llevo a su casa a las 8. El relevo de semanas se hace el lunes: por ejemplo yo le llevo el lunes por la mañana al cole y ya lo recoge ella a las 5 para empezar su semana.
Las vacaciones del verano a partes iguales de 15 en 15 días y los picos a medias.
Semana Santa y Navidad: mitad y mitad, alternando cada año.
Todo esto de los turnos venía en la sentencia.

Si tienes más preguntas, aquí estoy para lo que pueda.
Un saludo