Cliente que llama al Despacho pidiendo si le puedo hacer un contrato de comodato de vivienda, sujeto a la condición de rehabilitarla (la otra persona no pagaría de renta nada) , ya que no se encuentra en buen estado. ¿ Es posible hacer un comodato sujeta a dicha condición?, o por otra parte, ¿debería hacerse contrato de arrendamiento?
Yo haría un contrato de arrendamiento en el que se especificara con toda claridad la renta que se "perdona" a cambio de la rehabilitación. Y dejaría clarísima una cláusula penal en la que se estableciera que si el "inquilino" no rehabilita, tiene que pagar una renta.
Yo tengo un contrato privado comodato con condición de rehabilitación para un periodo de 10 años, firmado por la hija que tienes poderes legales totales, ya lo estoy reformando, y en dicho contrato expone que si por causa de fallecimiento de la dueña, los legales herederos, quieran cancelar dicho contrato seré indemnizado por la cantidad de 6.000€.; tengo junto al contrato una copia de los poderes legales concedidos a la persona que sera heredero. tendré algún problema.