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Compañero de Asturias que me ayude a realizar minuta

9 Comentarios
 
19/10/2006 16:58
Cova...sobre las interpretaciones de las normas... supongo que estarán de acuerdo pero no lo aseguraría.
Y Pedro, estoy totalmente de acuerdo con lo que te ha dicho Cova respecto a las costas de la apelación
18/10/2006 13:02


PedroPV, las norma 67 dice que en ningún caso puede devengarse una minuta que supere el 70% de la correspondiente a la primera instancia.

Anina, ahora Oviedo y Gijón tenemos los mismos Criterios Orientadores, entiendo que deben interpretarse de la misma manera.... o no....
18/10/2006 12:53
Gracias por vuestras respuestas, por que decis si el importe del ppal son 1.100 € y por tablas sale 310 € y el minimo recomendado son 550 €, como esos 550 € superan el tercio, lo que voy a hacer es dejar el tercio justo, es decir ni lo de tablas ni los 550, voy a minutar 367 € (1/3 de 1.100) no es así??? es correcto??
Así mismo, debo minutar el recurso de apelación por lo cual y según el criterio 67 ¿¿puedo aplicar el 70% de estos 367 € ??
Muchas gracias de nuevo.
18/10/2006 11:50
Cova, el criterio del que hablo es el de Gijón, de Oviedo ni idea, y ya sabes como son las cosas... ca un ye ca un y ca dos una piragua.

Saludos
18/10/2006 09:56

si, Anina, lo de la limitaicón de del tercio siempre lo tengo en cuenta. Lo que pasa es que yo siempre que preparo una minuta para tasación de costas la he preparado siguiendo la tabla e "ignorando" el mínimo recomendado para evitar impugnaciones, pero bueno, si ese es el criterio del Colegio de Oviedo..para próximas tasaciones lo aplicaré.
18/10/2006 09:51
el criterio (la última vez que lo comenté) es apliciar el mínimo recomendado, pero al final con la limitación del tercio se te queda un poco encanijado.
17/10/2006 20:07

Anina, yo siempre he aplicado la tabla, y no el mínimo recomendado ¿cuál es el criterio del Colegio?
17/10/2006 19:04
El importe seria el mínimo recomendado en la norma 42.
Si miras el segundo párrafo de la norma 41 ya te dice que si existe oposición y continuase el procedimiento, se minutará por la escala segunda, por el Juicio que corresponda.
Sin embargo ten en cuenta la limitación de 1/3 de la cuantía del pleito que te pone la LEC.
Espero que te sirva de ayuda.
17/10/2006 18:52
El importe seria el mínimo recomendado en la norma 42.
Si miras el segundo párrafo de la norma 41 ya te dice que si existe oposición y continuase el procedimiento, se minutará por la escala segunda, por el Juicio que corresponda.
Sin embargo ten en cuenta la limitación de 1/3 de la cuantía del pleito que te pone la LEC.
Espero que te sirva de ayuda.
Compañero de asturias que me ayude a realizar minuta
17/10/2006 18:15
Hola, soy abogado de Madrid y he tenido que intervenir en un verbal procedente de un monitorio en Gijon, me gustaria que algún compañero de Asturias me ayude a realizar la minuta ya que le han condenado en costas a la otra parte y he de mandarles la factura y me gustaria que quedara bien hecha, ya que no se si estoy interpretando bien los nuevos criterios.
El importe del ppal son 1.100 €, aplico la tabla 2 y salen 310 €, hasta ahí no hay problema pero en el mismo criterio 42 se dice que el minimo recomendado son 550 €, por tanto ¿¿debo aplicar este mínimo o los 310 € que me salen de tablas???
Por otro lado supongo que no puedo incluir en costas el importe de 170 € del escrito de monitorio del criterio 41??
Muchas gracias.
Compañero de Asturias que me ayude a realizar minuta | PorticoLegal
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9 Comentarios
 
19/10/2006 16:58
Cova...sobre las interpretaciones de las normas... supongo que estarán de acuerdo pero no lo aseguraría.
Y Pedro, estoy totalmente de acuerdo con lo que te ha dicho Cova respecto a las costas de la apelación
18/10/2006 13:02


PedroPV, las norma 67 dice que en ningún caso puede devengarse una minuta que supere el 70% de la correspondiente a la primera instancia.

Anina, ahora Oviedo y Gijón tenemos los mismos Criterios Orientadores, entiendo que deben interpretarse de la misma manera.... o no....
18/10/2006 12:53
Gracias por vuestras respuestas, por que decis si el importe del ppal son 1.100 € y por tablas sale 310 € y el minimo recomendado son 550 €, como esos 550 € superan el tercio, lo que voy a hacer es dejar el tercio justo, es decir ni lo de tablas ni los 550, voy a minutar 367 € (1/3 de 1.100) no es así??? es correcto??
Así mismo, debo minutar el recurso de apelación por lo cual y según el criterio 67 ¿¿puedo aplicar el 70% de estos 367 € ??
Muchas gracias de nuevo.
18/10/2006 11:50
Cova, el criterio del que hablo es el de Gijón, de Oviedo ni idea, y ya sabes como son las cosas... ca un ye ca un y ca dos una piragua.

Saludos
18/10/2006 09:56

si, Anina, lo de la limitaicón de del tercio siempre lo tengo en cuenta. Lo que pasa es que yo siempre que preparo una minuta para tasación de costas la he preparado siguiendo la tabla e "ignorando" el mínimo recomendado para evitar impugnaciones, pero bueno, si ese es el criterio del Colegio de Oviedo..para próximas tasaciones lo aplicaré.
18/10/2006 09:51
el criterio (la última vez que lo comenté) es apliciar el mínimo recomendado, pero al final con la limitación del tercio se te queda un poco encanijado.
17/10/2006 20:07

Anina, yo siempre he aplicado la tabla, y no el mínimo recomendado ¿cuál es el criterio del Colegio?
17/10/2006 19:04
El importe seria el mínimo recomendado en la norma 42.
Si miras el segundo párrafo de la norma 41 ya te dice que si existe oposición y continuase el procedimiento, se minutará por la escala segunda, por el Juicio que corresponda.
Sin embargo ten en cuenta la limitación de 1/3 de la cuantía del pleito que te pone la LEC.
Espero que te sirva de ayuda.
17/10/2006 18:52
El importe seria el mínimo recomendado en la norma 42.
Si miras el segundo párrafo de la norma 41 ya te dice que si existe oposición y continuase el procedimiento, se minutará por la escala segunda, por el Juicio que corresponda.
Sin embargo ten en cuenta la limitación de 1/3 de la cuantía del pleito que te pone la LEC.
Espero que te sirva de ayuda.
Compañero de asturias que me ayude a realizar minuta
17/10/2006 18:15
Hola, soy abogado de Madrid y he tenido que intervenir en un verbal procedente de un monitorio en Gijon, me gustaria que algún compañero de Asturias me ayude a realizar la minuta ya que le han condenado en costas a la otra parte y he de mandarles la factura y me gustaria que quedara bien hecha, ya que no se si estoy interpretando bien los nuevos criterios.
El importe del ppal son 1.100 €, aplico la tabla 2 y salen 310 €, hasta ahí no hay problema pero en el mismo criterio 42 se dice que el minimo recomendado son 550 €, por tanto ¿¿debo aplicar este mínimo o los 310 € que me salen de tablas???
Por otro lado supongo que no puedo incluir en costas el importe de 170 € del escrito de monitorio del criterio 41??
Muchas gracias.