Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Comparecer como demandado en recurso

2 Comentarios
 
03/02/2007 16:40
Sin embargo, entiendo que si el Colegio gana el recurso, como colegiada se podría ver favorecida por el contenido de la sentencia dependiendo de lo que en el mismo se diga.
En lo demás, opino como Tribuno. Y en cuanto al contenido del expediente administrativo, el colegio debe haber dejado testimoniado el contenido del mismo, antes de su remisión al órgano judicial. Por tanto, como colegiada, por escrito a través de registro, puede solicitar copia certificada del contenido del mismo, o acceso al expediente en aplicación de la L. 30/92 del Régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común (si no me falla la memoria, el derecho de acceso creo que se regula en el art. 35 salvo que me falle, claro).
Un saludo.
01/02/2007 19:48
1º.- Efectivamente, debe comparecer con abogado y procurador, sin que deba remitir antes de ello ningún escrito.

2º.- Desde el día siguiente a aquel en que le hayan notificado la resolución (excluyendo del cómputo sábados, domingos y festivos en la sede del Tribunal).

3º.- La Ley no contempla esa posibilidad, pero puede intentar ver si en el órgano administrativo que remitió el expte al tribunal se han quedado copia del mismo. Al ostentar la condición de interesada, puede acceder a él.

En todo caso, una vez personada, con anterioridad a la formalización de la demanda, se le pondrá de manifiesto el expte.

4º.- Sí.

5º.- Sí, se le tiene por decaída en su derecho.

Salvo mejor opinión.
Comparecer como demandado en recurso
01/02/2007 17:23
Un colegio profesional ha interpuesto un recurso contencioso administrativo contra una norma que regula la acreditación oficial necesaria para realizar una determinada actividad económica.

Acabo de recibir una notificación donde “ de conformidad con el art.49 de la ley 29/1998 de la jurisdiccion contencioso administrativa”, se me remite copia de una resolucion …. Y se me emplaza " para que pueda personarme como demandado en el plazo de nueve días".

Agradeceria que me facilitaran informacion practica sobre como actuar respondiendo a las siguientes preguntas:

1º.- Si deseara comparecer como demandado, al ser el Tribunal Superior de Justicia un organo colegiado, entiendo que debo presentarme con abogado y procurador. ¿Antes de la comparecencia deberia remitir un escrito al tribunal dejando constancia de mi intención?

2º. El plazo de 9 dias,¿ a partir de qué dia ha de contarse?

3º.- ¿Puedo revisar el expediente con carácter previo para tomar una decision?

4º. ¿Podría agruparme con otros interesados para actuar conjuntamente como codemanadados?

5º. Si no deseo comparecer en calidad de demandado ¿pierdo el derecho a hacer alegaciones y a estar al tanto del curso del procedimiento? Si esta fuera la opcion que me interesara y fuera posible, ¿ qué debo presentar al Tribunal ?



Muchas gracias.
Comparecer como demandado en recurso | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Comparecer como demandado en recurso

2 Comentarios
 
03/02/2007 16:40
Sin embargo, entiendo que si el Colegio gana el recurso, como colegiada se podría ver favorecida por el contenido de la sentencia dependiendo de lo que en el mismo se diga.
En lo demás, opino como Tribuno. Y en cuanto al contenido del expediente administrativo, el colegio debe haber dejado testimoniado el contenido del mismo, antes de su remisión al órgano judicial. Por tanto, como colegiada, por escrito a través de registro, puede solicitar copia certificada del contenido del mismo, o acceso al expediente en aplicación de la L. 30/92 del Régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo común (si no me falla la memoria, el derecho de acceso creo que se regula en el art. 35 salvo que me falle, claro).
Un saludo.
01/02/2007 19:48
1º.- Efectivamente, debe comparecer con abogado y procurador, sin que deba remitir antes de ello ningún escrito.

2º.- Desde el día siguiente a aquel en que le hayan notificado la resolución (excluyendo del cómputo sábados, domingos y festivos en la sede del Tribunal).

3º.- La Ley no contempla esa posibilidad, pero puede intentar ver si en el órgano administrativo que remitió el expte al tribunal se han quedado copia del mismo. Al ostentar la condición de interesada, puede acceder a él.

En todo caso, una vez personada, con anterioridad a la formalización de la demanda, se le pondrá de manifiesto el expte.

4º.- Sí.

5º.- Sí, se le tiene por decaída en su derecho.

Salvo mejor opinión.
Comparecer como demandado en recurso
01/02/2007 17:23
Un colegio profesional ha interpuesto un recurso contencioso administrativo contra una norma que regula la acreditación oficial necesaria para realizar una determinada actividad económica.

Acabo de recibir una notificación donde “ de conformidad con el art.49 de la ley 29/1998 de la jurisdiccion contencioso administrativa”, se me remite copia de una resolucion …. Y se me emplaza " para que pueda personarme como demandado en el plazo de nueve días".

Agradeceria que me facilitaran informacion practica sobre como actuar respondiendo a las siguientes preguntas:

1º.- Si deseara comparecer como demandado, al ser el Tribunal Superior de Justicia un organo colegiado, entiendo que debo presentarme con abogado y procurador. ¿Antes de la comparecencia deberia remitir un escrito al tribunal dejando constancia de mi intención?

2º. El plazo de 9 dias,¿ a partir de qué dia ha de contarse?

3º.- ¿Puedo revisar el expediente con carácter previo para tomar una decision?

4º. ¿Podría agruparme con otros interesados para actuar conjuntamente como codemanadados?

5º. Si no deseo comparecer en calidad de demandado ¿pierdo el derecho a hacer alegaciones y a estar al tanto del curso del procedimiento? Si esta fuera la opcion que me interesara y fuera posible, ¿ qué debo presentar al Tribunal ?



Muchas gracias.