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Compatibilidad autónomo con I.T.?

13 Comentarios
 
Compatibilidad autónomo con i.t.?
25/06/2005 15:50
Hola a todos
A ver si alguien me puede ayudar:
Quiero montar una empresa en la que yo seré el único socio. En la empresa trabajará mi hermana contratada. El caso es que me dicen que tengo que darme de alta de autónomo para la empresa.
Yo trabajo por cuenta ajena y actualmente estoy de baja por enfermedad.¿ Es compatible darme de alta de atónomo estando de baja por enfermedad?
Por supuesto que yo no trabajaría en la empresa ni cobraría ni un euro de la empresa, ya que estoy de baja por enfermedad.
Gracias un saludo
25/06/2005 18:19
Hola Rafa. Yo creo que no es el mejor momento y deberías esperar a estar dado de alta. La situación de incapacidad temporal es aquella en la que el trabajador se halla impedido temporalmente para el trabajo y necesita asistencia médica de la Seguridad Social. Si solicitas el alta como trabajador atónomo, podrías tener problemas incluso con la empresa que trabajas, que entienda (y es un signo, el producir tu alta) que estás transgrediendo los deberes de la buena fe y sería consecuencia de despido.

Para la Seguridad Social y para tu empresa, sería poco entendible que estés de baja y solicitando un alta de autónomos durante el periodo. A ellos no les consta, si cobras o no; les consta tu incripción como trabajador autónomo.

Que te vaya bien.
25/06/2005 19:00
Pues yo no le veo ningún problema.

Constituir una empresa es un derecho constitucional que no puede privarse por el hecho de estar en situación de IT.

Es bien sabido que para ser administrador se exige el estar dado de alta de autónomo, pero también lo es que el mero ejercicio del cargo de socio y de administrador no implica relación laboral, por tanto, nada podrá decirle la empresa en la que trabaja actualmente en cuanto a la transgresión de la buena fe contractual.
25/06/2005 19:51
Gracias a los dos. En cuanto a lo que comentas gs Granada, supongo que es fácil demostrar que no cobro nada presentando las cuentas de la empresa.
Donde me puedo informar? En la seguridad social?
26/06/2005 09:37
Te cuento mi caso por si te ayuda
En marzo de 2004 me di de alta en autónomos para lo mismo que tu. Estaba de baja por enfermedad y me dijeron en la seguridad social que no había problema.
Pero el viernes pasado me manda una carta la seguridad social reclamándome el importe percibido desde marzo hasta noviembre, que es cuando me dieron el alta de la enfermedad.
El criterio es que el beneficiario no puede trabajar ni por cuenta propia o ajena.
Pienso recurrir, yo no he trabajado ni he recibido remuneración alguna.
Yo que tú me esperaba a que te dieran el alta médica para evitar más que posibles problemas
26/06/2005 12:41
Pues la verdad es que después de ver las siguientes respuestas -a la mía- tengo la sensación de que se va a realizar un viaje -o quizás se hizo ya- que empezó en Córdoba, por aquello de la denominación del preguntante, que ya estamos en Matalascañas y que terminaremos en Almonte, en el Rocio, viendo por las arenas y los pinos a Chiquito, a la Pantoja y a Julián Muñoz.

Estimados compañeros, uno se puede confundir, si se trata de un alta de autonomos individual, como persona física, o un alta dentro de una jurídica. Pero entiendo también, que sería más fácil que se aportaran inicialmente todos los condicionantes necesarios, de una vez y por todas, para evitar divagaciones y supuestos innecesarios.

A pesar de lo anterior, también nos equivocamos al emitir nuestra opinión. Pero por la voluntad que le ponemos, nuestras respuestas con el supuesto claro, suelen ser rápidas y tener un elevado acierto; sin conocer inicialmente todos los detalles o bajo adivinanzas, lo asimilamos a "milagros" y eso, lo dejamos para más tarde.

Con el respeto debido, que os vaya bien.
26/06/2005 14:48
Perdona GS Granada. Ante todo mis disculpas intenté aportar inicialmente todos los condicionantes de una forma resumida.
¿Entiendo en este último mensaje tuyo que si es para crear una empresa, si podría?
Estoy bastante confundido.
Reitero mis disculpas si no consigo expresarme correctamente.
28/06/2005 13:06
Hola atodos,
Leyendo vuestros mensajes se me ha ocurrido un tema. En la seguridad social no hace falta que te des de alta de autónomo si no participas activamente en la misma y si no percibes ningún tipo de salario ya que no realizas ninguna actividad, pero eso sí, debe haber alguien que controle y dirija la sociedad y en este caso supongo que se dirigirían a tu hermana.
Una persona puede ser socio de cualquier mercantil, pero si meramente es eso, no hace falta que estés dado de alta en ningún régimen.

Pero por lo que respecta a tu consulta en particular, pienso que puedes darte de alta de autónomo aun con independencia de la IT, ya que entiendo que una persona puede participar y constituir una sociedad aun estando de baja. Es el mismo caso que con los jubilados ya que un jubilado puede ser titular sin problemas siempre que no perciba salarios.
Lo que no podrías hacer nunca es pedir que te paguen la IT por el autónomo, pero por lo demás no le veo problema aunque deberías mirar legislación sobre eso.

Un saludo
28/06/2005 18:52
Hola!!

A ver que me estais asustando un poco. ¿Seguro que para ser administrador de una empresa hay que estar dado de alta en autónomos? Si los socios de una SL son 4 y todos son administradores solidarios ¿deben estar todos de alta en autónomos? ¿Aunque exista un trabajador contratado en el régimen general que nada tiene que ver con la administración de ésta?

Salu2.
28/06/2005 19:01
Hola.

Si tu eres el único socio, salvo mejor opinión, la única manera que tienes de evitar la obligacion de estar de alta en autónomos es dando poderes de representacion y direccion a tu hermana empleada.

Saludos
28/06/2005 19:08
Hay que distinguir entre ser administrador y ejercer funciones de dirección o gerencia en la empresa.

Para ser administrador, no hace falta estar dado de alta en autonomos (de hecho una SA, puede ser administrador de otra SA o SL, y no está dada de alta en autonomos), pero siempre que te limites al mero ejercicio de la funcion mercantil. Ahora bien, si diriges la empresa o trabajas en ella, entonces sí.
28/06/2005 19:21
Hola.

EFectivamente, compañero. Pero en el caso, al ser El, el único socio, o delega poderes o no le va a quedar mas remedio que estar de alta en autónomos.

Saludos.
28/06/2005 19:28
Entendido. Salu2 y gracias.
29/12/2017 13:20
Antonioga
Tengo un problema igual al tuyo, y era por saber como acabó tu reclamación y si tuviste que devolver el dinero.

Un saludo, gracias
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Compatibilidad autónomo con i.t.?
25/06/2005 15:50
Hola a todos
A ver si alguien me puede ayudar:
Quiero montar una empresa en la que yo seré el único socio. En la empresa trabajará mi hermana contratada. El caso es que me dicen que tengo que darme de alta de autónomo para la empresa.
Yo trabajo por cuenta ajena y actualmente estoy de baja por enfermedad.¿ Es compatible darme de alta de atónomo estando de baja por enfermedad?
Por supuesto que yo no trabajaría en la empresa ni cobraría ni un euro de la empresa, ya que estoy de baja por enfermedad.
Gracias un saludo
25/06/2005 18:19
Hola Rafa. Yo creo que no es el mejor momento y deberías esperar a estar dado de alta. La situación de incapacidad temporal es aquella en la que el trabajador se halla impedido temporalmente para el trabajo y necesita asistencia médica de la Seguridad Social. Si solicitas el alta como trabajador atónomo, podrías tener problemas incluso con la empresa que trabajas, que entienda (y es un signo, el producir tu alta) que estás transgrediendo los deberes de la buena fe y sería consecuencia de despido.

Para la Seguridad Social y para tu empresa, sería poco entendible que estés de baja y solicitando un alta de autónomos durante el periodo. A ellos no les consta, si cobras o no; les consta tu incripción como trabajador autónomo.

Que te vaya bien.
25/06/2005 19:00
Pues yo no le veo ningún problema.

Constituir una empresa es un derecho constitucional que no puede privarse por el hecho de estar en situación de IT.

Es bien sabido que para ser administrador se exige el estar dado de alta de autónomo, pero también lo es que el mero ejercicio del cargo de socio y de administrador no implica relación laboral, por tanto, nada podrá decirle la empresa en la que trabaja actualmente en cuanto a la transgresión de la buena fe contractual.
25/06/2005 19:51
Gracias a los dos. En cuanto a lo que comentas gs Granada, supongo que es fácil demostrar que no cobro nada presentando las cuentas de la empresa.
Donde me puedo informar? En la seguridad social?
26/06/2005 09:37
Te cuento mi caso por si te ayuda
En marzo de 2004 me di de alta en autónomos para lo mismo que tu. Estaba de baja por enfermedad y me dijeron en la seguridad social que no había problema.
Pero el viernes pasado me manda una carta la seguridad social reclamándome el importe percibido desde marzo hasta noviembre, que es cuando me dieron el alta de la enfermedad.
El criterio es que el beneficiario no puede trabajar ni por cuenta propia o ajena.
Pienso recurrir, yo no he trabajado ni he recibido remuneración alguna.
Yo que tú me esperaba a que te dieran el alta médica para evitar más que posibles problemas
26/06/2005 12:41
Pues la verdad es que después de ver las siguientes respuestas -a la mía- tengo la sensación de que se va a realizar un viaje -o quizás se hizo ya- que empezó en Córdoba, por aquello de la denominación del preguntante, que ya estamos en Matalascañas y que terminaremos en Almonte, en el Rocio, viendo por las arenas y los pinos a Chiquito, a la Pantoja y a Julián Muñoz.

Estimados compañeros, uno se puede confundir, si se trata de un alta de autonomos individual, como persona física, o un alta dentro de una jurídica. Pero entiendo también, que sería más fácil que se aportaran inicialmente todos los condicionantes necesarios, de una vez y por todas, para evitar divagaciones y supuestos innecesarios.

A pesar de lo anterior, también nos equivocamos al emitir nuestra opinión. Pero por la voluntad que le ponemos, nuestras respuestas con el supuesto claro, suelen ser rápidas y tener un elevado acierto; sin conocer inicialmente todos los detalles o bajo adivinanzas, lo asimilamos a "milagros" y eso, lo dejamos para más tarde.

Con el respeto debido, que os vaya bien.
26/06/2005 14:48
Perdona GS Granada. Ante todo mis disculpas intenté aportar inicialmente todos los condicionantes de una forma resumida.
¿Entiendo en este último mensaje tuyo que si es para crear una empresa, si podría?
Estoy bastante confundido.
Reitero mis disculpas si no consigo expresarme correctamente.
28/06/2005 13:06
Hola atodos,
Leyendo vuestros mensajes se me ha ocurrido un tema. En la seguridad social no hace falta que te des de alta de autónomo si no participas activamente en la misma y si no percibes ningún tipo de salario ya que no realizas ninguna actividad, pero eso sí, debe haber alguien que controle y dirija la sociedad y en este caso supongo que se dirigirían a tu hermana.
Una persona puede ser socio de cualquier mercantil, pero si meramente es eso, no hace falta que estés dado de alta en ningún régimen.

Pero por lo que respecta a tu consulta en particular, pienso que puedes darte de alta de autónomo aun con independencia de la IT, ya que entiendo que una persona puede participar y constituir una sociedad aun estando de baja. Es el mismo caso que con los jubilados ya que un jubilado puede ser titular sin problemas siempre que no perciba salarios.
Lo que no podrías hacer nunca es pedir que te paguen la IT por el autónomo, pero por lo demás no le veo problema aunque deberías mirar legislación sobre eso.

Un saludo
28/06/2005 18:52
Hola!!

A ver que me estais asustando un poco. ¿Seguro que para ser administrador de una empresa hay que estar dado de alta en autónomos? Si los socios de una SL son 4 y todos son administradores solidarios ¿deben estar todos de alta en autónomos? ¿Aunque exista un trabajador contratado en el régimen general que nada tiene que ver con la administración de ésta?

Salu2.
28/06/2005 19:01
Hola.

Si tu eres el único socio, salvo mejor opinión, la única manera que tienes de evitar la obligacion de estar de alta en autónomos es dando poderes de representacion y direccion a tu hermana empleada.

Saludos
28/06/2005 19:08
Hay que distinguir entre ser administrador y ejercer funciones de dirección o gerencia en la empresa.

Para ser administrador, no hace falta estar dado de alta en autonomos (de hecho una SA, puede ser administrador de otra SA o SL, y no está dada de alta en autonomos), pero siempre que te limites al mero ejercicio de la funcion mercantil. Ahora bien, si diriges la empresa o trabajas en ella, entonces sí.
28/06/2005 19:21
Hola.

EFectivamente, compañero. Pero en el caso, al ser El, el único socio, o delega poderes o no le va a quedar mas remedio que estar de alta en autónomos.

Saludos.
28/06/2005 19:28
Entendido. Salu2 y gracias.
29/12/2017 13:20
Antonioga
Tengo un problema igual al tuyo, y era por saber como acabó tu reclamación y si tuviste que devolver el dinero.

Un saludo, gracias