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Compatibilidad de pensiones

1 Comentarios
 
Compatibilidad de pensiones
14/10/2019 11:05
He prestado 38 años de servicio al Estado, 8 años primeros como funcionario cotizando en el Régimen General de la Seg. Social y 30 años a continuación en el Régimen de Clases Pasivas, en el que me he jubilado a los 65 años, calculándoseme la base reguladora de la pensión en función de la categoría que he ostentando en el Cuerpo administrativo en los últimos 35 años, según mi hoja de servicio.
Tengo aparte otros 30 años de servicio, a jornada parcial, en una empresa privada. Cuando solicito pensión por ellos, me contesta la Seg. social, denegándomela porque los 8 años de funcionarios me la hacen incompatible según el RD 691/91, art. 4 y 5.
¿Hay alguna vía para hacer que esos 8 años de servicios al estado, no se consideren aplicables dentro del RD 691/91, del computo reciproco?.
Gracias.
19/10/2019 19:38
glo5
Hola. No soy experto en jubilaciones de funcionarios pero imagino que para el cálculo de tu pensión por clases pasivas han tenido en cuenta los años cotizados en el régimen general debido al cómputo recíproco de cotizaciones.
Ahora bien no tienes derecho a pedir dos pensiones pues únicamente existe la posibilidad de cobrar dos pensiones de jubilación si se han cotizados superpuestamente, es decir, cotizando en el mismo período de tiempo en dos regímenes ( por ejemplo haber cotizado al mismo tiempo en el régimen general y en el régimen de autónomos y en ambos se cumplen todos los requisitos para la jubilación) .
Si no te han computado los años del régimen general debes reclamar en Clases Pasivas.
Saludos.
Compatibilidad de pensiones | PorticoLegal
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Compatibilidad de pensiones
14/10/2019 11:05
He prestado 38 años de servicio al Estado, 8 años primeros como funcionario cotizando en el Régimen General de la Seg. Social y 30 años a continuación en el Régimen de Clases Pasivas, en el que me he jubilado a los 65 años, calculándoseme la base reguladora de la pensión en función de la categoría que he ostentando en el Cuerpo administrativo en los últimos 35 años, según mi hoja de servicio.
Tengo aparte otros 30 años de servicio, a jornada parcial, en una empresa privada. Cuando solicito pensión por ellos, me contesta la Seg. social, denegándomela porque los 8 años de funcionarios me la hacen incompatible según el RD 691/91, art. 4 y 5.
¿Hay alguna vía para hacer que esos 8 años de servicios al estado, no se consideren aplicables dentro del RD 691/91, del computo reciproco?.
Gracias.
19/10/2019 19:38
glo5
Hola. No soy experto en jubilaciones de funcionarios pero imagino que para el cálculo de tu pensión por clases pasivas han tenido en cuenta los años cotizados en el régimen general debido al cómputo recíproco de cotizaciones.
Ahora bien no tienes derecho a pedir dos pensiones pues únicamente existe la posibilidad de cobrar dos pensiones de jubilación si se han cotizados superpuestamente, es decir, cotizando en el mismo período de tiempo en dos regímenes ( por ejemplo haber cotizado al mismo tiempo en el régimen general y en el régimen de autónomos y en ambos se cumplen todos los requisitos para la jubilación) .
Si no te han computado los años del régimen general debes reclamar en Clases Pasivas.
Saludos.