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02/03/2007 11:21
EL CONVENIO DICE QUE EN SITUACION DE IT, EL TRABAJADOR PERCIBIRA EL 100% DEL SALARIO REAL, TOMANDO COMO BASE PARA SU CALCULO EL MES ANTRIOR A LA BAJA POR IT.
- En mi opinión, si el texto no es mas explícito, solo debería asegurarsele que en los meses que está de baja va a cobrar exactamente igual que si trabajase. Pero no le garantizaría el valor de las pagas al 100%, por lo que le haria el descuento de paga por los dias de IT. Hay convenios que garantizan el 100% de la base de cotizacion, pero no creo que dos conceptos diferente indiquen lo mismo.

me gustaría saber vuestra opinion, puesto que tengo discrepancia con el trabajador, y tengo una inspeccion de trabajo por este tema.
gracias
02/03/2007 11:58
A mí me surgió ese mismo caso una vez y lo que hice fue ponerme en contacto con la comisión paritaria del convenio. La respuesta, te la puedes imaginar. El caso es que yo estaba de acuerdo con ellos: el 100% es el 100%, incluyendo las pagas extras.

Busqué jurisprudencia y no encontré nada.

No sé si alguien puede aportar algo más.

Saludos.
02/03/2007 12:16
¿La repuesta de la comision paritaria fue la misma, por parte de la representacion sindical que la de la empresa?
estoy buscando la formula de ponerme en contacto con la comision paritaria de agencias de viajes pero no se como
02/03/2007 12:26
En mi caso, yo era el asesor. Mi cliente (empresa) no estaba de acuerdo conmigo y le preguntamos a la comisión paritaria.

Cógete el convenio, mira si la comisión paratiria ha fijado una sede a efectos de notificaciones. Si no, llámate a cualquiera de las asociaciones firmantes del mismo y le comentas el caso. Diles que les quieres formular la pregunta por escrito y que a dónde la puedes dirigir.

Pero te reitero que para mi 100% es todo, incluyendo pagas.
Saludos.
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EL CONVENIO DICE QUE EN SITUACION DE IT, EL TRABAJADOR PERCIBIRA EL 100% DEL SALARIO REAL, TOMANDO COMO BASE PARA SU CALCULO EL MES ANTRIOR A LA BAJA POR IT.
- En mi opinión, si el texto no es mas explícito, solo debería asegurarsele que en los meses que está de baja va a cobrar exactamente igual que si trabajase. Pero no le garantizaría el valor de las pagas al 100%, por lo que le haria el descuento de paga por los dias de IT. Hay convenios que garantizan el 100% de la base de cotizacion, pero no creo que dos conceptos diferente indiquen lo mismo.

me gustaría saber vuestra opinion, puesto que tengo discrepancia con el trabajador, y tengo una inspeccion de trabajo por este tema.
gracias
02/03/2007 11:58
A mí me surgió ese mismo caso una vez y lo que hice fue ponerme en contacto con la comisión paritaria del convenio. La respuesta, te la puedes imaginar. El caso es que yo estaba de acuerdo con ellos: el 100% es el 100%, incluyendo las pagas extras.

Busqué jurisprudencia y no encontré nada.

No sé si alguien puede aportar algo más.

Saludos.
02/03/2007 12:16
¿La repuesta de la comision paritaria fue la misma, por parte de la representacion sindical que la de la empresa?
estoy buscando la formula de ponerme en contacto con la comision paritaria de agencias de viajes pero no se como
02/03/2007 12:26
En mi caso, yo era el asesor. Mi cliente (empresa) no estaba de acuerdo conmigo y le preguntamos a la comisión paritaria.

Cógete el convenio, mira si la comisión paratiria ha fijado una sede a efectos de notificaciones. Si no, llámate a cualquiera de las asociaciones firmantes del mismo y le comentas el caso. Diles que les quieres formular la pregunta por escrito y que a dónde la puedes dirigir.

Pero te reitero que para mi 100% es todo, incluyendo pagas.
Saludos.