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Componentes salariales del finiquito

2 Comentarios
 
Componentes salariales del finiquito
29/10/2003 19:35
Compañeros/as tengo una duda al respecto:

El caso es que mi empresa va a despedir con efectos del 4 de noviembre del presente a un empleado.

Claro esta yo le tengo preparada la liquidación, (Salario + p.p. paga extra navidad + p.p. vacaciones no disfrutada).

No obstante, como es un caso de despido disciplianario (la empresa le va a entregar la carta el mismo dia 4 de Noviembre con efectos extintivos a partir del 4 de Noviembre del 2003), la empresa desea llegar a un acuerdo con el trabajador en el que este acepte la indemnización por despido disciplinario (45 dias salario por año de servicio), ya que se reconoce la improcedencia del mismo, y todo ello para evitar el depósito en el juzgado de la indemnizacion en plazo de 48 horas y que no se devenguen salarios de tramitación.

La empresa es de construcción, tiene un finiquito normalizado, como no se si se va a llegar a un acuerdo ¿ que pongo en el finiquito?, el salario mas la parte proporcional de paga extraordinaria y vacaciones ptes de disfrutar, y si acepta la indemnizacion por despido ¿hago otro documento de finiquito por la indemnizacion por despido solamente?.

Claro esta, si yo supiese que el trabajador acepta sin problema por haria un finiquito conjunto SALARIO + P.P. PAGA + VACACIONES + INDEMNIZACION DESPIDO.

Mi pregunta es ¿cabe la posibilidad de hacer 2 finiquitos?

1--- salario + paga+ vacaciones

2 --- indemnizacion por despido (siempre que acepte y no haya que hacer el depósito en el juzgado)

Muchas gracias, me gustaria que me digais vuestras opiniones
29/10/2003 23:17
En la carta de despido se pueden incluir los dos conceptos con sus cuantías,y posteriormente confeccionar una liquidación con el finiquito aparte y la indemnización con un recibí, si firma, o con depósito si no lo hace. Yo entiendo que el finiquito propiamente dicho (no hay dos finiquitos) debe ir en documento aparte.
De todas formas por suerte para mí, no tengo la menor experiencia en despedir trabajadores (aunque sí en destruir puestos de trabajo y empresas) por lo que algún compañero más práctico podrá aclararlo.
30/10/2003 16:10
Es obvio que vas a negociar con el trabajador. en esa negociación se van a dar dos situaciones:

a) El trabajador acepta. Tendrás que confeccionar un documento por el cual el cual la empresa reconoce la improcedencia del despido, y ofrece tanto de indemnización y tanto de liquidacón y finiquito y en el que eltrabajador manifiesta su conformidad con ambas cantidades y declara extinguida la relación laboral. En este caso, lo mas práctico en mi opiniónes hacer una nómina con todos los conceptos del finiquito y una linea mas con la indemnización (exenta de tributar y cotizar.)

b) El trabajador no está conforme: Necesariamente si quieres evitar salarios de tramitación tienes que depositar en 48 horas el importe de la indemnización y el reconocimiento de la improcedencia en el Juzgado y comunicar al trabajador tal depósito. En ese caso, a mi me parece mas práctico, hacer un documento con la liquidación de cuentas y finiquito que ya pasará a cobrar el trabajador cunado quiera y en otro documento/os tienes el jsutificante de pago de la indemnización (además de la carta que te sella el Juzgado y a la que unes el justificante de depósito, el Juzgado te comunica el cobro de la indemnización por parte del trabajador.)

No se si esto te ayuda en algo.
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29/10/2003 19:35
Compañeros/as tengo una duda al respecto:

El caso es que mi empresa va a despedir con efectos del 4 de noviembre del presente a un empleado.

Claro esta yo le tengo preparada la liquidación, (Salario + p.p. paga extra navidad + p.p. vacaciones no disfrutada).

No obstante, como es un caso de despido disciplianario (la empresa le va a entregar la carta el mismo dia 4 de Noviembre con efectos extintivos a partir del 4 de Noviembre del 2003), la empresa desea llegar a un acuerdo con el trabajador en el que este acepte la indemnización por despido disciplinario (45 dias salario por año de servicio), ya que se reconoce la improcedencia del mismo, y todo ello para evitar el depósito en el juzgado de la indemnizacion en plazo de 48 horas y que no se devenguen salarios de tramitación.

La empresa es de construcción, tiene un finiquito normalizado, como no se si se va a llegar a un acuerdo ¿ que pongo en el finiquito?, el salario mas la parte proporcional de paga extraordinaria y vacaciones ptes de disfrutar, y si acepta la indemnizacion por despido ¿hago otro documento de finiquito por la indemnizacion por despido solamente?.

Claro esta, si yo supiese que el trabajador acepta sin problema por haria un finiquito conjunto SALARIO + P.P. PAGA + VACACIONES + INDEMNIZACION DESPIDO.

Mi pregunta es ¿cabe la posibilidad de hacer 2 finiquitos?

1--- salario + paga+ vacaciones

2 --- indemnizacion por despido (siempre que acepte y no haya que hacer el depósito en el juzgado)

Muchas gracias, me gustaria que me digais vuestras opiniones
29/10/2003 23:17
En la carta de despido se pueden incluir los dos conceptos con sus cuantías,y posteriormente confeccionar una liquidación con el finiquito aparte y la indemnización con un recibí, si firma, o con depósito si no lo hace. Yo entiendo que el finiquito propiamente dicho (no hay dos finiquitos) debe ir en documento aparte.
De todas formas por suerte para mí, no tengo la menor experiencia en despedir trabajadores (aunque sí en destruir puestos de trabajo y empresas) por lo que algún compañero más práctico podrá aclararlo.
30/10/2003 16:10
Es obvio que vas a negociar con el trabajador. en esa negociación se van a dar dos situaciones:

a) El trabajador acepta. Tendrás que confeccionar un documento por el cual el cual la empresa reconoce la improcedencia del despido, y ofrece tanto de indemnización y tanto de liquidacón y finiquito y en el que eltrabajador manifiesta su conformidad con ambas cantidades y declara extinguida la relación laboral. En este caso, lo mas práctico en mi opiniónes hacer una nómina con todos los conceptos del finiquito y una linea mas con la indemnización (exenta de tributar y cotizar.)

b) El trabajador no está conforme: Necesariamente si quieres evitar salarios de tramitación tienes que depositar en 48 horas el importe de la indemnización y el reconocimiento de la improcedencia en el Juzgado y comunicar al trabajador tal depósito. En ese caso, a mi me parece mas práctico, hacer un documento con la liquidación de cuentas y finiquito que ya pasará a cobrar el trabajador cunado quiera y en otro documento/os tienes el jsutificante de pago de la indemnización (además de la carta que te sella el Juzgado y a la que unes el justificante de depósito, el Juzgado te comunica el cobro de la indemnización por parte del trabajador.)

No se si esto te ayuda en algo.