Muy buenas, Me gustaria saber si en los tribunales constituidos para una oposición de policias locales pueden formar parte como presidente del mismo un concejal de seguridad ciudadana . Haber si alguien me puede contestar ya que tengo esa duda despues de los establecido en ART.60.2 de la ley 7/2007 EBEB. GRACIAS
consulta también la ley de coordinación de policías locales de tu comunidad, cualquier reglamento que la regules al respecto así como órdenes de la consejería que regule el tema de policías locales. y si quieres solucionarlo pega algún telefonazo a algún sindicato relacionado o algún organismo.