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compra de inmuebles por extranjero

6 Comentarios
 
18/12/2006 18:43
Pásate por la oficina liquidadora y pregúntalo directamente, pues insisto en que no hay solución, es "la pescadilla que se muerde la cola"; sin NIE no hay Escritura, y sin Escritura no hay NIE; coméntalo en la Notaría o en la oficina liquidadora.
18/12/2006 15:45
El cliente ruso tiene un contrato privado de compraventa del mes de junio. Quedaron con la otra parte en escriturarlo ahora (era una promoción no terminada), y en aquella fecha no se pedía NIE previo a la formalización del contrato, sino que con la escritura se podía solicitar el NIE (era un justificante muy lógico). AhorA nos encontramos a una semana de la firma ante notario que sin NIE no puede hacer nada. Si el conntrato privado no le sirve de justificante para obtener NIE, y el contrato ante notario no lo puede hacer sin NIE ¿qué se puede hacer? tal vez una carta notarial a la policía explicando y solicitando NIE? o que el notario se "enrolle" y deje firmar a la espera de nº NIE?
Necesito ayuda chic@s!!!
15/12/2006 14:01
Precisamente mis clientes son rusos. Vienen el miércoles a firmar una compraventa y resulta que la policía de Barcelona no acepta los contratos privados como justificante!! Sin embargo otras localidades sí los aceptan, PERO queda la decisión en manos del Comisario de policía, que resuelve discreccionalmente. Imagínate, los clientes quieren hacer todo bien, sobre todo cumplir escrupulosamente en materia fiscal, y se encuentran con trabas absurdas. Me han dicho que pueden solicitar ellos mismos el NIE a través del consulado español en Moscú, pero como se lo diga a los clientes se van a reir en mi cara, porque tienen cosas mejores que hacer!!! Al final lo que haremos será que en cuanto lleguen, acudamos a una notaría, dar poderes y yo acudir a la poli con fotocopias compulsadas de pasaportes, fotos, poderes y...CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA. Supongo que tendré que ser encantador con el comisario (si me recibe). La única ventaja que tengo es que puedo llamar al consulado o a la embajada y que se peleen ellos. En fin....vivir para ver
14/12/2006 13:06
En cuanto a presentar un contrato privado, no veo problema alguno, ya que (por lo menos en esta zona), se firma un contrato privado y posteriormente se va a la Notaría (la poli tarda aprox. 15 días en darte el NIE).

Si no se ha firmado el contrato privado, lógicamente se tendría que aportar un contrato privado realizado "ad hoc" pero no veo que se cree perjuicio alguno a la administración, puesto que estamos hablando, en todo caso, de ciudadanos comunitarios.

A mí personalmente el NIE me parece una gilipollez o "la pescadilla que se muerde la cola".

Es un número que ÚNICAMENTE sirve para pagar impuestos ya que no es identificativo, ni permite la residencia, etc..., pero que para pedirlo tela marinera, tienes que ir a la poli personalmente, presentar mazo de documentación (fotos, impresos, autorización para recojerlo, etc...) y de vez en cuando no te lo dan.

Problema aparte me merecen los no comunitarios; tengo un Ruso que prestó una pasta a un cliente, he realizado contrato privado de préstamo sin intereses, y en la liquidadora no me lo liquidan por que el Ruso no tiene NIE, y resulta IMPOSIBLE obtenérselo, ya que no tiene propiedades en España, ¿cómo te lo explicas?

En cuanto al tema de extranjería, el NIE no permite residencia ni nada por el estilo, por lo que no veo en qué puede favorecer la obtención de residencias, máxime cuando en España te puedes empadronar simplemente yendo al Ayuntamiento y diciendo "aquí estoy".

Saludos
14/12/2006 12:58
muchas gracias guarromán. tiene mucha lógica lo que dices. A ver si los chicos de hacienda me confirman esta solución. Y no ves aquí la posibilidad de llegar a un fraude de ley? imagina contrato privado (simulado), solicitud de nie, concesión y posterior desistimiento del contrato de compraventa. Se estaría bordeando el ámbito de la ley de extranjería,, y con interpretaciones interesadas se puede abrir una nueva vía para trámites de permiso de trabajo o residencia. Es una opinión personal y no muy meditada, es algo que se me acaba de plantear, por tanto pido disculpas anticipadas, por mezclar el tocino con la velocidad.
14/12/2006 12:33
Hace un par de meses que en la Notaría te exigen el NIE para firmar tanto compraventas como herencias, donaciones, etc...

Para obtener el NIE necesitas presentar en la Policía un contrato de compraventa privado o de arrendamiento.

Lo que yo he hecho en alguna ocasión es realizar un contrato de compraventa privado o de arrendamiento privado.

El prolema viene cuando el comprador es NO EUROPEO, ya que únicamente puede obtener el NIE mediante aportación a la Policía de la Escritura de compraventa.

Solución para un NO europeo, no hay ninguna, al igual que para un fallecido sin NIE; en las herencias, te solicitan el NIE incluso del fallecido, y si éste no tenía NIE, tienes que montar una película en la Liquidadora central para que te den una clave especial y un rollo.

Yo consultaría más que en la Notaría en la oficina liquidadora del impuesto de transmisiones, para ver qué solución te dan, no obstante, si el ciudadano es comunitario, con un simple contrato privado de compraventa o de arrendamiento te lo conceden.
Compra de inmuebles por extranjero
14/12/2006 12:18
No sé si planterar esta duda en civil o en administrativo, pero en fin, ahí va: me han comentado que hasta hace unas pocas semanas cuando un extranjero compraba inmuebles en España, automáticamente se le concedía NIE, (imagino que a efectos fiscales), pero que hay una nueva regulación que impone la necesidad para el extranjero que quiere comprar bienes inmuebles en España de obtener previamente el NIE. Me parece otra de esas contradicciones (como en la ley de extranjería), que no tiene mucho sentido (o sí, depende de los términos exactos de esta supuesta nueva regulación). Alguién me puede decir algo al respecto? Agradecería alguna orientación rápida, pues es un asunto importante para mi empresa y en las notarías que he preguntado no tienen ni idea.
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18/12/2006 18:43
Pásate por la oficina liquidadora y pregúntalo directamente, pues insisto en que no hay solución, es "la pescadilla que se muerde la cola"; sin NIE no hay Escritura, y sin Escritura no hay NIE; coméntalo en la Notaría o en la oficina liquidadora.
18/12/2006 15:45
El cliente ruso tiene un contrato privado de compraventa del mes de junio. Quedaron con la otra parte en escriturarlo ahora (era una promoción no terminada), y en aquella fecha no se pedía NIE previo a la formalización del contrato, sino que con la escritura se podía solicitar el NIE (era un justificante muy lógico). AhorA nos encontramos a una semana de la firma ante notario que sin NIE no puede hacer nada. Si el conntrato privado no le sirve de justificante para obtener NIE, y el contrato ante notario no lo puede hacer sin NIE ¿qué se puede hacer? tal vez una carta notarial a la policía explicando y solicitando NIE? o que el notario se "enrolle" y deje firmar a la espera de nº NIE?
Necesito ayuda chic@s!!!
15/12/2006 14:01
Precisamente mis clientes son rusos. Vienen el miércoles a firmar una compraventa y resulta que la policía de Barcelona no acepta los contratos privados como justificante!! Sin embargo otras localidades sí los aceptan, PERO queda la decisión en manos del Comisario de policía, que resuelve discreccionalmente. Imagínate, los clientes quieren hacer todo bien, sobre todo cumplir escrupulosamente en materia fiscal, y se encuentran con trabas absurdas. Me han dicho que pueden solicitar ellos mismos el NIE a través del consulado español en Moscú, pero como se lo diga a los clientes se van a reir en mi cara, porque tienen cosas mejores que hacer!!! Al final lo que haremos será que en cuanto lleguen, acudamos a una notaría, dar poderes y yo acudir a la poli con fotocopias compulsadas de pasaportes, fotos, poderes y...CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA. Supongo que tendré que ser encantador con el comisario (si me recibe). La única ventaja que tengo es que puedo llamar al consulado o a la embajada y que se peleen ellos. En fin....vivir para ver
14/12/2006 13:06
En cuanto a presentar un contrato privado, no veo problema alguno, ya que (por lo menos en esta zona), se firma un contrato privado y posteriormente se va a la Notaría (la poli tarda aprox. 15 días en darte el NIE).

Si no se ha firmado el contrato privado, lógicamente se tendría que aportar un contrato privado realizado "ad hoc" pero no veo que se cree perjuicio alguno a la administración, puesto que estamos hablando, en todo caso, de ciudadanos comunitarios.

A mí personalmente el NIE me parece una gilipollez o "la pescadilla que se muerde la cola".

Es un número que ÚNICAMENTE sirve para pagar impuestos ya que no es identificativo, ni permite la residencia, etc..., pero que para pedirlo tela marinera, tienes que ir a la poli personalmente, presentar mazo de documentación (fotos, impresos, autorización para recojerlo, etc...) y de vez en cuando no te lo dan.

Problema aparte me merecen los no comunitarios; tengo un Ruso que prestó una pasta a un cliente, he realizado contrato privado de préstamo sin intereses, y en la liquidadora no me lo liquidan por que el Ruso no tiene NIE, y resulta IMPOSIBLE obtenérselo, ya que no tiene propiedades en España, ¿cómo te lo explicas?

En cuanto al tema de extranjería, el NIE no permite residencia ni nada por el estilo, por lo que no veo en qué puede favorecer la obtención de residencias, máxime cuando en España te puedes empadronar simplemente yendo al Ayuntamiento y diciendo "aquí estoy".

Saludos
14/12/2006 12:58
muchas gracias guarromán. tiene mucha lógica lo que dices. A ver si los chicos de hacienda me confirman esta solución. Y no ves aquí la posibilidad de llegar a un fraude de ley? imagina contrato privado (simulado), solicitud de nie, concesión y posterior desistimiento del contrato de compraventa. Se estaría bordeando el ámbito de la ley de extranjería,, y con interpretaciones interesadas se puede abrir una nueva vía para trámites de permiso de trabajo o residencia. Es una opinión personal y no muy meditada, es algo que se me acaba de plantear, por tanto pido disculpas anticipadas, por mezclar el tocino con la velocidad.
14/12/2006 12:33
Hace un par de meses que en la Notaría te exigen el NIE para firmar tanto compraventas como herencias, donaciones, etc...

Para obtener el NIE necesitas presentar en la Policía un contrato de compraventa privado o de arrendamiento.

Lo que yo he hecho en alguna ocasión es realizar un contrato de compraventa privado o de arrendamiento privado.

El prolema viene cuando el comprador es NO EUROPEO, ya que únicamente puede obtener el NIE mediante aportación a la Policía de la Escritura de compraventa.

Solución para un NO europeo, no hay ninguna, al igual que para un fallecido sin NIE; en las herencias, te solicitan el NIE incluso del fallecido, y si éste no tenía NIE, tienes que montar una película en la Liquidadora central para que te den una clave especial y un rollo.

Yo consultaría más que en la Notaría en la oficina liquidadora del impuesto de transmisiones, para ver qué solución te dan, no obstante, si el ciudadano es comunitario, con un simple contrato privado de compraventa o de arrendamiento te lo conceden.
Compra de inmuebles por extranjero
14/12/2006 12:18
No sé si planterar esta duda en civil o en administrativo, pero en fin, ahí va: me han comentado que hasta hace unas pocas semanas cuando un extranjero compraba inmuebles en España, automáticamente se le concedía NIE, (imagino que a efectos fiscales), pero que hay una nueva regulación que impone la necesidad para el extranjero que quiere comprar bienes inmuebles en España de obtener previamente el NIE. Me parece otra de esas contradicciones (como en la ley de extranjería), que no tiene mucho sentido (o sí, depende de los términos exactos de esta supuesta nueva regulación). Alguién me puede decir algo al respecto? Agradecería alguna orientación rápida, pues es un asunto importante para mi empresa y en las notarías que he preguntado no tienen ni idea.