¿Qué diferencia existe a la hora de una compra-venta de un vehículo entre particulares si el vehículo que se vende está a nombre de una empresa?. ¿En este caso el contrato de compra-venta es diferente al que se utilizaría cuando la venta se produce entre dos personas físicas?. Ya estaba ultimando todo para comprar el vehículo, y ahora me entero que está a nombre de una sociedad. Por el desconocimiento sobre este tema ahora me da miedo por si la transacción puede complicarse. ¿Qué tipo de información o documentación debería pedirle a la persona que vende el coche? Al estar a nombre de una empresa, ¿La persona que formaliza el contrato tiene que ser necesariamente el gerente o puede ser otra persona?. Agradecería vuestra ayuda porque no sé como hacerlo. Gracias de antemano por vuestra atención.
La operación a priori no debería ser distinta. La firma en este caso debería realizarla el administrador o apoderado de la sociedad (cualquier persona que esté legalmente dotada para representar en su nombre a la sociedad).
La sociedad debería emitir la correspondiente factura con impuestos y luego ellos ya se encargarán de sus obligaciones tributarias.