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Comprar piso vpo de segunda mano Andalucía

8 Comentarios
 
Comprar piso vpo de segunda mano andalucía
06/08/2015 05:04
El primer propietario de un piso vpo que lleva viviendo en él desde hace más de 10 años, quiere vendérselo a un familiar mío soltero. Sé que existen unas limitaciones para estas operaciones de compraventa VPO, pero el vendedor parece sincero y manifiesta que ya es posible hacer la operación dado el tiempo transcurrido. Mi pregunta es si el familiar puede incurrir en algún tipo de sanción al comprarlo y si está obligado a las mismas obligaciones y limitaciones que el primer propietario vendedor.
Ruego no me digan que consulte en la Junta, porque casi nunca dan información exacta sobre este tema, dado que cada plan trienial cambia la legislación. Quieren hacer la operación legalmente, pero temen que luego vengan la complicaciones para ellos.
Se ruega y acepta cualquier indicación y sugerencia que nos lleve por el camino mas seguro o bien se nos indique algún foro que pueda aportar informacion fidedigna. El vendedor, padre de familia, necesita vender por debajo de la tasación oficial que en su día la Junta le hizo al entregarle el piso, para irse a otra ciudad por motivos detrabajo. O sea, que no vende para lucrarse. Mi familiar es soltero, mileurista y trabaja en la localidad donde está el piso, pero no puede asegurar que vaya a vivir en la misma más de 10 años, si llegan a despedirlo. Así están hoy las cosas.
Gracias a quien pueda ayudar.
06/08/2015 16:06
depende al plan de vivienda que este acogido, lo normal son 10 años
Lo mas seguro es ir a la Consejeria de la Vivienda correspondiente y asi te aseguras.
Por ellos no hay problema que se les pregunte , es mas ,que te den la norma exacta sobre esa vivienda y asi no meteis la pata.
09/08/2015 19:22
Gracias, Majo. Lo que pasa es que se dice que algún empleado de los informantes toma nota y cuando pretendes hacer la operación de compraventa o alquiler particular te la paralizan por derecho de la Junta al retracto.
09/08/2015 20:41
El derecho de retracto es una opción que se puede ejercer, que no es seguro que se ejerza, que tiene su límite temporal y sus condiciones, y que en absoluto puede desafiar la ley, por mucho que sea la Junta de Andalucía (una Administración particularmente ineficiente y despilfarradora).
Si usted quiere comprar una vivienda, vaya a notaría y pregunte qué necesita. Ahí le dirán si hace falta un certificado de descalificación, un documento complementario o sencillamente nada. Haga su compraventa después e inscríbala. Ni se preocupe de la Junta; no van a retractar, y si lo hacen, recuperará usted su dinero. Eso sí: para retractar disponen de 9 días desde que la finca esté inscrita.
10/08/2015 00:23
Deberá primero el propietario actual, proceder a la descalificación de la vivienda.
10/08/2015 02:04
Según el actual propietario no se puede descalificar hasta que no pasen otros 5 ó 10 años más porque si se hace ahora tendría él que devolver las bonificaciones en intereses que la junta le concedió, porque, según, no recibió cantidad alguna por otro concepto. Algo me habla de hacer ante notario un contrato privado hasta que se cumpla el plazo para poder. También habla de que la Junta no tiene dinero ahora para retracto ninguno. Ahora bien, si ahora se le entrega a él la cantidad que pretende, es decir, 33.000 euros y seguir pagando mi familiar los recibos mensuales de la hipoteca que quedan hasta que se acaben.
Yo creo, Grisolía, y estoy de acuerdo con sus opiniones sobre la pésima gestión de la JUnta, pero si por lo que sea, en ese plazo de tiempo, al propietario, a su mujer o a mi familiar le curre alguna enfermedad que le incapacite, ¿cómo se podrá concluir la operación compraventa?
Vuelvo a decir que el propietario y su mujer parecen buena gente y necesitan vender a casi la mitad del valor inicial para poderse ir a otro lugar a buscarse la vida. Mi familiar vive de alquiler y le interesaría comprar pues ese dinero del alquiler lo aplicaría a pagar ,los recibos de la hipoteca pendiente.
¿Qué tal lo veis u opináis? Gracias a todos.
10/08/2015 13:09
Menudo muerto le quieren endosar.
10/08/2015 17:20
No existen los documentos notariales privados, pues precisamente el notario confiere carácter público a todo documento que se otorga en notaría. El hecho de que una vivienda sea de VPO no significa que no se pueda vender e inscribir la venta, por lo que se le reitera que vaya a notaría y pregunte qué necesitan. Quizás les valga con la notificación a la Junta de que van a realizar la compraventa, y la posterior notificación de que se ha realizado. No se obstine en trazar la operación sin consultar, porque en este género de asuntos la cosa depende de si su pariente es familia numerosa, parado de larga duración, el dueño se ha divorciado...hágame caso y monte la escritura con lo que le pidan. Si definitivamente no se puede hacer, olvídese de andar con papeles privados por muy barata que se la vendan. Dice usted que el vendedor parece buena persona, que es el último de los criterios que puede seguir para hacer un negocio. Toda esa tralla del "necesito vender y por eso te la vendo tan barata" oculta siempre una mala (y real) intención.
10/08/2015 18:01
Mi familiar es soltero, es mileurista pero ya se sabe que, hoy en día, en la empresa privada te dejan parado cuando quieren. Ese es el temor principal porque el precio del piso está bien y le fué concedido a una familia numerosa que ya no lo es porque dos hijos se han emancipado, pero si mi familiar se queda parado y tiene que vender el piso se verá con las mismas dificultades que el actual propietario.
Tomo nota y lo traslado a mi familiar. Gracias de verdad por los consejos. Saludos
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06/08/2015 05:04
El primer propietario de un piso vpo que lleva viviendo en él desde hace más de 10 años, quiere vendérselo a un familiar mío soltero. Sé que existen unas limitaciones para estas operaciones de compraventa VPO, pero el vendedor parece sincero y manifiesta que ya es posible hacer la operación dado el tiempo transcurrido. Mi pregunta es si el familiar puede incurrir en algún tipo de sanción al comprarlo y si está obligado a las mismas obligaciones y limitaciones que el primer propietario vendedor.
Ruego no me digan que consulte en la Junta, porque casi nunca dan información exacta sobre este tema, dado que cada plan trienial cambia la legislación. Quieren hacer la operación legalmente, pero temen que luego vengan la complicaciones para ellos.
Se ruega y acepta cualquier indicación y sugerencia que nos lleve por el camino mas seguro o bien se nos indique algún foro que pueda aportar informacion fidedigna. El vendedor, padre de familia, necesita vender por debajo de la tasación oficial que en su día la Junta le hizo al entregarle el piso, para irse a otra ciudad por motivos detrabajo. O sea, que no vende para lucrarse. Mi familiar es soltero, mileurista y trabaja en la localidad donde está el piso, pero no puede asegurar que vaya a vivir en la misma más de 10 años, si llegan a despedirlo. Así están hoy las cosas.
Gracias a quien pueda ayudar.
06/08/2015 16:06
depende al plan de vivienda que este acogido, lo normal son 10 años
Lo mas seguro es ir a la Consejeria de la Vivienda correspondiente y asi te aseguras.
Por ellos no hay problema que se les pregunte , es mas ,que te den la norma exacta sobre esa vivienda y asi no meteis la pata.
09/08/2015 19:22
Gracias, Majo. Lo que pasa es que se dice que algún empleado de los informantes toma nota y cuando pretendes hacer la operación de compraventa o alquiler particular te la paralizan por derecho de la Junta al retracto.
09/08/2015 20:41
El derecho de retracto es una opción que se puede ejercer, que no es seguro que se ejerza, que tiene su límite temporal y sus condiciones, y que en absoluto puede desafiar la ley, por mucho que sea la Junta de Andalucía (una Administración particularmente ineficiente y despilfarradora).
Si usted quiere comprar una vivienda, vaya a notaría y pregunte qué necesita. Ahí le dirán si hace falta un certificado de descalificación, un documento complementario o sencillamente nada. Haga su compraventa después e inscríbala. Ni se preocupe de la Junta; no van a retractar, y si lo hacen, recuperará usted su dinero. Eso sí: para retractar disponen de 9 días desde que la finca esté inscrita.
10/08/2015 00:23
Deberá primero el propietario actual, proceder a la descalificación de la vivienda.
10/08/2015 02:04
Según el actual propietario no se puede descalificar hasta que no pasen otros 5 ó 10 años más porque si se hace ahora tendría él que devolver las bonificaciones en intereses que la junta le concedió, porque, según, no recibió cantidad alguna por otro concepto. Algo me habla de hacer ante notario un contrato privado hasta que se cumpla el plazo para poder. También habla de que la Junta no tiene dinero ahora para retracto ninguno. Ahora bien, si ahora se le entrega a él la cantidad que pretende, es decir, 33.000 euros y seguir pagando mi familiar los recibos mensuales de la hipoteca que quedan hasta que se acaben.
Yo creo, Grisolía, y estoy de acuerdo con sus opiniones sobre la pésima gestión de la JUnta, pero si por lo que sea, en ese plazo de tiempo, al propietario, a su mujer o a mi familiar le curre alguna enfermedad que le incapacite, ¿cómo se podrá concluir la operación compraventa?
Vuelvo a decir que el propietario y su mujer parecen buena gente y necesitan vender a casi la mitad del valor inicial para poderse ir a otro lugar a buscarse la vida. Mi familiar vive de alquiler y le interesaría comprar pues ese dinero del alquiler lo aplicaría a pagar ,los recibos de la hipoteca pendiente.
¿Qué tal lo veis u opináis? Gracias a todos.
10/08/2015 13:09
Menudo muerto le quieren endosar.
10/08/2015 17:20
No existen los documentos notariales privados, pues precisamente el notario confiere carácter público a todo documento que se otorga en notaría. El hecho de que una vivienda sea de VPO no significa que no se pueda vender e inscribir la venta, por lo que se le reitera que vaya a notaría y pregunte qué necesitan. Quizás les valga con la notificación a la Junta de que van a realizar la compraventa, y la posterior notificación de que se ha realizado. No se obstine en trazar la operación sin consultar, porque en este género de asuntos la cosa depende de si su pariente es familia numerosa, parado de larga duración, el dueño se ha divorciado...hágame caso y monte la escritura con lo que le pidan. Si definitivamente no se puede hacer, olvídese de andar con papeles privados por muy barata que se la vendan. Dice usted que el vendedor parece buena persona, que es el último de los criterios que puede seguir para hacer un negocio. Toda esa tralla del "necesito vender y por eso te la vendo tan barata" oculta siempre una mala (y real) intención.
10/08/2015 18:01
Mi familiar es soltero, es mileurista pero ya se sabe que, hoy en día, en la empresa privada te dejan parado cuando quieren. Ese es el temor principal porque el precio del piso está bien y le fué concedido a una familia numerosa que ya no lo es porque dos hijos se han emancipado, pero si mi familiar se queda parado y tiene que vender el piso se verá con las mismas dificultades que el actual propietario.
Tomo nota y lo traslado a mi familiar. Gracias de verdad por los consejos. Saludos